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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 1090
Departamento de Hacienda
Negociado de Recaudaciones
Colecturía de Rentas Internas de Juana Díaz
Informe Número:
DA-00-2 del 7 de septiembre de 1999
Período Auditado:
1 de mayo de 1995 al 31 de diciembre de 1998
(En algunos aspectos se examinaron operaciones   de fechas posteriores)
Autorizado por:
Luis M. Malpica Rodríguez, Subcontralor
Fecha:
13 de septiembre de 1999

  Nota:       Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1), la
clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2).            
 

Informe de Auditoría Completo en PDF

     Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Colecturía de Rentas Internas de Juana Díaz del Negociado de Recaudaciones del Departamento de Hacienda (Colecturía), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación vigentes.

     Las pruebas efectuadas demostraron que las operaciones fiscales de la Colecturía del 1 de mayo de 1995 al 31 de diciembre de 1998 se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y los reglamentos vigentes, excepto que no se informó al Secretario de Justicia ni al Contralor de

     Puerto Rico una irregularidad en las recaudaciones de licencias de rentas internas de la Colecturía. La misma se relaciona con el cobro de una licencia por $810 que no se ingresó en la cuenta del Secretario de Hacienda. Dicha irregularidad fue detectada por un agente de rentas internas en junio de 1997.

     La omisión de no informar al Secretario de Justicia ni al Contralor de Puerto Rico impidió que, en su oportunidad, éstos consideraran el caso para tomar las medidas correspondientes.

     Además, se determinó un hallazgo clasificado como secundario relacionado con la expedición de las licencias de rentas internas.

     El Informe de Auditoría DA-00-2 emitido por el Subcontralor el 7 de septiembre de 1999 estará disponible en la Biblioteca General de Puerto Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña para que las personas interesadas puedan obtener información detallada sobre el mismo.    

Anejo 1

DEPARTAMENTO DE HACIENDA
NEGOCIADO DE RECAUDACIONES
COLECTURIA DE RENTAS INTERNAS DE JUANA DIAZ

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA 

     La Colecturía es una dependencia del Departamento de Hacienda (Departamento) que opera bajo las normas y los procedimientos establecidos por éste. Esta es responsable de que se ingresen a los fondos del Gobierno de Puerto Rico todas las recaudaciones por las contribuciones sobre ingresos, las ventas de sellos de rentas internas, las licencias de bebidas alcohólicas y de arbitrios generales y de marbetes para el pago de derechos de vehículos de motor, y por el pago de billetes de lotería premiados y cualesquiera otros servicios que autorice el Secretario de Hacienda (Secretario).

     Las funciones de la Colecturía son supervisadas por el Colector. Este responde a la Administradora de Colecturías del Distrito de Ponce, quien a su vez responde al Director del Negociado de Recaudaciones del Departamento.

     Hasta el 30 de junio de 1991 la Colecturía realizaba las gestiones de cobro de las deudas vencidas. Dicha gestión fue asignada al Distrito de Cobro Contribuciones de Ponce, el cual fue creado como una dependencia del Departamento mediante el Boletín Informativo Núm. 90, emitido el 13 de marzo de 1990 por el entonces Secretario.

     En los años fiscales del 1995-96 al 1997-98 se recaudaron en la Colecturía $14,074,958, según el "Informe del Mayor de Colecturía" del Negociado de Recaudaciones, desglosados como sigue:

Año
fiscal

Total
recaudado

1995-96

$ 3,109,858

1996-97

4,160,804

1997-98

6,804,296

Total

$14,074,958

Durante los años fiscales indicados se hicieron desembolsos por billetes de lotería premiados por $2,863,757, $2,902,199 y $3,240,844, respectivamente, según el "Informe Mensual del Oficial Pagador Auxiliar".

Anejo 2

DEPARTAMENTO DE HACIENDA
NEGOCIADO DE RECAUDACIONES
COLECTURIA DE RENTAS INTERNAS DE JUANA DIAZ 

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS 

     En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

     Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

          1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

          2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

          3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

          4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

         Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

     En la sección "Comentarios de la Gerencia" del informe se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados. Referente a las situaciones que la gerencia ofreció información específica, ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.

Informe de Auditoría Completo en PDF

 

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