Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1),
la clasificación y contenido de los hallazgos
del informe (Anejo 2).
Informe
de Auditoría Completo en PDF
Realizamos una auditoría de las operaciones
fiscales del Instituto de Reforma Educativa
(IRE) del Departamento de Educación (Departamento),
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación vigentes.
Determinamos emitir varios informes de dicha
auditoría. Este es el cuarto informe y cubre
las operaciones fiscales de la Escuela Dr.
Rafael Pujals de Ponce relacionadas con
los Vales Educativos, los informes fiscales,
la contabilidad de los fondos, el Encargado
de Pagos, las compras y la propiedad.
Las pruebas efectuadas revelaron desviaciones
de ley y de reglamento en las operaciones
relacionadas con los Vales Educativos. Por
ello, en nuestra opinión, dichas operaciones
no se realizaron de acuerdo con la ley y
la reglamentación vigentes. Las demás operaciones
fiscales examinadas se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables.
A continuación se resume el Hallazgo 1 clasificado
como principal:
1. Contrario a la ley, se efectuaron 29
pagos por $6,616 de los fondos de Vales
Educativos para propósitos que no estaban
relacionados con la prestación de servicios
al estudiante. Los referidos desembolsos
se efectuaron para pagar, entre otros, regalos
y actividades para el personal de la Escuela
($2,619), gastos de viajes realizados por
la Directora Escolar y una maestra ($653)
y la compra de camisetas y comestibles (donas)
para venderlas en la Escuela ($3,344). Además,
se desembolsaron $300 en calidad de préstamo
a un maestro de la Escuela. Los referidos
desembolsos fueron efectuados por el Encargado
de Pagos con la autorización de la Directora
Escolar.
Nuestros auditores no pudieron determinar
cuánto se recaudó por la venta de las camisetas
y comestibles y qué se hizo con dicho dinero.
La Directora indicó que el dinero se utilizó
para la compra de materiales didácticos
y de limpieza, reparaciones menores y adiestramientos
a la facultad y estudiantes de la Escuela.
Por otro lado, se determinó que el maestro
reembolsó los $300 otorgados en calidad
de préstamo. Estos se depositaron en la
cuenta bancaria de la Escuela el 23 de junio
de 1995.
La situación comentada privó de fondos por
$6,616 a la Escuela para cumplir con los
objetivos para los cuales se crearon los
Vales Educativos.
2. Se determinaron otros hallazgos clasificados
como secundarios relacionados con, entre
otros, los informes fiscales, la contabilidad
de los fondos y los desembolsos, las conciliaciones
bancarias, las compras y la propiedad.
Anejo 1
DEPARTAMENTO DE
EDUCACION
INSTITUTO DE REFORMA EDUCATIVA
ESCUELA DE LA COMUNIDAD
DR. RAFAEL PUJALS DE PONCE
INFORMACION SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
El IRE fue creado mediante la Ley Núm. 18
del 16 de junio de 1993, conocida como "Ley
para el Desarrollo de las Escuelas de la
Comunidad" (Ley Núm. 18)./
El mismo estaría adscrito al Departamento.
El propósito del IRE es viabilizar el desarrollo
de las escuelas de la comunidad (escuelas),
redirigir esfuerzos y recursos de las mismas
y descentralizar poderes. Además, diseñar,
implantar, probar y ajustar los sistemas
administrativos, fiscales y de información;
adiestrar personal y asesorar técnicamente
a dichas escuelas en los aspectos que las
mismas requieran. Los poderes del IRE los
ejerce el Secretario del Departamento (Secretario)
quien actúa como su Presidente. Este designa
el Director Ejecutivo del IRE.
Por disposiciones de la Ley Núm. 18 las
escuelas serán administradas por un Director
Escolar nombrado por el Secretario. Además,
se creó el Consejo Escolar que es responsable
de supervisar las operaciones de las escuelas.
El mismo se compone de 7 a 15 miembros representantes
del personal docente, personal de apoyo
y clasificado, estudiantes, padres y ciudadanos
residentes de la comunidad. El Consejo Escolar
tiene, entre otras funciones, evaluar el
desempeño de los directores escolares, asesorar
a éstos en los asuntos de las escuelas y
aprobar el uso y desembolso de los fondos
asignados a las mismas.
Durante el proceso inicial de transición/
el IRE y las escuelas recibirían el apoyo
técnico, docente y administrativo del Departamento,
así como los beneficios de los programas
federales y estatales y de las entidades
sin fines de lucro. Al 28 de febrero de
1997 había 551 escuelas incorporadas. Los
recursos para llevar a cabo las operaciones
de éstas provienen de fondos estatales y
federales que son transferidos del IRE y
de donativos de entidades privadas.
La
Escuela Dr. Rafael Pujals de Ponce (Escuela)
fue incorporada como Escuela de la Comunidad
el 4 de noviembre de 1994.
Durante
los años del 1994-95 y 1995-96 la Escuela
contó con recursos por $291,492 de fondos
estatales ($237,402) y federales ($54,090)
y efectuó desembolsos por $169,362, según
se indica:
| Año
económico |
Asignación |
Desembolsos |
| 1994-95 |
$125,
350 |
$73,287
|
| 1995-96 |
166,142
$291,492 |
96,075
$169,362 |
Anejo 2
DEPARTAMENTO DE
EDUCACION
INSTITUTO DE REFORMA EDUCATIVA
ESCUELA DE LA COMUNIDAD
DR. RAFAEL PUJALS DE PONCE
CLASIFICACION Y
CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones con
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo, sobre
las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos encontrados en
la auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco de referencia para
evaluar la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado, opinión
de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4. Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados.
Informe
de Auditoría Completo en PDF |