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Autorizado
por: |
Heriberto
Colón Acevedo, Subcontralor |
Nota: Este
Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1), la clasificación
y contenido de los hallazgos del informe
(Anejo 2) y los funcionarios principales
del Negociado
que actuaron durante el período auditado
(Anejo 3).
Informe
de Auditoría en PDF
Realizamos
una auditoría de las operaciones
fiscales del Negociado de la Lotería del
Departamento de Hacienda (Departamento),
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación vigentes.
Las pruebas efectuadas
demostraron que las operaciones fiscales
del Negociado de la Lotería del 1 de julio
de 1990 al 30 de junio de 1999 se realizaron
sustancialmente de acuerdo con la ley y
los reglamentos vigentes. Se determinaron
ocho hallazgos clasificados como secundarios
relacionados con los contratos de servicios,
los oficiales pagadores, los premios de
billetes de lotería sobrantes, no reclamados
y caducados, las agencias de la lotería
y la propiedad.
El Informe de Auditoría
DA-00-21 emitido por el Subcontralor el
15 de marzo de 2000 estará disponible en
la Biblioteca General de Puerto Rico del
Instituto de Cultura Puertorriqueña para
que las personas interesadas puedan obtener
información detallada sobre el mismo.
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA Anejo 1
NEGOCIADO DE LA
LOTERÍA
INFORMACION SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
La Lotería de Puerto Rico
(Lotería) fue creada por la Ley Núm. 465
del 15 de mayo de 1947, según enmendada,
con el propósito de generar unos fondos
que se ingresarían en las arcas del Gobierno
para ser utilizados en el desarrollo de
sus programas. Además, para proveer una
fuente de empleo a personas de escasos recursos
económicos o con limitaciones físicas. La
referida ley creó en el Departamento el
Negociado de la Lotería para la dirección
y administración de la misma y el Fondo
de la Lotería para mantener la contabilidad
de sus operaciones.
El Negociado de la Lotería
(Negociado) es dirigido por un Secretario
Auxiliar nombrado por el Secretario de Hacienda
(Secretario). La estructura organizacional
del Negociado la componen la Oficina del
Contralor del Negociado y las siguientes
cinco divisiones operacionales: Investigaciones,
Operaciones, Expendio, Pagos y Administrativa.
La venta de los billetes de la Lotería la
efectúan agentes y vendedores ambulantes
nombrados, conforme a la reglamentación
vigente. El Secretario Auxiliar del Negociado
recomienda al Secretario las personas que
se nombrarán agentes de la Lotería a base
de los criterios establecidos en la reglamentación.
En los años fiscales del
1996-97 al 1998-99 el Negociado tuvo ingresos
por $1,172,595,211, efectuó desembolsos
por $984,947,506 y transfirió al Fondo General
y a otras agencias gubernamentales fondos
por $177,489,330, según se indica:
|
Año |
Ingresos |
Desembolsos |
Transferencias |
| |
|
|
|
| 1996-97 |
$
395,538,481 |
$327,399,573 |
$
54,819,218 |
| |
|
|
|
| 1997-98 |
388,395,578 |
327,399,573 |
61,092,330 |
| |
|
|
|
| 1998-99 |
388,661,152 |
330,148,360 |
61,577,782 |
| |
|
|
|
| Total |
$1,172,595,211 |
$984,947,506 |
$177,489,330 |
DEPARTAMENTO DE
HACIENDA Anejo 2
NEGOCIADO DE LA
LOTERÍA
CLASIFICACION Y
CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros informes de
auditoría se incluyen los hallazgos significativos
determinados en las pruebas realizadas.
Estos se clasifican como principales y secundarios.
Los principales incluyen desviaciones de
disposiciones con un efecto material, tanto
en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo,
sobre las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe
están presentados a base de atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de informes
de esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos
encontrados en la auditoría indicativos
de que no se cumplió con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco
de referencia para evaluar la situación.
Es principalmente una ley, reglamento, carta
circular, memorando, procedimiento, norma
de control interno, norma de sana administración,
principio de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa,
real o potencialmente, no cumplir con el
criterio.
4. Causa - La razón fundamental
por la cual ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que se
tomen las medidas necesarias sobre los errores,
irregularidades o actos ilegales señalados.
En la sección "Comentarios
de la Gerencia" del informe se incluye
información sobre la contestación de la
gerencia con respecto a los asuntos señalados.
Referente a las situaciones que la gerencia
ofreció información específica, ésta se
incluye al final del hallazgo correspondiente.
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de Auditoría en PDF
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