Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1),
la clasificación y contenido de los hallazgos
del informe (Anejo 2) y los miembros de
la Junta de Síndicos y funcionarios principales
que actuaron durante el período auditado
(Anejo 3).
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
del Colegio Universitario de Ponce (Colegio)
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación vigentes.
Este
informe contiene el resultado del examen
que realizamos de las operaciones del Colegio
relacionadas con los controles administrativos,
las compras, las cuentas por pagar, los
desembolsos y la propiedad mueble.
Las
pruebas efectuadas demostraron que las operaciones
fiscales mencionadas se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables. Se determinaron tres hallazgos
clasificados como secundarios relacionados
con las compras, la propiedad mueble, las
recaudaciones y las cuentas por cobrar.
El
Informe de Auditoría CP-00-16 emitido por
el Contralor el 17 de mayo de 2000 estará
disponible en la Biblioteca General de Puerto
Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña
para que las personas interesadas puedan
obtener información detallada sobre el mismo.
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PONCE
Anejo
1
INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
El
27 de junio de 1969 el Consejo de Educación
Superior aprobó la Certificación Núm. 76
mediante la cual se creó el Colegio como
un organismo adscrito a la Universidad de
Puerto Rico (UPR). Esto para ofrecer
programas de traslados a otras unidades
institucionales, así como grados asociados
y bachilleratos en áreas de interés para
la comunidad con un personal docente que
tenga conocimiento y destrezas de los últimos
avances tecnológicos. El Colegio era parte
de la red de colegios integrados al sistema
educativo de la UPR, los cuales eran supervisados
por la Administración de Colegios Regionales
(ACR).
La
administración y supervisión de las operaciones
del Colegio las ejercía un Director Decano,
quien le respondía al Rector de la ACR.
Las áreas operacionales se realizaban mediante
los decanatos asociados de asuntos administrativos,
de asuntos académicos y de asuntos estudiantiles.
Mediante
la Ley Núm. 186 del 7 de agosto de 1998
se enmendaron varios artículos de la "Ley
de la Universidad de Puerto Rico".
Entre otras cosas, se dispuso la disolución
de la ACR y la conversión gradual de los
colegios regionales en recintos universitarios.
La Junta de Síndicos aprobó mediante la
Certificación Núm. 151 del 1 de julio de
1998 la conversión del Colegio Universitario
Tecnológico de Ponce en el Colegio Universitario
de Ponce efectivo el 1 de julio de 1998.
A partir de dicha fecha, las funciones administrativas
y académicas las ejercería el Rector del
Colegio.
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
COLEGIO UNIVERSITARIO DE PONCE
Anejo
2
CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones con
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo, sobre
las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los
hallazgos de este informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1.
Situación - Los hechos encontrados en
la auditoría indicativos de que no se
cumplió con uno o más criterios.
2.
Criterio - El marco de referencia para
evaluar la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
3.
Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4.
Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
En
la sección "Comentarios de la Gerencia"
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados. Referente a las situaciones que
la gerencia ofreció información específica,
ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.
Informe
de Auditoría en PDF
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obtener el programa que permite leer los
Informes,
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