Nota:
Se acompaña a este Comunicado de Prensa
información sobre la unidad auditada (Anejo
1), la clasificación y contenido de los
hallazgos del informe (Anejo 2).
Informe
de Auditoría Completo en PDF
Realizamos una auditoría de las operaciones
fiscales de la Colecturía de Rentas Internas
de Yauco (Colecturía), para determinar si
se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación
vigentes.
Las pruebas efectuadas demostraron que las
operaciones fiscales de la Colecturía del
1 de diciembre de 1993 al 31 de mayo
de 1997 se realizaron sustancialmente de
acuerdo con la ley y los reglamentos vigentes.
Se determinaron varios hallazgos clasificados
secundarios en los procedimientos administrativos
y los controles internos relacionados con,
entre otros, las recaudaciones, los recibos
contributivos pendientes de cobro, el Fondo
de la Lotería, la Lotería Electrónica, las
licencias de rentas internas, los recibos
de pago, los sellos de rentas internas y
los marbetes para el pago de derechos de
vehículos de motor.
Anejos
Anejo 1
COLECTURIA DE RENTAS
INTERNAS DE YAUCO
INFORMACION SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
La Colecturía es una dependencia del Departamento
de Hacienda para recaudar las contribuciones
impuestas por ley, la venta de sellos de
rentas internas, el pago de billetes de
lotería premiados y de boletos premiados
de Lotería Electrónica y cualesquiera otros
servicios que autorice el Secretario de
Hacienda. La mayoría de las recaudaciones
provienen de contribuciones sobre ingresos,
arbitrios, sellos de rentas internas, licencias
de bebidas alcohólicas y de arbitrios generales
y de marbetes para el pago de derechos de
vehículos de motor.
En los años fiscales del 1994-95 al 1996-97
se recaudaron en la Colecturía $8,971,292,
según el "Informe del Mayor de Colecturía"
del Negociado de Recaudaciones, desglosados
como sigue:
|
Año
Fiscal |
Total
Recaudado |
|
|
| 1994-95 |
$
2,867,991 |
|
1995-96 |
2,860,200 |
| 1996-97
(hasta el 30 de abril de 1997) |
3,243,101 |
|
Total |
$8,971,292 |
La Colecturía también recibió remesas de
contribuyentes ascendentes a $732,253 por
contribuciones sobre ingresos retenidas
en el origen (patronal) y estimadas de abril
de 1995 a abril de 1997 para
ser tramitadas al Negociado de Recaudaciones
por conducto de la Administradora de Colecturías
del Distrito de Ponce para ser depositadas
en la cuenta del Secretario de Hacienda.
Estas, según los procedimientos establecidos,
no se contabilizaban en la Colecturía.
Durante los años fiscales indicados se hicieron
desembolsos por billetes de lotería premiados
por $2,546,171, $2,725,519 y $2,358,449,/
respectivamente, según el "Informe
Mensual del Oficial Pagador Auxiliar".
Por otro lado, se hicieron desembolsos por
boletos premiados de Lotería Electrónica
por $1,489,020, $1,222,996 y $1,292,365,1/
respectivamente, según el "Informe
de Ventas" de boletos premiados pagados
de la Colecturía.
Anejo 2
COLECTURIA DE RENTAS
INTERNAS DE YAUCO
CLASIFICACION Y
CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
Los hallazgos de nuestros informes de auditoría
se clasifican como principales y secundarios.
Los principales incluyen serias violaciones
de ley y de los reglamentos aplicables.
Los mismos pueden consistir en irregularidades
y errores graves o materiales determinados
con motivo de las siguientes situaciones,
entre otras: falsas representaciones, malversación
de activos, aplicación incorrecta de principios
de contabilidad y de disposiciones legales
relevantes, fallas matemáticas, o por hechos
mal interpretados. Se clasifican como hallazgos
secundarios los que consisten en faltas
o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los hallazgos del informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos encontrados en
la auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco de referencia para
evaluar la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado, opinión
de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4. Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados.
Informe
de Auditoría Completo en PDF |