Nota:
Este Comunicado
de Prensa incluye el ANEJO 1
en el que se provee información sobre la
unidad auditada; el ANEJO 2 donde
se explica la clasificación y el contenido
de un hallazgo; y los ANEJOS 3 Y 4 en
los cuales se especifican los nombres, los
cargos y el período durante el cual se desempeñaron
los Miembros de la Junta de Gobierno y los
funcionarios principales de dicha unidad.
Informes
de Auditoría en PDF
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
de la Corporación de Desarrollo Hotelero
de (CDH) para determinar si las mismas se
realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables.
Las
pruebas efectuadas revelaron que las operaciones
de la CDH objeto de este informe se realizaron
sustancialmente de acuerdo con la ley y
la reglamentación aplicables, excepto por
el Hallazgo 1 clasificado como principal:
1-a.
Entre los años 1993 y 1994 la CDH inició
el proceso de venta de sus propiedades hoteleras.
Conforme a lo aprobado por la Junta de Directores
de la CDH (Junta) el 31 de mayo de 1994,
dicho proceso estaría a cargo de un Comité
que estaría compuesto por 3 representantes
de la CDH, 2 del Banco Gubernamental de
Fomento para Puerto Rico (BGF) y uno
del Área de Productividad Económica de la
Fortaleza. El Comité contaba además, con
el asesoramiento de un bufete de abogados,
de una corporación especializada en bienes
raíces y de una firma de consultoría en
asuntos de hospedería. Entre las funciones
del Comité estaba hacer recomendaciones
al Gobernador y a la Junta sobre la venta
de propiedades hoteleras. El examen de la
venta de propiedades reveló que:
-
Contrario
a la reglamentación aplicable y a normas
de sana administración, al 31 de diciembre
de 2000 el Presidente de la CDH no había
preparado y sometido para la consideración
y aprobación del Secretario del Departamento
la reglamentación a ser adoptada para
regir los aspectos relacionados con
la venta de las propiedades hoteleras.
Tampoco éste requirió al Presidente
de la CDH que preparara y sometiera
para su aprobación los reglamentos necesarios,
incluyendo cualesquiera enmiendas, o
derogación de los mismos. Del 1 de julio
de 1995 al 31 de diciembre de 2000 la
CDH vendió cuatro propiedades por $103,200,000.
La
situación comentada impide a la CDH ejercer
un control adecuado sobre las transacciones
y otras actividades relacionadas con la
venta de sus propiedades hoteleras y pueden
dar lugar a que no se observen procedimientos
uniformes para regir las mismas.
- La Junta de Directores
designó los miembros del Comité conforme
a lo acordado en la reunión celebrada
el 31 de mayo de 1994. Contrario a normas
de sana administración, la Junta de
Directores no estableció cuáles serían
las funciones y las responsabilidades
de los miembros del Comité. Tampoco
estableció el período de incumbencia
de los miembros del Comité.
La
situación comentada no le permite a la
Junta de Directores de CDH mantener un
control adecuado de las transacciones
de venta y sobre las funciones realizadas
por el Comité. Además, propicia el que
no se observen los procedimientos adecua
dos y que se realicen transacciones que
no protejan los mejores intereses de la
CDH.
b.
En agosto de 1993 la CDH, la Compañía y
el Banco Gubernamental de Fomento (BGF)
formalizaron un contrato con una corporación
de bienes raíces (Corporación) para la preparación
del análisis y la evaluación de siete propiedades
hoteleras. La evaluación incluiría los márgenes
de valorización estimada y los factores
críticos que impactaban el valor para cada
propiedad. La Corporación sería responsable
además, de elaborar los folletos para el
mercadeo de las propiedades, identificación
y comunicación con posibles compradores
interesados y de negociar y obtener ofertas
de los posibles compradores y revisar las
mismas. En enero de 1994 la Corporación
presentó a la Junta de la CDH, el Informe
de Evaluación y Recomendaciones (Informe).
