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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 1411
Comisión Industrial de Puerto Rico
Informe Número:
DA-98-27 del 30 de abril de 1998
Período Auditado:
1 de diciembre de 1989 al 30 de junio de 1997
(En algunos aspectos se examinaron operaciones   de fechas anteriores y posteriores)
Autorizado por:
Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha:
30 de abril de 1998

Nota:      Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1),
la clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2).    

 Informe de Auditoría Completo en PDF

     Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Comisión Industrial de Puerto Rico (Comisión), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación vigentes.

     Las pruebas efectuadas revelaron que las operaciones fiscales se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. Se determinaron algunos hallazgos clasificados como secundarios en los procedimientos administrativos y fiscales relacionados, entre otros, con la utilización indebida de la licencia militar por parte de un empleado de la Comisión, deficiencias en el funcionamiento de la Oficina de Auditoría Interna y controles inadecuados sobre los expedientes de lesionados.

Anejos

Anejo 1

COMISION INDUSTRIAL DE PUERTO RICO 

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA 

     La Comisión fue creada por la Ley Núm. 45 del 18 de abril de 1935, según enmendada, "Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo". La Comisión tiene funciones de naturaleza cuasi judicial y cuasi tutelar para la investigación y resolución de todos los casos de accidentes en los cuales el Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado y el obrero o empleado lesionado, o sus beneficiarios, no llegasen a un acuerdo con respecto a la compensación por accidentes del trabajo. En el ejercicio de sus funciones la Comisión representa solamente el interés público.

     La Comisión consta de hasta un máximo de 25 comisionados, los cuales serán nombrados por el Gobernador, con el consejo y consentimiento del Senado. Uno de éstos será designado Presidente por el Gobernador. El Presidente de la Comisión será el jefe administrativo de ésta y el término de su cargo será de 10 años.

     En los años 1993-94 al 1996-97 la Comisión recibió fondos procedentes de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado por $47,364,435 y efectuó desembolsos por $45,287,105, según se indica:         

Año fiscal Asignación Asignación

1993-94

$ 9,235,927

$ 9,151,457

 

1994-95

11,222,258

11,185,827

1995-96

12,825,000

12,444,744

1996-97

14,081,250

12,505,077

$47,364,435

$45,287,105

Anejo 2 

COMISION INDUSTRIAL DE PUERTO RICO

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS 

     En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

     Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

          1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

          2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

          3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

          4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

     Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

     Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados.

 

 Informe de Auditoría Completo en PDF

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