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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
Imagen:  Encabezado de la Sección de  Informes de Auditoría
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Unidad : 3160
Corporación de Desarrollo Hotelero de Puerto Rico
Informe Número:
CP-02-27 del 15 de mayo de 2002
Período Auditado:
1 de enero de 1997 al 31 de diciembre de 2000
Autorizado por:
Heriberto Colón Acevedo, Subcontralor
Fecha:
20 de mayo de 2002

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye el ANEJO 1 en el que se provee información sobre la unidad auditada; el ANEJO 2 donde se explica la clasificación y el contenido de un hallazgo; y los ANEJOS 3 Y 4 en los cuales se especifican los nombres, los cargos y el período durante el cual se desempeñaron los Miembros de la Junta de Gobierno y los funcionarios principales de dicha unidad.

Informes de Auditoría en PDF 

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Corporación de Desarrollo Hotelero de (CDH) para determinar si las mismas se realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

Las pruebas efectuadas revelaron que las operaciones de la CDH objeto de este informe se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables, excepto por el Hallazgo 1 clasificado como principal:

1-a. Entre los años 1993 y 1994 la CDH inició el proceso de venta de sus propiedades hoteleras. Conforme a lo aprobado por la Junta de Directores de la CDH (Junta) el 31 de mayo de 1994, dicho proceso estaría a cargo de un Comité que estaría compuesto por 3 representantes de la CDH, 2 del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF) y uno del Área de Productividad Económica de la Fortaleza. El Comité contaba además, con el asesoramiento de un bufete de abogados, de una corporación especializada en bienes raíces y de una firma de consultoría en asuntos de hospedería. Entre las funciones del Comité estaba hacer recomendaciones al Gobernador y a la Junta sobre la venta de propiedades hoteleras. El examen de la venta de propiedades reveló que:

  1. Contrario a la reglamentación aplicable y a normas de sana administración, al 31 de diciembre de 2000 el Presidente de la CDH no había preparado y sometido para la consideración y aprobación del Secretario del Departamento la reglamentación a ser adoptada para regir los aspectos relacionados con la venta de las propiedades hoteleras. Tampoco éste requirió al Presidente de la CDH que preparara y sometiera para su aprobación los reglamentos necesarios, incluyendo cualesquiera enmiendas, o derogación de los mismos. Del 1 de julio de 1995 al 31 de diciembre de 2000 la CDH vendió cuatro propiedades por $103,200,000.

La situación comentada impide a la CDH ejercer un control adecuado sobre las transacciones y otras actividades relacionadas con la venta de sus propiedades hoteleras y pueden dar lugar a que no se observen procedimientos uniformes para regir las mismas.

  1. La Junta de Directores designó los miembros del Comité conforme a lo acordado en la reunión celebrada el 31 de mayo de 1994. Contrario a normas de sana administración, la Junta de Directores no estableció cuáles serían las funciones y las responsabilidades de los miembros del Comité. Tampoco estableció el período de incumbencia de los miembros del Comité.

La situación comentada no le permite a la Junta de Directores de CDH mantener un control adecuado de las transacciones de venta y sobre las funciones realizadas por el Comité. Además, propicia el que no se observen los procedimientos adecua dos y que se realicen transacciones que no protejan los mejores intereses de la CDH.

b. En agosto de 1993 la CDH, la Compañía y el Banco Gubernamental de Fomento (BGF) formalizaron un contrato con una corporación de bienes raíces (Corporación) para la preparación del análisis y la evaluación de siete propiedades hoteleras. La evaluación incluiría los márgenes de valorización estimada y los factores críticos que impactaban el valor para cada propiedad. La Corporación sería responsable además, de elaborar los folletos para el mercadeo de las propiedades, identificación y comunicación con posibles compradores interesados y de negociar y obtener ofertas de los posibles compradores y revisar las mismas. En enero de 1994 la Corporación presentó a la Junta de la CDH, el Informe de Evaluación y Recomendaciones (Informe). En el Informe se estableció, entre otras cosas, que a octubre de 1993 el valor en el mercado de un proyecto turístico localizado en el Municipio de Ponce (Hotel) fluctuaba entre $17 y $21 millones.

En noviembre de 1995, luego de evaluadas más de 20 propuestas para la venta del Hotel, el Comité recomendó a la Junta la venta del mismo y sus instalaciones a uno de los proponentes por $12 millones. Ese mismo mes la Junta autorizó al Presidente de la CDH a firmar el contrato de compraventa con el proponente por los $12 millones. Sin embargo, dicha transacción no se materializó y el Comité se disolvió.