En el Informe se estableció, entre otras
cosas, que a octubre de 1993 el valor en
el mercado de un proyecto turístico
localizado en el Municipio de Ponce (Hotel)
fluctuaba entre $17 y $21 millones.
En
noviembre de 1995, luego de evaluadas más
de 20 propuestas para la venta del Hotel,
el Comité recomendó a la Junta la venta
del mismo y sus instalaciones a uno de los
proponentes por $12 millones. Ese mismo
mes la Junta autorizó al Presidente de la
CDH a firmar el contrato de compraventa
con el proponente por los $12 millones.
Sin embargo, dicha transacción no se materializó
y el Comité se disolvió.
En
marzo de 1999, a solicitud de la Junta,
otro Comité de Privatización evaluó otras
cinco propuestas por igual número de proponentes
para la compraventa del Hotel. En dicha
evaluación le indicó, además, que para propósito
de evaluar objetivamente cada propuesta
se evaluaron varios criterios, entre ellos,
el precio de venta, financiamiento de la
compra, el desarrollo propuesto y solvencia
económica del proponente y su experiencia
hotelera. El Comité recomendó que se designara
a uno de los proponentes como Comprador
Preferido y recomendó además, rechazar a
dos de los proponentes por no cumplir con
los criterios necesarios.
Ese
mismo mes la Junta de la CDH autorizó al
Presidente Interino a firmar el contrato
de compraventa con el Comprador Preferido
para la venta del Hotel. El 29 de mayo de 1999
la CDH formalizó una Carta de Intención
de Compraventa (Carta de Intención)1
con el Comprador Preferido donde se estableció
en $15 millones el precio de venta del Hotel.
Se estableció, además, la venta de 165 cuerdas
aledañas a éste que podrían desarrollarse
o le daban privacidad a la propiedad. La
compraventa se realizó el 14 de diciembre
de 2000 mediante escritura pública por los
$15 millones acordados. El examen realizado
reveló lo siguiente:
- Contrario a la
reglamentación aplicable, a las directrices
impartidas mediante la Resolución
HDC 96-18 del 13 de noviembre de
1995 por la Junta de Directores y a
normas de sana administración, el Presidente
de la CDH no formalizó el contrato de
compraventa con la firma proponente
para la venta de un hotel en Ponce por
$12 millones2 según le fue
requerido. En las minutas de la Junta
de Directores ni en otros documentos
examinados se indicaban las razones
por las cuales no se formalizó dicho
contrato. Tampoco se nos suministró
evidencia de que la Junta requiriera
un informe sobre las razones para no
formalizar el contrato mencionado, conforme
a las instrucciones impartidas.
1
El propósito de la misma es delinear los
términos y las condiciones que regirán el
proceso de formalización del Contrato de
Compraventa.
2
Esta transacción no incluía terrenos adicionales.
La
situación señalada impidió a la Junta
de Directores ejercer un control adecuado
sobre los acuerdos que toma y las instrucciones
que imparte en sus reuniones. Además,
le privó de contar con información en
las actas de sus reuniones donde se documentaran
las razones por las cuales no se formalizó
el contrato de compraventa. Como resultado
se retrasó la venta del hotel indicado.
Dicha situación propicia la comisión de
irregularidades.
- Contrario
a las normas de sana administración,
el Comité, el Presidente de la CDH ni
la Junta de Directores le requirieron
a sus asesores un informe de valoración
actualizado previo a fijar el precio
de venta del hotel en mayo de 1999.
El precio de venta se estableció de
acuerdo a una evaluación que incluía
los márgenes de valoración estimada
y factores críticos que impactaban el
valor de la propiedad de octubre de
1993. En las minutas de la Junta de
Directores tampoco se indicaron las
razones por las cuales ésta no requirió
que se fijara el precio mínimo a base
de un informe de valoración actualizado.
El
29 de marzo de 2001 funcionarios de la
CDH nos suministraron un informe de valoración
del 15 de noviembre de 1999 preparado
por una firma de tasadores contratada
por el comprador. En dicho informe se
estableció que el valor del Hotel y sus
propiedades era de $29.5 millones, desglosados
en $22 millones por la estructura del
hotel y $7.5 millones por 165 cuerdas
de terreno.
