Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye el ANEJO
1 en el que se provee información sobre
la unidad auditada; el ANEJO 2 donde
se explica la clasificación y el contenido
de un hallazgo; y el ANEJO 3 en el
cual se especifican los nombres, los cargos
y el período durante el cual se desempeñaron
los funcionarios principales de dicha unidad.
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
del Banco y Agencia de Financiamiento de
la Vivienda de Puerto Rico (Banco), ahora
Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda
de Puerto Rico, para determinar si se hicieron
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables.
Determinamos
emitir varios informes de dicha auditoría.
Este primer informe contiene el resultado
del examen de las operaciones relacionadas
con la División de Bienes Raíces, los controles
internos y administrativos y los contratos
de servicios profesionales y consultivos.
Las
pruebas efectuadas revelaron desviaciones
de disposiciones de ley y de reglamentación,
así como de normas de sana administración
y de control interno en las operaciones
relacionadas con la División de Bienes Raíces.
Por ello, en nuestra opinión, dichas operaciones
no se realizaron de acuerdo con la ley y
la reglamentación aplicables. Las pruebas
efectuadas también reflejaron que las demás
operaciones objeto de este informe se realizaron
sustancialmente de acuerdo con la ley y
la reglamentación. A continuación se resumen
los hallazgos 1 y 2 clasificados
como principales:
1-a.
El Banco y Agencia de Financiamiento de
la Vivienda (Banco) tiene una División
de Bienes Raíces (División), que se encarga
de, entre otras cosas, coordinar la venta
de las unidades de viviendas reposeídas
por la agencia. Estas viviendas son adquiridas
mediante la ejecución de hipotecas, dación
en pago1
y cesión de titularidad2.
La custodia y disposición de las viviendas
reposeídas por el Banco se rige por el
Procedimiento para la Conservación
y Disposición de Propiedad Inmueble
aprobado el 17 de septiembre de 1997 por
la Secretaria de la Vivienda. Las ventas
de estas viviendas son realizadas, principalmente,
por corredores de bienes raíces contratados
por el Banco. Las propiedades reposeídas
se venden a personas individuales y se
realizan mediante ventas en efectivo o
mediante financiamiento de los diferentes
programas que ofrece el Banco y la banca
privada.
Del
14 de agosto de 1997 al 8 de diciembre
de 2000 el Banco formalizó siete contratos
con cuatro corredores de bienes raíces
por $252,000 para que éstos gestionaran
la venta de las propiedades reposeídas.
A cinco de dichos contratos se les efectuaron
ocho enmiendas por $270,450, lo que elevó
el total a $522,450. En los contratos
se estableció, entre otras cosas, que
los corredores tenían la responsabilidad
de mostrar las viviendas a los posibles
compradores, orientarlos en cuanto a las
fuentes de financiamiento disponibles
y los requisitos para cualificar para
un préstamo hipotecario. Además, tenían
que coordinar los trámites de compraventa
entre el comprador, el Banco y la institución
privada que proveyera el financiamiento.
Los honorarios se establecieron a base
del dos por ciento del precio de tasación
de la propiedad cuando el financiamiento
lo proveyera el Banco y cinco por ciento
cuando el financiamiento lo proveyera
la banca privada.
Al
iniciarse los trámites de compraventa,
el posible comprador paga al Banco una
opción de compra. También paga los costos
de los informes de tasación de la propiedad
y de crédito personal cuando la compra
se realiza mediante financiamiento con
el Banco. El posible comprador entrega
el dinero de la opción de compra y de
los costos de los informes mencionados
al corredor de bienes raíces. El corredor
de bienes raíces completa el Contrato
de Opción el cual es firmado por el
corredor, el posible comprador y el Director
de la División.
