Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1) y los
funcionarios principales que actuaron durante
el período auditado (Anejo 2).
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
del Colegio Universitario de Arecibo (Colegio)
de la Universidad de Puerto Rico para determinar
si se hicieron de acuerdo con la ley y la
reglamentación vigentes.
Este
informe contiene el resultado del examen
que realizamos de las operaciones del Colegio
relacionadas con los controles administrativos,
las compras, los desembolsos, las subastas,
los contratos de servicios y de adiestramientos,
las recaudaciones, la propiedad y el personal
Las
pruebas efectuadas revelaron que las operaciones
fiscales que conciernen a este informe se
realizaron sustancialmente de acuerdo con
la ley y la reglamentación aplicables. Se
determinaron siete hallazgos clasificados
como secundarios que se comentan en el Anejo
1.
El
Informe de Auditoría CP-00-18 emitido por
el Contralor el 13 de junio de 2000 estará
disponible en la Biblioteca General de Puerto
Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña
para que las personas interesadas puedan
obtener información detallada sobre el mismo.
Anejo
1
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
COLEGIO UNIVERSITARIO DE ARECIBO
INFORMACION
SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
El
Colegio es una dependencia de la Universidad
de Puerto Rico (UPR) creada por el Consejo
de Educación Superior mediante la Certificación
Núm. 57 del 9 de septiembre de 1966.
Esto con el propósito de ofrecer programas
de grados asociados y bachillerato en áreas
de interés para la comunidad con un personal
docente que tenga conocimientos y destrezas
de los últimos avances tecnológicos. El
Colegio cumple con sus ofrecimientos a través
de un sistema académico semestral.
Mediante
la Ley Núm. 16 del 16 de junio de 1993 se
enmendó el Artículo 3 de la Ley Núm. 1
del 20 de enero de 1966, según enmendada,
conocida como "Ley de la Universidad
de Puerto Rico". Ello para eliminar
el Consejo de Educación Superior como cuerpo
rector de la Universidad y crear una Junta
de Síndicos. La misma está compuesta por
13 miembros de los cuales 10 son nombrados
por el Gobernador con el consejo y consentimiento
del Senado de Puerto Rico. Los restantes
3 son nombrados por los representantes de
los profesores y los estudiantes. Dicha
Junta gobierna y administra el sistema universitario
de Puerto Rico, incluyendo a la Administración
de Colegios Regionales (ACR).
El
Colegio estuvo bajo la jurisdicción de la
ACR hasta el 30 de junio de 1998. Efectivo
el 1 de julio de 1998, la Junta de Síndicos
le otorgó la autonomía al Colegio mediante
la Certificación Núm. 151 del 24 de junio
de 1998. Durante el período de transición
hacia la autonomía otorgada, del 1 de julio
al 30 de septiembre de 1998, se transfirieron
al Colegio todas las funciones operacionales,
administrativas y docentes, incluyendo la
administración del presupuesto, que anteriormente
realizaba la ACR.
La
administración y supervisión de las operaciones
del Colegio las ejerce una Rectora nombrada
por la Junta de Síndicos. Las áreas operacionales
se administran mediante los decanatos de
Asuntos Administrativos, Asuntos Académicos
y Asuntos Estudiantiles.
El
presupuesto del Colegio proviene de asignaciones
legislativas, canalizadas anteriormente
a través de la ACR y actualmente por la
Administración Central de la UPR, y de otros
ingresos.
Anejo
2
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
COLEGIO UNIVERSITARIO DE ARECIBO
CLASIFICACION
Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones con
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo, sobre
las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los
hallazgos de este informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1.
Situación - Los hechos encontrados en la
auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2.
Criterio - El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una ley,
reglamento, carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de sana
administración, principio de contabilidad
generalmente aceptado, opinión de un experto
o juicio del auditor.
3.
Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4.
Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
En
la sección "Comentarios de la Gerencia"
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados. Referente a las situaciones que
la gerencia ofreció información específica,
ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.
Informe
de Auditoría en PDF
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Informes,
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