La
situación comentada privó al Comité, al
Presidente de la CDH y a la Junta de Directores
de información imprescindible para poder
evaluar adecuadamente los pormenores de
la transacción de venta del hotel para
así proteger los mejores intereses de
la CDH.
El
Informe de Auditoría CP-02-27,
emitido por nuestra Oficina el 15 de mayo
de 2002, se puede conseguir en nuestra página
de Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO
1
CORPORACIÓN
de desarrollo hotelero de puerto rico
INFORMACIÓN
SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
La
Compañía de Fomento Industrial de Puerto
Rico (CFI) fue creada por virtud de la Ley
Núm. 188 del 11 de mayo de 1942,
según enmendada, con el propósito de promover
la industrialización y el desarrollo económico
de Puerto Rico. En el 1950 se aprobó el
Plan de Reorganización Núm. 10, para
crear la Administración de Fomento Económico
(AFE). Se le transfirieron a ésta, entre
otras responsabilidades, las funciones de
investigación y promoción que tenía la CFI.
También se le confirieron a ésta los poderes
de la Junta de Directores. La CFI retuvo
la responsabilidad primaria de proveer la
infraestructura, los terrenos y los edificios
necesarios para facilitar la promoción industrial
y el desarrollo económico de Puerto Rico.
Mediante
la Resolución Núm. 91-128 del 18 de noviembre
de 1991 el Administrador autorizó a
la CFI a organizar la CDH. El propósito
de la CDH era participar en la construcción
de hoteles para, ulteriormente, venderlos
al sector privado. Además, mediante la Resolución
Núm. 91-129 de la misma fecha, el Administrador
autorizó a la CFI a transferir a la CDH
las propiedades hoteleras por el valor neto
en los libros. La CDH fue organizada el
20 de noviembre de 1991 y operaba bajo la
CFI. La administración y supervisión de
sus operaciones las ejercía el Presidente
y Gerente General de la CFI.
De
junio a diciembre de 1992 la CFI transfirió
a la CDH la propiedad mueble e inmueble3
mediante la emisión de acciones comunes
de la CDH por $208,975,000. Ello representaba
el valor neto en los libros de dichas propiedades,
las cuales estaban bajo contratos de arrendamiento
o de administración con entidades privadas
para su operación y administración.
3
Entre la propiedad que poseía la CFI estaban
seis hoteles y un centro de convenciones.
Mediante
la Resolución Núm. 94-26 del 23 de
marzo de 1994 el Administrador autorizó
a la CFI a vender a la Compañía de Turismo
(Compañía) las acciones que poseía en la
CDH. La venta se realizó en marzo de 1994
por $208,975,000 que era el valor en los
libros de las acciones.
El
22 de junio de 1994, mediante el Plan
de Reorganización Núm. 4, la CDH pasó
a ser un componente operacional del Departamento
de Desarrollo Económico y Comercio de Puerto
Rico (Departamento). A esa fecha la administración
y supervisión de las operaciones de la CDH
las ejercía el Director Ejecutivo de la
Compañía. Éste, a su vez, es el Presidente
de la CDH. Los poderes corporativos son
ejercidos por una Junta de Directores compuesta
por un Presidente y dos directores nombrados
por su único accionista principal, la Compañía.4
La CDH utiliza la reglamentación de la Compañía
para regir sus operaciones.
Los
recursos para financiar las actividades
operacionales de la CDH provienen de los
ingresos que se generan por el arrendamiento
de sus propiedades hoteleras y por el financiamiento
de inversiones de capital en proyectos turísticos.
4
El Secretario del Departamento de Desarrollo
Económico y Comercio de Puerto Rico es el
Presidente de la Junta de Directores de
la Compañía y el Vicepresidente de dicha
junta es el Presidente de la Junta de Directores
de la CDH.