En marzo de 1999, a solicitud de la Junta, otro Comité de Privatización evaluó otras cinco propuestas por igual número de proponentes para la compraventa del Hotel. En dicha evaluación le indicó, además, que para propósito de evaluar objetivamente cada propuesta se evaluaron varios criterios, entre ellos, el precio de venta, financiamiento de la compra, el desarrollo propuesto y solvencia económica del proponente y su experiencia hotelera. El Comité recomendó que se designara a uno de los proponentes como Comprador Preferido y recomendó además, rechazar a dos de los proponentes por no cumplir con los criterios necesarios.

Ese mismo mes la Junta de la CDH autorizó al Presidente Interino a firmar el contrato de compraventa con el Comprador Preferido para la venta del Hotel. El 29 de mayo de 1999 la CDH formalizó una Carta de Intención de Compraventa (Carta de Intención)1 con el Comprador Preferido donde se estableció en $15 millones el precio de venta del Hotel. Se estableció, además, la venta de 165 cuerdas aledañas a éste que podrían desarrollarse o le daban privacidad a la propiedad. La compraventa se realizó el 14 de diciembre de 2000 mediante escritura pública por los $15 millones acordados. El examen realizado reveló lo siguiente:

  1. Contrario a la reglamentación aplicable, a las directrices impartidas mediante la Resolución HDC 96-18 del 13 de noviembre de 1995 por la Junta de Directores y a normas de sana administración, el Presidente de la CDH no formalizó el contrato de compraventa con la firma proponente para la venta de un hotel en Ponce por $12 millones2 según le fue requerido. En las minutas de la Junta de Directores ni en otros documentos examinados se indicaban las razones por las cuales no se formalizó dicho contrato. Tampoco se nos suministró evidencia de que la Junta requiriera un informe sobre las razones para no formalizar el contrato mencionado, conforme a las instrucciones impartidas.

1 El propósito de la misma es delinear los términos y las condiciones que regirán el proceso de formalización del Contrato de Compraventa.

2 Esta transacción no incluía terrenos adicionales.

La situación señalada impidió a la Junta de Directores ejercer un control adecuado sobre los acuerdos que toma y las instrucciones que imparte en sus reuniones. Además, le privó de contar con información en las actas de sus reuniones donde se documentaran las razones por las cuales no se formalizó el contrato de compraventa. Como resultado se retrasó la venta del hotel indicado. Dicha situación propicia la comisión de irregularidades.

  1. Contrario a las normas de sana administración, el Comité, el Presidente de la CDH ni la Junta de Directores le requirieron a sus asesores un informe de valoración actualizado previo a fijar el precio de venta del hotel en mayo de 1999. El precio de venta se estableció de acuerdo a una evaluación que incluía los márgenes de valoración estimada y factores críticos que impactaban el valor de la propiedad de octubre de 1993. En las minutas de la Junta de Directores tampoco se indicaron las razones por las cuales ésta no requirió que se fijara el precio mínimo a base de un informe de valoración actualizado.

El 29 de marzo de 2001 funcionarios de la CDH nos suministraron un informe de valoración del 15 de noviembre de 1999 preparado por una firma de tasadores contratada por el comprador. En dicho informe se estableció que el valor del Hotel y sus propiedades era de $29.5 millones, desglosados en $22 millones por la estructura del hotel y $7.5 millones por 165 cuerdas de terreno.

La situación comentada privó al Comité, al Presidente de la CDH y a la Junta de Directores de información imprescindible para poder evaluar adecuadamente los pormenores de la transacción de venta del hotel para así proteger los mejores intereses de la CDH.

El Informe de Auditoría CP-02-27, emitido por nuestra Oficina el 15 de mayo de 2002, se puede conseguir en nuestra página de Internet: http://www.ocpr.gov.pr.

ANEJO 1

CORPORACIÓN de desarrollo hotelero de puerto rico

INFORMACIÓN SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

La Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico (CFI) fue creada por virtud de la Ley Núm. 188 del 11 de mayo de 1942, según enmendada, con el propósito de promover la industrialización y el desarrollo económico de Puerto Rico. En el 1950 se aprobó el Plan de Reorganización Núm. 10, para crear la Administración de Fomento Económico (AFE). Se le transfirieron a ésta, entre otras responsabilidades, las funciones de investigación y promoción que tenía la CFI. También se le confirieron a ésta los poderes de la Junta de Directores. La CFI retuvo la responsabilidad primaria de proveer la infraestructura, los terrenos y los edificios necesarios para facilitar la promoción industrial y el desarrollo económico de Puerto Rico.

Mediante la Resolución Núm. 91-128 del 18 de noviembre de 1991 el Administrador autorizó a la CFI a organizar la CDH. El propósito de la CDH era participar en la construcción de hoteles para, ulteriormente, venderlos al sector privado. Además, mediante la Resolución Núm. 91-129 de la misma fecha, el Administrador autorizó a la CFI a transferir a la CDH las propiedades hoteleras por el valor neto en los libros. La CDH fue organizada el 20 de noviembre de 1991 y operaba bajo la CFI. La administración y supervisión de sus operaciones las ejercía el Presidente y Gerente General de la CFI.

