Informe de Auditoría OC-25-25 del Municipio de Culebra
Pagos indebidos a representación legal y venta de solares sin cumplir con la reglamentación en el Municipio de Culebra
La Oficina del Contralor de Puerto Rico (OCPR) emitió una opinión cualificada de las operaciones fiscales del Municipio de Culebra. Una opinión cualificada se emite cuando los incumplimientos individuales o en conjunto son significativos, pero no generalizados.
El Informe revela que el Municipio permitió a un contratista continuar prestando servicios de consultoría y representación legal, aun cuando se habían agotado las horas de trabajo disponibles en los contratos del 27 de junio de 2019 y del 30 de junio de 2020. Esto tuvo el efecto de que se realizaron pagos indebidos por $38,301.
El entonces alcalde y la directora de Finanzas no cumplieron con las leyes y la reglamentación vigente. Los contratos originales se habían excedido del máximo de horas trabajadas, por lo cual era necesario enmendarlos durante su vigencia, antes de agotar las horas previstas de servicio. Las enmiendas a los dos contratos se realizaron en fechas posteriores, por lo cual los pagos son retroactivos.
Además, las 40 facturas del contratista no contenían un desglose detallado de los servicios prestados o asuntos atendidos, sino una descripción general de tareas por fechas y cantidad de horas. De hecho, el 38% del importe pagado correspondía a facturas no especificas contrario a lo que dispone la Ley de Servicios Profesionales de 2004. Por ejemplo, en las facturas de junio y septiembre de 2020, el contratista facturó un total de $6,968 por 25.75 horas de trabajos realizados el 30 de junio y 30 horas de servicio el 25 de septiembre. Las facturas no indicaban si el trabajo era realizado por más de una persona.
La auditoría señala que el entonces alcalde y la directora de Obras Públicas no solicitaron por escrito el beneficio de representación legal, según dispuso la Ordenanza 16 de 2018 para enfrentar una demanda por daños y perjuicios que le radicaron el 6 de noviembre de 2018 por $250,000. Esta ordenanza firmada el 19 de diciembre de 2018, era de aplicación retroactiva, y autorizaba la representación legal y el pago de sentencias a funcionarios. El bufete que representó al entonces alcalde y a la directora de Obras Públicas, facturó $9,218 por servicios legales relacionados a la demanda. Este hallazgo explicita que imponer una carga económica adicional y añadir beneficios adicionales como la Ordenanza 16, puede agravar la situación fiscal de un Municipio.
Estas situaciones se refirieron al secretario de Justicia y al director ejecutivo de la Oficina de Ética Gubernamental el 6 de marzo de 2023 para que tomen las medidas que estimen pertinentes.
El Informe publica que en 16 de las 50 ordenanzas municipales aprobadas desde el 20 de agosto de 2020 al 14 de octubre del 2021 para vender solares por $500, los beneficiarios no cumplían con el requisito de tener una estructura de vivienda en el solar. La evidencia obtenida valida que algunas parcelas no tenían estructuras en proceso y otras se encontraban en estado de abandono.
Esta situación, contraria al Código Municipal de 2020 y al Reglamento para Terrenos Municipales de 2019, propicia que se cometan irregularidades en la concesión de privilegios y no cumple con el objetivo de atender la necesidad de vivienda.
¬¬¬Más aún, a la petición de los expedientes de una muestra de 10 solares vendidos, el director de Ordenamiento Territorial certificó que no había localizado dos de los expedientes. Esta situación impidió verificar la corrección y propiedad de los procedimientos relacionados con la adjudicación y venta de estos dos solares.
El Informe revela que las actas de la Legislatura Municipal desde julio de 2015 a diciembre de 2020, que corresponden a sesiones ordinarias y extraordinarias, no se localizaron para examen. Este hecho no permite mantener registros permanentes ni confiables de los acuerdos establecidos en la Legislatura. Además, propicia la falta de transparencia y confianza con las acciones de dicho cuerpo.
La auditoría comenta una sentencia del 21 de enero de 2014 la cual le ordena al Municipio devolverle $1,616,650 al Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales, por incumplir con los acuerdos de rehabilitar y construir viviendas y proyectos de infraestructura en Villa Muñeco y Clark, suscritos en el 2004. El Municipio de Culebra propuso el 10 de marzo de 2020 pagar la deuda en siete pagos anuales. Esta oferta fue retirada y se encuentran en negociación para que el Municipio le ceda terrenos municipales al Fideicomiso.
Al 30 de junio de 2022 estaban pendiente de resolución dos demandas civiles por $455,826.
El Informe también comenta que el presidente de la Legislatura Municipal no ha tomado el adiestramiento sobre contratación gubernamental que ofrece la OCPR. Es obligatorio que todos los funcionarios o empleados públicos que intervienen en el proceso de contratación tienen que tomar este curso que consta de dos partes y se ha ofrecido en 14 ocasiones desde el 12 de mayo de 2021.
El presupuesto del Fondo General fue de $4,235,131; $4,422,056, $4,603,084 y $3,474,301, del 2019 al 2022 respectivamente. Los estados financieros reflejaron superávits de $2,205,608, $570,79516, $877,218 y $1,483,887, del 2019 al 2022 respectivamente.
La auditoría le recomienda al director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto que se asegure que el Municipio de Culebra cumpla con el Plan de Acción Correctiva de la OCPR.
Este segundo y último informe de Culebra, cubre el periodo del 1 de enero de 2018 al 30 de junio de 2022.
El Informe de Auditoría OC-25-25 se puede conseguir en nuestra página en Internet: www.ocpr.gov.pr.