ANEJO
2
CORPORACIÓN
de desarrollo hotelero de puerto rico
CLASIFICACIÓN
Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican
como principales o secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones sobre
las operaciones de la unidad auditada que
tienen un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo. Los
secundarios son los que consisten en faltas
o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los
hallazgos del informe se presentan según
los atributos establecidos conforme a las
normas de redacción de informes de nuestra
Oficina. El propósito es facilitar al lector
una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
Situación
- Los hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio
- El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una
ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
Efecto
- Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa
- La razón fundamental por la cual ocurrió
la situación.
Al
final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
En
la sección sobre los COMENTARIOS DE LA
GERENCIA se indica si el funcionario
principal y los ex funcionarios de la unidad
auditada efectuaron comentarios sobre los
hallazgos incluidos en el borrador del informe
que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios
se consideran al revisar el borrador del
informe y se incluyen al final del hallazgo
correspondiente en la sección de HALLAZGOS
EN LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO HOTELERO
DE PUERTO RICO, de forma objetiva y conforme
a las normas de nuestra Oficina. Cuando
la gerencia no provee evidencia competente,
suficiente y relevante para refutar un hallazgo,
éste prevalece y se añade al final del mismo
la siguiente aseveración: Consideramos las
alegaciones de la gerencia, pero determinamos
que el hallazgo prevalece.
ANEJO
3
corporación
de desarrollo hotelero DE PUERTO RICO
|
NOMBRE |
CARGO |
PERIODO |
|
Desde |
Hasta |
|
Sr. José E. Vélez |
Presidente |
17 mayo 00 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Jorge A. Junquera |
" |
1 ene. 97 |
16 mayo 00 |
|
Lic. Andrés Guillemard |
Vicepresidente
|
17 mayo 00 |
31 dic. 00 |
|
Sr. José E. Vélez |
" |
1 ene. 97 |
16 mayo 00 |
|
Lic. José R. Dubón |
Director |
1 ene. 97 |
31 dic. 00 |
|
CPA Miguel Carbonell |
" |
1 ene. 97 |
4 feb. 99 |
5
El 23 de marzo de 1994 se creó la Junta
de Directores. Previo a esta fecha, el Director
Ejecutivo de la CDH le respondía al Administrador
de la CFI.
Anejo
4
CORPORACIÓN
de desarrollo hotelero de puerto rico
FUNCIONARIOS
PRINCIPALES QUE ACTUARON
DURANTE EL PERÍODO auditado
|
NOMBRE |
CARGO |
Periodo |
|
desde |
hasta |
|
CPA José A. Corujo |
Presidente6 |
2 sep. 99 |
31 dic. 00 |
|
Ing. Jorge L.
Dávila |
" |
1 ene. 97 |
30 jul. 99 |
|
Lic. Luis G.
Fortuño Burset |
" |
1 jul. 93 |
31 dic. 96 |
|
Sra. Ana L. Alfaro |
Vicepresidenta
y Subdirectora Ejecutiva de Desarrollo
Hotelero |
3 ene. 00 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Jaime L.
González |
Vicepresidente y Subdirector
Ejecutivo de Desarrollo Hotelero7 |
1 ene. 97 |
2 ene. 00 |
|
Sr. Roberto Lugo
Rigau |
Vicepresidente y Subdirector
Ejecutivo de Operaciones Hoteleras |
1 jul. 93 |
31 dic. 96 |
|
CPA Francisco
Espina |
Tesorero |
2 sep. 99 |
31 dic. 00 |
|
CPA José A. Corujo |
" |
1 mayo 97 |
1 sep. 99 |
|
Sra. Cecilia
Arios |
Tesorera |
23 ene. 97 |
30 abr. 97 |
|
CPA María Victoria
León |
" |
6 jun. 96 |
22 ene. 97 |
6
Se desempeñó como Presidente Interino del
1 de agosto al 1 de septiembre de 1999.
7
Puesto creado el 1 de enero de 1997. Incluye
las funciones del Subdirector Ejecutivo
de Operaciones Hoteleras.
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