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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 1135 
Departamento de Hacienda
Negociado de Recaudaciones
Colecturía de Rentas Internas del Centro Judicial de San Juan
Informe Número:
DA-00-17 del 17 de febrero de 2000
Período Auditado:
1 de mayo de 1995 al 31 de diciembre de 1999
Autorizado por:
Heriberto Colón Acevedo, Subcontralor
Fecha:
22 de febrero de 2000

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye el ANEJO 1 en el que se provee información sobre la unidad auditada; el ANEJO 2 donde se explica la clasificación y contenido de un hallazgo; y el ANEJO 3 en el cual se especifican los nombres, los cargos y el período durante el cual se desempeñaron los funcionarios principales de dicha unidad.

Informe de Auditoría Completo en PDF

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Colecturía de Rentas Internas del Centro Judicial de San Juan del Negociado de Recaudaciones del Departamento de Hacienda, para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

Las pruebas efectuadas demostraron que las operaciones de esa Colecturía, del 1 de mayo de 1995 al 31 de diciembre de 1999, se realizaron de acuerdo con la ley y los reglamentos.

El Informe de Auditoría DA-00-17, emitido por nuestra Oficina el 17 de febrero de 2000, está disponible en la Biblioteca General de Puerto Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña para que las personas interesadas puedan obtener información detallada sobre el mismo.

ANEJO 1

DEPARTAMENTO DE HACIENDA - NEGOCIADO DE RECAUDACIONES COLECTURÍA DE RENTAS INTERNAS DEl CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN

INFORMACIÓN SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

La Colecturía es una dependencia del Departamento de Hacienda que opera bajo las normas y los procedimientos establecidos por éste. Ésta es responsable de que se ingresen a los fondos del Gobierno de Puerto Rico todas las recaudaciones por las ventas de sellos de rentas internas, los derechos de registro y certificación de documentos, los marbetes para el pago de derechos de vehículos de motor, y cualesquiera otros servicios que autorice el Secretario de Hacienda.

Las funciones de la Colecturía son supervisadas por el Colector. Éste responde a la Administradora de Colecturías del Distrito de San Juan, quien a su vez responde al Director del Negociado de Recaudaciones del Departamento de Hacienda. El ANEJO 1 contiene una relación de los funcionarios principales de la Colecturía que actuaron durante el período auditado.

En los años fiscales del 1995-96 al 1998-99 se recaudaron en la Colecturía $63,469,783, según el Proyecto Control de Cuentas de Colecturía del Negociado de Recaudaciones. Esa cantidad se desglosa como sigue:

AÑO FISCAL

TOTAL RECAUDADO

1995-96

$19,868,100

1996-97

18,320,431

1997-98

13,057,527

1998-99

12,223,725

TOTAL

$63,469,783

ANEJO 2

DEPARTAMENTO DE HACIENDA - NEGOCIADO DE RECAUDACIONES

COLECTURÍA DE RENTAS INTERNAS DEL CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN

CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados por las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales o secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo. Los secundarios son los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos del informe se presentan según los atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de nuestra Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección sobre los COMENTARIOS DE LA GERENCIA se indica si el funcionario principal y los ex funcionarios de la unidad auditada efectuaron comentarios sobre los hallazgos incluidos en el borrador del informe que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios se consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen al final del hallazgo correspondiente en la sección de HALLAZGOS EN LA COLECTURÍA DE RENTAS INTERNAS DEL CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, de forma objetiva y conforme a las normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia competente, suficiente y relevante para refutar un hallazgo, éste prevalece y se añade al final del mismo la siguiente aseveración: Consideramos las alegaciones de la gerencia, pero determinamos que el hallazgo prevalece.

Informe de Auditoría Completo en PDF

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