Nota: Se
acompaña a este Comunicado de Prensa información
sobre la unidad auditada (Anejo 1), la clasificación
y contenido de los hallazgos del informe
(Anejo 2)
Informe
de Auditoría Completo en PDF
Realizamos una auditoría de las operaciones
fiscales de la Colecturía de Rentas Internas
de San Sebastián (Colecturía), para
determinar si se hicieron de acuerdo con
la ley y la reglamentación vigentes.
Las pruebas efectuadas demostraron que las
operaciones fiscales de la Colecturía del
1 de septiembre de 1993 al 30 de septiembre
de 1997 se realizaron sustancialmente de
acuerdo con la ley y los reglamentos vigentes,
excepto por lo siguiente:
1. No se hacián gestiones efectivas para
cobrar las contribuciones sobre ingresos,
herencia, donaciones y arbitrios. Al 3 de
septiembre de 1997 había cuentas pendientes
de cobro por estos conceptos ascendentes
a $1,856,261. El examen de una muestra de
20 casos por $330,742 de contribuciones
sobre ingresos para los años contributivos
del 1989 al 1996, reveló lo siguiente:
a. En 12 casos por $115,032 (60 por ciento
de los casos examinados) no se hizo ninguna
gestión de cobro.
b. En otros ocho casos por $215,710 (40
por ciento) se hicieron gestiones esporádicas
mediante cartas y llamadas telefónicas a
los contribuyentes. Debido a la forma en
que se hicieron estas gestiones, las mismas
resultaron infructuosas.
c. En 17 casos por $288,230 (85 por ciento)
no se hicieron investigaciones para determinar
si los contribuyentes poseían bienes inmuebles
o derechos reales sobre los cuales se pudieran
anotar embargos preventivos en el Registro
de la Propiedad.
d. En dos casos por $32,849 (10 por ciento)
no se notificó al contribuyente concernido
el embargo anotado en el Registro de la
Propiedad.
2. Se determinaron otros hallazgos clasificados
secundarios en los procedimientos administrativos
y los controles internos relacionados con,
entre otros, las recaudaciones, las licencias
de rentas internas y los recibos de pago.
Anejos
Anejo 1
COLECTURIA DE RENTAS
INTERNAS DE SAN SEBASTIAN
INFORMACION SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
La Colecturía es una dependencia del Departamento
de Hacienda para recaudar las contribuciones
impuestas por ley, la venta de sellos de
rentas internas, el pago de billetes de
lotería premiados y cualesquiera otros servicios
que autorice el Secretario de Hacienda.
La mayoría de las recaudaciones provienen
de contribuciones sobre ingresos, sellos
de rentas internas, licencias bebidas alcohólicas
y de arbitrios generales y de marbetes para
el pago de derechos de vehículos de motor.
En los años fiscales del 1994-95 al 1996-97
se recaudaron en la Colecturía $11,154,004,
según el "Informe del Mayor de Colecturía"
del Negociado de Recaudaciones, desglosados
como sigue:
Año
fiscal |
Total
recaudado |
|
|
| 1994-95 |
$
3,036,378 |
| 1995-96 |
3,699,225 |
| 1996-97 |
4,418,401 |
| Total |
$11,154,004
|
En la Colecturía también se recibieron remesas
de contribuyentes ascendentes a $747,072
por contribuciones sobre ingresos retenidas
en el origen (patronal) y estimadas de abril
de 1995 a agosto de 1997 que se tramitaron
al Negociado de Recaudaciones para ser depositadas
en la cuenta del Secretario de Hacienda.
Estas, según los procedimientos establecidos,
no se contabilizaban en la Colecturía.
Durante los años fiscales indicados se hicieron
desembolsos por billetes de lotería premiados
por $1,393,795, $1,218,334 y $1,304,061,
según el "Informe Mensual del Oficial
Pagador Auxiliar
Anejo 2
COLECTURIA DE RENTAS
INTERNAS DE SAN SEBASTIAN
CLASIFICACION Y
CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
Los hallazgos de nuestros informes de auditoría
se clasifican como principales y secundarios.
Los principales incluyen serias violaciones
de ley y de los reglamentos aplicables.
Los mismos pueden consistir en irregularidades
y errores graves o materiales determinados
con motivo de las siguientes situaciones,
entre otras: falsas representaciones, malversación
de activos, aplicación incorrecta de principios
de contabilidad y de disposiciones legales
relevantes, fallas matemáticas, o por hechos
mal interpretados. Se clasifican como hallazgos
secundarios los que consisten en faltas
o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los hallazgos del informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos encontrados en
la auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco de referencia para
evaluar la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado, opinión
de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4. Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
Cuando ello lo amerita, al final del hallazgo
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados.
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de Auditoría Completo en PDF |