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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 1517
Departamento de Educación
Instituto de Reforma Educativa
Escuela de la Comunidad
Dr. Rafael Pujals de Ponce
Informe Número:
DA-98-35 del 23 de junio de 1998
Período Auditado:
16 de junio de 1993 al 31 de diciembre de 1996
(En algunos aspectos se examinaron operaciones   de fechas posteriores)
Autorizado por:
Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha:
6 de julio de 1998

Nota:       Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1), 
la clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2).            
  

 Informe de Auditoría Completo en PDF

     Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales del Instituto de Reforma Educativa (IRE) del Departamento de Educación (Departamento), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación vigentes.

     Determinamos emitir varios informes de dicha auditoría. Este es el cuarto informe y cubre las operaciones fiscales de la Escuela Dr. Rafael Pujals de Ponce relacionadas con los Vales Educativos, los informes fiscales, la contabilidad de los fondos, el Encargado de Pagos, las compras y la propiedad.

     Las pruebas efectuadas revelaron desviaciones de ley y de reglamento en las operaciones relacionadas con los Vales Educativos. Por ello, en nuestra opinión, dichas operaciones no se realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación vigentes. Las demás operaciones fiscales examinadas se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

     A continuación se resume el Hallazgo 1 clasificado como principal:

          1. Contrario a la ley, se efectuaron 29 pagos por $6,616 de los fondos de Vales Educativos para propósitos que no estaban relacionados con la prestación de servicios al estudiante. Los referidos desembolsos se efectuaron para pagar, entre otros, regalos y actividades para el personal de la Escuela ($2,619), gastos de viajes realizados por la Directora Escolar y una maestra ($653) y la compra de camisetas y comestibles (donas) para venderlas en la Escuela ($3,344). Además, se desembolsaron $300 en calidad de préstamo a un maestro de la Escuela. Los referidos desembolsos fueron efectuados por el Encargado de Pagos con la autorización de la Directora Escolar.

          Nuestros auditores no pudieron determinar cuánto se recaudó por la venta de las camisetas y comestibles y qué se hizo con dicho dinero. La Directora indicó que el dinero se utilizó para la compra de materiales didácticos y de limpieza, reparaciones menores y adiestramientos a la facultad y estudiantes de la Escuela. Por otro lado, se determinó que el maestro reembolsó los $300 otorgados en calidad de préstamo. Estos se depositaron en la cuenta bancaria de la Escuela el 23 de junio de 1995.

          La situación comentada privó de fondos por $6,616 a la Escuela para cumplir con los objetivos para los cuales se crearon los Vales Educativos.

          2. Se determinaron otros hallazgos clasificados como secundarios relacionados con, entre otros, los informes fiscales, la contabilidad de los fondos y los desembolsos, las conciliaciones bancarias, las compras y la propiedad.

Anejo 1

DEPARTAMENTO DE EDUCACION
INSTITUTO DE REFORMA EDUCATIVA
ESCUELA DE LA COMUNIDAD
DR. RAFAEL PUJALS DE PONCE 

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA 

     El IRE fue creado mediante la Ley Núm. 18 del 16 de junio de 1993, conocida como "Ley para el Desarrollo de las Escuelas de la Comunidad" (Ley Núm. 18)./ El mismo estaría adscrito al Departamento. El propósito del IRE es viabilizar el desarrollo de las escuelas de la comunidad (escuelas), redirigir esfuerzos y recursos de las mismas y descentralizar poderes. Además, diseñar, implantar, probar y ajustar los sistemas administrativos, fiscales y de información; adiestrar personal y asesorar técnicamente a dichas escuelas en los aspectos que las mismas requieran. Los poderes del IRE los ejerce el Secretario del Departamento (Secretario) quien actúa como su Presidente. Este designa el Director Ejecutivo del IRE.

     Por disposiciones de la Ley Núm. 18 las escuelas serán administradas por un Director Escolar nombrado por el Secretario. Además, se creó el Consejo Escolar que es responsable de supervisar las operaciones de las escuelas. El mismo se compone de 7 a 15 miembros representantes del personal docente, personal de apoyo y clasificado, estudiantes, padres y ciudadanos residentes de la comunidad. El Consejo Escolar tiene, entre otras funciones, evaluar el desempeño de los directores escolares, asesorar a éstos en los asuntos de las escuelas y aprobar el uso y desembolso de los fondos asignados a las mismas.

     Durante el proceso inicial de transición/ el IRE y las escuelas recibirían el apoyo técnico, docente y administrativo del Departamento, así como los beneficios de los programas federales y estatales y de las entidades sin fines de lucro. Al 28 de febrero de 1997 había 551 escuelas incorporadas. Los recursos para llevar a cabo las operaciones de éstas provienen de fondos estatales y federales que son transferidos del IRE y de donativos de entidades privadas.

La Escuela Dr. Rafael Pujals de Ponce (Escuela) fue incorporada como Escuela de la Comunidad el 4 de noviembre de 1994.

Durante los años del 1994-95 y 1995-96 la Escuela contó con recursos por $291,492 de fondos estatales ($237,402) y federales ($54,090) y efectuó desembolsos por $169,362, según se indica:    

Año
económico

Asignación

Desembolsos

1994-95

$125, 350

$73,287

1995-96

166,142

$291,492

96,075

$169,362

Anejo 2

DEPARTAMENTO DE EDUCACION
INSTITUTO DE REFORMA EDUCATIVA
ESCUELA DE LA COMUNIDAD
DR. RAFAEL PUJALS DE PONCE 

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS 

     En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

     Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

          1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

          2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

          3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

          4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

     Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

     Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados.

 

 Informe de Auditoría Completo en PDF

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