Al
30 de junio de 1999 el Banco tenía 327
unidades de viviendas disponibles para
la venta con un valor de $10,016,758,
según los registros. Al 31 de diciembre
de 2000 tenían 310 unidades valoradas
en $9,744,110. Al 31 de diciembre de 2000
el Banco había asignado a los corredores
de bienes raíces 307 unidades de viviendas
con un valor de $9,675,885. El examen
realizado reveló que:
1)
Contrario a la reglamentación aplicable
y a normas de sana administración, la
División de Bienes Raíces no efectuaba
inspecciones físicas periódicas de las
unidades de viviendas disponibles para
la venta. Dichas inspecciones eran necesarias
para, entre otras cosas, detectar actos
de robo o vandalismo a las viviendas
y poder notificarlas a la Oficina del
Contralor y al Secretario de Justicia
y para gestionar las correspondientes
reclamaciones a la compañía aseguradora.
Esta labor se delegó a los corredores
de bienes raíces quienes mensualmente
sometían a la División un informe en
donde indicaban, entre otras cosas,
información relacionada con financiamientos
pendientes, si las propiedades estaban
invadidas y recomendaciones con respecto
a las acciones judiciales a seguir.
Sin embargo, en dichos informes no se
incluían datos sobre la descripción
física o condiciones estructurales de
las propiedades asignadas para la venta
que evidenciaran que los corredores
efectuaron las inspecciones físicas
delegadas a éstos. Tampoco encontramos
evidencia de que la División le requiriera
a los corredores de bienes raíces que
efectuaran las inspecciones físicas
a las viviendas según se les delegó
y que establecieran dicha información
en los informes entregados.
2)
Contrario a la reglamentación aplicable
y a normas de sana administración, la
División no mantenía un inventario actualizado
de las unidades de viviendas disponibles
para la venta. En su lugar, mantenía
un registro preparado a mano que carecía
de información relevante, tal como:
la descripción de las propiedades, los
totales de los valores de tasación y
de los precios de venta, y la cantidad
de unidades que estaban disponibles
para la venta. En dicho registro se
anotaba, entre otra información, el
número del préstamo, la dirección de
la propiedad, el valor de tasación,
el precio de venta y el nombre del tasador
asignado.
Las
situaciones comentadas en el Apartado
a.1) y 2) le impiden al Banco ejercer
un control adecuado sobre las propiedades
disponibles para la venta. Además, propician
el ambiente para que se lleven a cabo
transacciones irregulares con éstas,
inclusive la ocupación o utilización
ilegal de las viviendas por parte de
personas particulares.
3)
Contrario a normas de control interno,
observamos que el formulario del Contrato
de Opción no estaba prenumerado.
Ello no le permitía al Banco ejercer
un control adecuado sobre las viviendas
opcionadas y el importe cobrado por
las mismas. Además, propicia el ambiente
para la comisión de errores e irregularidades
y que éstos no se detecten a tiempo
para tomar las medidas correctivas necesarias
y fijar responsabilidades.
2-a.
Contrario a normas de política pública
y de control interno, el Director de la
División de Bienes Raíces realizaba, entre
otras, las siguientes funciones las cuales
resultaban ser conflictivas al ser efectuadas
por un mismo funcionario: coordinaba con
la Oficina de Servicios Legales los informes
de ejecución y daciones en pago; controlaba
toda acción relacionada con las viviendas
reposeídas por el Banco; solicitaba y
coordinaba la tasación de las propiedades
recibidas por el Banco en cesión, dación
en pago o ejecución; coordinaba visitas
periódicas a las propiedades del Banco
para asegurarse de que se mantenían en
buenas condiciones; coordinaba y participaba
con los corredores de bienes raíces contratados
por el Banco y las instituciones de financiamiento
en el procesamiento de documentos para
la disposición de las propiedades; atendía
a personas interesadas en la adquisición
de propiedades y contestaba toda correspondencia
relacionada con solicitudes para adquirir
propiedades reposeídas; y representaba
al Banco en la firma de escrituras de
compraventa de propiedades reposeídas.
La
situación señalada impide al Banco ejercer
un control adecuado sobre las funciones
realizadas por el funcionario mencionado.
