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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 1438
Oficina del Inspector de Cooperativas
Informe Número:
DA-00-9 del 30 de noviembre de 1999
Período Auditado:
1 de enero de 1989 al 30 de junio de 1999
(En algunos aspectos se examinaron operaciones   de fechas posteriores)
Autorizado por:
Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha:
6 de diciembre de 1999

  Nota:       Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1), la
clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2).            
 

Informe de Auditoría Completo en PDF

     Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Oficina del Inspector de Cooperativas (Oficina), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación vigentes.

     Las pruebas efectuadas revelaron que las operaciones objeto de este informe se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables, excepto por el siguiente hallazgo clasificado como principal:

     Contrario a la ley, no se mantuvo en el Fondo de Investigaciones de las Cooperativas (Fondo) al 30 de junio de 1997 y del 1998 un balance equivalente a una y media vez (150 por ciento) del total de los gastos presupuestados en los años fiscales 1996-97 y 1997-98. En dichos años se presupuestaron gastos por $282,000 y $646,000 por lo que los balances del Fondo debieron mantenerse en $423,000 y $969,000, respectivamente. Sin embargo, al 30 de junio de los años fiscales mencionados los balances del Fondo fueron de $159,901 y $76,445, respectivamente. Estos representaban el 56 y 12 por ciento de los gastos presupuestados en cada año.

     La situación comentada puede propiciar que se liquiden los recursos del Fondo y que la Oficina no pueda cumplir con sus compromisos.

     El Informe de Auditoría DA-00-9 emitido por el Contralor el 30 de noviembre de 1999 estará disponible en la Biblioteca General de Puerto Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña para que las personas interesadas puedan obtener información detallada sobre el mismo.

Anejo 1

OFICINA DEL INSPECTOR DE COOPERATIVAS 

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA 

     La Oficina fue creada mediante la Ley Núm. 291 del 9 de abril de 1946, según enmendada. Dicha ley fue derogada por la Ley Núm. 50 del 4 de agosto de 1994, conocida como "Ley General de Sociedades Cooperativas de Puerto Rico". Mediante el Plan de Reorganización Núm. 3 del 22 de junio de 1994 se transfirió la responsabilidad que tenía la Oficina de supervisar y fiscalizar las cooperativas de ahorro y crédito a la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras. La Oficina mantuvo sus funciones de supervisión y fiscalización relacionadas con las cooperativas de servicios o tipos diversos y se adscribió a la Administración de Fomento Cooperativo mediante el Plan de Reorganización Núm. 4 del 22 de junio de 1994. Posteriormente, mediante la Ley Núm. 46 del 25 de julio de 1997 se enmendó el Plan de Reorganización Núm. 4 y se adscribió la Oficina al Departamento de Hacienda como un componente operacional autónomo bajo la supervisión del Secretario de Hacienda. Las funciones de la Oficina son proteger las inversiones de los socios cooperativistas y velar por la solvencia económica de las cooperativas de los sectores de servicio, transportación, consumo, vivienda y agricultura, y por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que gobiernan las mismas. La Oficina es dirigida por el Inspector de Cooperativas (Inspector) nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado.

     Los fondos para financiar el presupuesto de gastos de la Oficina provienen de asignaciones legislativas e ingresos que genera de sus propias actividades tales como: exámenes efectuados a las cooperativas, pago de cuotas y multas impuestas a éstas y de consignaciones de fondos vencidos en los casos de liquidaciones de cooperativas. En los años fiscales del 1996-97 al 1998-99 la Oficina contó con recursos por $2,585,210 y efectuó desembolsos y obligaciones por $2,148,466, según se indica:

Año

Asignaciones
legislativas

Ingresos

Total

Desembolsos
y obligaciones

1996-97

$ 700,000

$365,229

$1,065,229

$ 888,607

1997-98

481,000 1

356,868

837,868

703,746

1998-99

438,000

244,113

682,113

556,113

Totales

$1,619,000

$966,210

$2,585,210

$2,148,466


1La reducción por $219,000 surge por la disminución gradual de los gastos de nómina debido a la congelación de plazas y a los empleados en destaque en otras agencias.

Anejo 2

OFICINA DEL INSPECTOR DE COOPERATIVAS 

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS 

     En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

     Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

          1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

          2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

          3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

          4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

     Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

     En la sección "Comentarios de la Gerencia" del informe se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados. Referente a las situaciones que la gerencia ofreció información específica, ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.

Informe de Auditoría Completo en PDF

 

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