Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1), la
clasificación y contenido de los hallazgos
del informe (Anejo 2).
Informe
de Auditoría Completo en PDF
Realizamos una auditoría de las operaciones
fiscales de la Colecturía de Rentas Internas
de Santurce (Colecturía), para determinar
si se hicieron de acuerdo con la ley y la
reglamentación vigentes.
Las pruebas efectuadas demostraron que las
operaciones fiscales de la Colecturía del
1 de enero de 1994 al 30 de septiembre
de 1997 se realizaron sustancialmente de
acuerdo con la ley y los reglamentos vigentes,
excepto por lo siguiente:
1. No se hacían gestiones efectivas para
cobrar las contribuciones sobre ingresos
y arbitrios. Al 15 de septiembre de 1997
había cuentas pendientes de cobro por estos
conceptos ascendentes a $102,232,668. El
examen de una muestra de 29 casos por
$3,078,371, de los cuales 23 por $1,386,210
correspondían a contribuciones sobre ingresos
y 6 por $1,692,161 a arbitrios de los años
contributivos del 1990 al 1996, reveló lo
siguiente:
a. En 13 casos por $1,554,524 (45 por ciento
de los casos examinados) no se hizo ninguna
gestión de cobro.
b. En otros 8 casos (27 por ciento) por
$371,575 se hicieron gestiones esporádicas
mediante cartas, llamadas telefónicas y
visitas a los contribuyentes. Debido a la
forma en que se hicieron estas gestiones,
las mismas resultaron infructuosas.
c. En 19 casos de los mencionados en los
apartados "a" y "b"
por $1,871,443 no se hicieron investigaciones
para determinar si los contribuyentes poseían
bienes inmuebles o derechos reales sobre
los cuales se pudieran anotar embargos preventivos
en el Registro de la Propiedad. De éstos,
5 por $383,580 no fueron referidos por la
Sección de Tele-Colecturía del Negociado
de Recaudaciones al Distrito de Cobro de
Contribuciones de Santurce para que efectuara
los estudios de título correspondientes.
2. No se observaron disposiciones de ley
y de reglamentación aplicables a los planes
de pagos concedidos para liquidar deudas
contributivas. Ello respecto a exigir garantías
a los contribuyentes para asegurar el cobro
de las contribuciones y sobre tomar medidas
adecuadas en los casos de atrasos en los
pagos.
3. Se determinaron otros hallazgos clasificados
como secundarios en los procedimientos administrativos
y los controles internos relacionados con,
entre otros, las recaudaciones, el Fondo
de la Lotería, la Lotería Electrónica, los
recibos de pago, los sellos de rentas internas
y colegiales y los marbetes para el pago
de derechos de vehículos de motor.
Anejos
Anejo 1
COLECTURIA
DE RENTAS INTERNAS DE SANTURCE
INFORMACION SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
La Colecturía es una dependencia del Departamento
de Hacienda para recaudar las contribuciones
impuestas por ley, la venta de sellos de
rentas internas, el pago de billetes de
lotería premiados, el pago de boletos premiados
de lotería electrónica y cualesquiera otros
servicios que autorice el Secretario de
Hacienda. La mayoría de las recaudaciones
provienen de contribuciones sobre ingresos,
arbitrios, las ventas de sellos de rentas
internas, los derechos de registro y de
certificación de documentos, licencias de
bebidas alcohólicas y de arbitrios generales
y de marbetes para el pago de derechos de
vehículos de motor.
En los años fiscales del 1994-95 al 1996-97
se recaudaron en la Colecturía $174,133,627,
según el "Informe del Mayor de Colecturía"
del Negociado de Recaudaciones, desglosados
como sigue:
| Año
Fiscal |
Total
Recaudado |
|
|
| 1994-95 |
$
37,294,320 |
| 1995-96 |
57,606,223 |
| 1996-97 |
79,233,084 |
| Totales |
$174,133,627 |
La Colecturía también recibió remesas
de contribuyentes ascendentes a $31,332,986
por contribuciones sobre ingresos retenidas
en el origen (patronal) y estimadas de julio
de 1995 a agosto de 1997 que se tramitaron
al Negociado de Recaudaciones para ser depositadas
en la cuenta del Secretario de Hacienda.
Estas, según los procedimientos establecidos,
no se contabilizaban en la Colecturía.
Durante los años fiscales indicados se hicieron
desembolsos por boletos premiados de lotería
electrónica por $912,115, $862,344 y $910,945,
respectivamente, según el "Informe
de Cheques Emitidos" de la Lotería
Electrónica de Puerto Rico. Por otro lado,
para el año fiscal 1996-97 se hicieron desembolsos
por billetes de la lotería regular premiados
por $7,016,802, según el "Informe Mensual
del Oficial Pagador Auxiliar"./
Anejo 2
COLECTURIA DE RENTAS
INTERNAS DE SANTURCE
CLASIFICACION Y
CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones con
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo, sobre
las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos encontrados en
la auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco de referencia para
evaluar la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado, opinión
de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4. Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados.
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