Cualquier situación irregular puede pasar
inadvertida o no detectarse a tiempo,
con los consiguientes efectos adversos
para el Banco.
El
Informe de Auditoría CP-02-19,
emitido por nuestra Oficina el 30 de marzo
de 2002, se puede conseguir en nuestra página
de Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO
1
banco
y agencia de financiamiento de la vivienda
de puerto rico
INFORMACIÓN
SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
El
Banco se creó como una corporación pública
mediante la Ley Núm. 146 del 30 de junio
de 1961 (Ley Núm. 146), según enmendada,
para promover y proveer financiamiento para
viviendas a familias de ingresos bajos y
moderados. El Banco fue adscrito al Departamento
de la Vivienda mediante la Ley Núm. 97
del 10 de junio de 1972, Ley Orgánica
del Departamento. Por virtud de dicha
Ley, la Junta de Directores del Banco
se suprimió y sus poderes, facultades y
responsabilidades se le transfirieron al
Secretario de la Vivienda (Secretario).
Las funciones administrativas del Banco
eran ejercidas por un Presidente nombrado
por el Secretario.
Para
cumplir con su encomienda el Banco cuenta
con las divisiones de Préstamos Hipotecarios,
Bienes Raíces y Evaluación de Proyectos
las cuales realizan las funciones programáticas.
Dichas funciones se constituyen de los siguientes
componentes: Programa de Préstamos Hipotecarios
(constituye la fuente principal de ingresos
para operar el Banco), Programa de Subsidios
de Gastos de Cierre y el Programa Home
establecido por el Departamento de la Vivienda
y del cual al Banco le corresponde implementar
una fase conocida como Homeownership.
Además, administra los siguientes programas
cuyos fondos están limitados a las funciones
propias de los mismos: Programa de Seguro
Hipotecario, Programa de Subsidio para Vivienda
de Interés Social y el Programa de Propiedades
Rentadas, Sección 8. Las funciones administrativas
se realizan mediante las divisiones de Recursos
Humanos y Relaciones Industriales, de Servicios
Generales y Compras y de Finanzas. También,
cuenta con dos oficinas asesoras: Servicios
Legales y Auditoría Interna.
Los
recursos para los gastos de funcionamiento
del Banco provienen primordialmente del
cobro de intereses y servicios administrativos
cobrados mensualmente por concepto de préstamos,
primas por la venta de seguros hipotecarios
e intereses sobre sus inversiones.
Durante
los años fiscales del 1997-98 al 1999-00
el Banco generó ingresos por $212,311,000
e incurrió en gastos por $152,305,000, según
se indica:
|
AÑO
FISCAL |
INGRESOS
OPERACIONALES |
GASTOS
OPERACIONALES |
SOBRANTE |
|
1997-98 |
$
83,981,000 |
$55,129,000 |
$28,852,000 |
|
1998-99 |
66,128,000 |
50,100,000 |
16,028,000 |
|
1999-00 |
62,202,000 |
47,076,000 |
15,126,000 |
|
TOTALES |
$212,311,000 |
$152,305,000 |
$60,006,000 |
La
Ley Núm. 103 del 11 de agosto de 2001
derogó la Ley Núm. 146, según enmendada,
a fin de disolver el Banco y transferir
sus poderes, facultades, obligaciones y
activos a la Autoridad para el Financiamiento
de la Vivienda de Puerto Rico (Autoridad)
a partir del 8 de febrero de 2002. La Autoridad
será una subsidiaria del Banco Gubernamental
de Fomento para Puerto Rico.
Los
poderes corporativos de la Autoridad serán
ejercidos por una Junta de Directores que
estará compuesta por siete miembros, los
cuales serán nombrados por el Gobernador
de Puerto Rico. Cuatro de ellos serán miembros
ex oficio, los cuales serán los siguientes:
el Secretario del Departamento de la Vivienda,
quien presidirá la Junta; el Presidente
del Banco Gubernamental de Fomento para
Puerto Rico; el Secretario del Departamento
de Hacienda y el Secretario del Departamento
de Desarrollo Económico, y tres miembros
del sector privado, quienes serán nombrados
por el Gobernador de Puerto Rico. Las funciones
administrativas de la Autoridad serán ejercidas
por un Presidente y un Director Ejecutivo
nombrados por la Junta.