De junio a diciembre de 1992 la CFI transfirió a la CDH la propiedad mueble e inmueble3 mediante la emisión de acciones comunes de la CDH por $208,975,000. Ello representaba el valor neto en los libros de dichas propiedades, las cuales estaban bajo contratos de arrendamiento o de administración con entidades privadas para su operación y administración.


3 Entre la propiedad que poseía la CFI estaban seis hoteles y un centro de convenciones.

Mediante la Resolución Núm. 94-26 del 23 de marzo de 1994 el Administrador autorizó a la CFI a vender a la Compañía de Turismo (Compañía) las acciones que poseía en la CDH. La venta se realizó en marzo de 1994 por $208,975,000 que era el valor en los libros de las acciones.

El 22 de junio de 1994, mediante el Plan de Reorganización Núm. 4, la CDH pasó a ser un componente operacional del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico (Departamento). A esa fecha la administración y supervisión de las operaciones de la CDH las ejercía el Director Ejecutivo de la Compañía. Éste, a su vez, es el Presidente de la CDH. Los poderes corporativos son ejercidos por una Junta de Directores compuesta por un Presidente y dos directores nombrados por su único accionista principal, la Compañía.4 La CDH utiliza la reglamentación de la Compañía para regir sus operaciones.

Los recursos para financiar las actividades operacionales de la CDH provienen de los ingresos que se generan por el arrendamiento de sus propiedades hoteleras y por el financiamiento de inversiones de capital en proyectos turísticos.


4 El Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto Rico es el Presidente de la Junta de Directores de la Compañía y el Vicepresidente de dicha junta es el Presidente de la Junta de Directores de la CDH.

ANEJO 2

CORPORACIÓN de desarrollo hotelero de puerto rico

CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican como principales o secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo. Los secundarios son los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos del informe se presentan según los atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de nuestra Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección sobre los COMENTARIOS DE LA GERENCIA se indica si el funcionario principal y los ex funcionarios de la unidad auditada efectuaron comentarios sobre los hallazgos incluidos en el borrador del informe que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios se consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen al final del hallazgo correspondiente en la sección de HALLAZGOS EN LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO HOTELERO DE PUERTO RICO, de forma objetiva y conforme a las normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia competente, suficiente y relevante para refutar un hallazgo, éste prevalece y se añade al final del mismo la siguiente aseveración: Consideramos las alegaciones de la gerencia, pero determinamos que el hallazgo prevalece.

ANEJO 3

corporación de desarrollo hotelero DE PUERTO RICO

NOMBRE

CARGO

PERIODO

Desde

Hasta

Sr. José E. Vélez

Presidente

17 mayo 00

31 dic. 00

Sr. Jorge A. Junquera

"

1 ene. 97

16 mayo 00

Lic. Andrés Guillemard

Vicepresidente

17 mayo 00

31 dic. 00

Sr. José E. Vélez

"

1 ene. 97

16 mayo 00

Lic. José R. Dubón

Director

1 ene. 97

31 dic. 00

CPA Miguel Carbonell

"

1 ene. 97

4 feb. 99


5 El 23 de marzo de 1994 se creó la Junta de Directores. Previo a esta fecha, el Director Ejecutivo de la CDH le respondía al Administrador de la CFI.

Anejo 4

CORPORACIÓN de desarrollo hotelero de puerto rico

FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON
DURANTE EL PERÍODO auditado

NOMBRE

CARGO

Periodo

desde

hasta

CPA José A. Corujo

Presidente6

2 sep. 99

31 dic. 00

Ing. Jorge L. Dávila

"

1 ene. 97

30 jul. 99

Lic. Luis G. Fortuño Burset

"

1 jul. 93

31 dic. 96

Sra. Ana L. Alfaro

Vicepresidenta y Subdirectora Ejecutiva de Desarrollo Hotelero

3 ene. 00

31 dic. 00

Sr. Jaime L. González

Vicepresidente y Subdirector Ejecutivo de Desarrollo Hotelero7

1 ene. 97

2 ene. 00

Sr. Roberto Lugo Rigau

Vicepresidente y Subdirector Ejecutivo de Operaciones Hoteleras

1 jul. 93

31 dic. 96

CPA Francisco Espina

Tesorero

2 sep. 99

31 dic. 00

CPA José A. Corujo

"

1 mayo 97

1 sep. 99

Sra. Cecilia Arios

Tesorera

23 ene. 97

30 abr. 97

CPA María Victoria León

"

6 jun. 96

22 ene. 97


6 Se desempeñó como Presidente Interino del 1 de agosto al 1 de septiembre de 1999.

7 Puesto creado el 1 de enero de 1997. Incluye las funciones del Subdirector Ejecutivo de Operaciones Hoteleras.

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