ANEJO
2
banco
y agencia de financiamiento de la vivienda
de puerto rico
CLASIFICACIÓN
Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican
como principales o secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones sobre
las operaciones de la unidad auditada que
tienen un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo. Los
secundarios son los que consisten en faltas
o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los
hallazgos del informe se presentan según
los atributos establecidos conforme a las
normas de redacción de informes de nuestra
Oficina. El propósito es facilitar al lector
una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
Situación
- Los hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con uno
o más criterios.
Criterio
- El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una ley,
reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
Efecto
- Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa
- La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al
final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
En
la sección sobre los COMENTARIOS DE LA
GERENCIA se indica si el funcionario
principal y los ex funcionarios de la unidad
auditada efectuaron comentarios sobre los
hallazgos incluidos en el borrador del informe
que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios
se consideran al revisar el borrador del
informe y se incluyen al final del hallazgo
correspondiente en la sección de HALLAZGOS
EN EL BANCO Y AGENCIA DE FINANCIAMIENTO
DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, de forma
objetiva y conforme a las normas de nuestra
Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia
competente, suficiente y relevante para
refutar un hallazgo, éste prevalece y se
añade al final del mismo la siguiente aseveración:
Consideramos las alegaciones de la gerencia,
pero determinamos que el hallazgo prevalece.
ANEJO
3
banco
y agencia de financiamiento de la vivienda
de puerto rico
(Ahora Autoridad para el Financiamiento
de la Vivienda de Puerto Rico)
FUNCIONARIOS
PRINCIPALES QUE ACTUARON DURANTE EL PERÍODO
AUDITADO
|
NOMBRE |
CARGO |
período |
|
desde |
hasta |
|
Ing. Carlos O. González Sánchez |
Secretario de la Vivienda |
20 sep. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Ana Carmen Alemañy Calderón |
Secretaria de la Vivienda |
1 jul. 99 |
31 ago. 99 |
|
Lic. Mildred I. Goyco de Maldonado |
Presidenta del Banco |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Samuel Dávila Cid |
Vicepresidente Ejecutivo3 |
1 jul. 99 |
31 oct. 00 |
|
Sra. Enid Cordero Martínez |
Vicepresidenta de Financiamiento |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Lilliam Santana Maldonado |
Ayudante Ejecutiva |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Abraham Muñiz González |
Ayudante Especial |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Brunilda Santiago de Girau |
Directora de la División de Recursos
Humanos y Relaciones Industriales |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Lic. Rita L. Rodríguez de la
Rocha |
Directora de la Oficina de Servicios
Legales |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Ángel López Rodríguez |
Director de la División de Finanzas |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Ana E. Castillo Avilés |
Directora de la Oficina de Auditoría
Interna |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Carmen Ostolaza González |
Gerente de la División de Préstamos
Hipotecarios |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. José E. Hernández Silva |
Director de la División de Servicios
Generales y Compras |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Fernando R. Caloca Torres |
Director de la División de Bienes
Raíces |
1 jul.99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Oscar Carrasquillo Carrasquillo |
Director del Centro de Cómputos |
1 jul. 99 |
31 dic. 00 |
_________________________________
1.
Se refiere a las propiedades entregadas
voluntariamente por los dueños.
2.
La propiedad inmueble registrada en el Banco
mediante cesión de titularidad incluye aquellas
propiedades bajo el Programa de Reserva
de Hipotecas Aseguradas que la banca privada
ejecuta y reclama el pago del seguro al
Banco.
3.
Este puesto está vacante desde el 1 de noviembre
de 2000.
Informes
de Auditoría en PDF
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