Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye el ANEJO
1 en el que se provee información sobre
la unidad auditada; el ANEJO 2 donde
se explica la clasificación y el contenido
de un hallazgo; y los ANEJOS 3 y 4
en los cuales se especifican los nombres,
los cargos y el período durante el cual
se desempeñaron los Miembros de la Junta
de Directores y los funcionarios principales
de dicha unidad.
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
de la Compañía de Fomento Recreativo de
Puerto Rico (Compañía) para determinar si
se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables.
Determinamos
emitir varios informes de dicha auditoría.
Este es el primer informe y contiene el
resultado del examen que realizamos de las
operaciones relacionadas con las recaudaciones,
los controles administrativos y los controles
internos.
Las
pruebas efectuadas demostraron que las operaciones
de la Compañía objeto de este informe se
realizaron sustancialmente de acuerdo con
la ley y la reglamentación aplicables excepto
por el siguiente hallazgo clasificado
como principal:
1-a.
Contrario a las disposiciones de la
Ley Núm. 114, al 31 de diciembre
de 2000 el Director Ejecutivo de la
Compañía no había preparado ni sometido
al Gobernador ni a la Asamblea Legislativa
de Puerto Rico los informes anuales
correspondientes a los años fiscales
del 1997-98 al 1999-00 sobre el estado
y progreso de todas sus empresas y actividades.
La Junta de Directores tampoco requirió
a dicho funcionario que sometiera esos
informes.
La
situación comentada privó al Gobernador
y a la Asamblea Legislativa de Puerto
Rico de recibir a tiempo información
esencial para evaluar las actividades
y las operaciones de las empresas de
la Compañía en dichos años fiscales
y tomar decisiones a base de los datos
y en forma oportuna en los años fiscales
mencionados.
El
Informe de Auditoría CP-02-17,
emitido por nuestra Oficina el 18 de marzo
de 2002, se puede conseguir en nuestra página
de Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO
1
compañía
de fomento recreativo de puerto rico
INFORMACIÓN
SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
La
Compañía fue creada por la Ley Núm. 114
del 23 de junio de 1961, (Ley Núm.
114) según enmendada. El propósito principal
de ésta es desarrollar instalaciones físicas
tales como; centros vacacionales, balnearios,
facilidades deportivas y zoológicos para
ofrecer a los habitantes de Puerto Rico
medios para su recreo y expansión. La Compañía
quedó adscrita al Departamento de Recreación
y Deportes (Departamento) el 23 de junio
de 1980 por virtud de la Ley Núm. 126
de esa fecha.
Los
poderes de la Compañía son ejercidos por
una Junta de Directores (Junta) la cual
está compuesta por el Secretario del Departamento,
quien actúa como Presidente y cuatro miembros
adicionales nombrados por el Gobernador.
Mediante
la Ley Núm. 90 del 17 de noviembre de
1993 se enmendó la Ley Núm. 114
y la Ley Núm. 126 para, entre
otras cosas, establecer el puesto de Director
Ejecutivo para la administración y supervisión
de las operaciones de la Compañía. El Director
Ejecutivo es nombrado por el Gobernador
con la recomendación del Presidente de la
Junta.
Mediante
la Ley Núm. 10 del 8 de abril de 2001
se integró el Fideicomiso para el Desarrollo,
Operación y Conservación de los Parques
Nacionales de Puerto Rico con la Compañía
de Fomento Recreativo de Puerto Rico. Con
la fusión de estas dos agencias se creó
la Compañía de Parques Nacionales de Puerto
Rico.
Los
recursos para los gastos de funcionamiento
de la Compañía provienen de la imposición
de contribuciones sobre ocupación de habitaciones
en hoteles, hospederías, moteles y hoteles
de apartamentos. Además, de aportaciones
del Departamento, cargos por servicios originados
de la operación de sus instalaciones recreativas,
asignaciones legislativas y otras asignaciones.
Durante
los años fiscales 1998-99 y 1999-00 la Compañía
recibió asignaciones de fondos de la Asamblea
Legislativa por $54,188,326 para mejoras
permanentes; recibió otras asignaciones
por $45,422,462,1
y generó ingresos de sus operaciones por
$25,362,014. Efectuó desembolsos por $88,468,712.
A continuación presentamos el desglose:
|
AÑO FISCAL |
ASIGNACIONES
LEGISLATIVAS |
OTRAS ASIGNACIONES |
INGRESOS
OPERACIONALES |
DESEMBOLSOS |
SOBRANTE
O (PÉRDIDA) |
|
1998-99 |
$46,125,826 |
$27,732,531 |
$12,692,490 |
$38,604,845 |
$47,946,002 |
|
1999-00 |
8,062,500 |
17,689,931 |
12,669,524 |
49,863,867 |
(11,441,912) |
|
Totales |
$54,188,326 |
$45,422,462 |
$25,362,014 |
$88,468,712 |
$36,504,090 |
ANEJO
2
compañía
de fomento recreativo de puerto rico
CLASIFICACIÓN
Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican
como principales o secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones sobre
las operaciones de la unidad auditada que
tienen un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo. Los
secundarios son los que consisten en faltas
o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los
hallazgos del informe se presentan según
los atributos establecidos conforme a las
normas de redacción de informes de nuestra
Oficina. El propósito es facilitar al lector
una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
Situación
- Los hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio
- El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una
ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
Efecto
- Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa
- La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al
final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
En
la sección sobre los COMENTARIOS DE LA
GERENCIA se indica si el funcionario
principal y los ex funcionarios de la unidad
auditada efectuaron comentarios sobre los
hallazgos incluidos en el borrador del informe
que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios
se consideran al revisar el borrador del
informe y se incluyen al final del hallazgo
correspondiente en la sección de HALLAZGOS
EN LA COMPAÑÍA DE FOMENTO RECREATIVO DE
PUERTO RICO, de forma objetiva y conforme
a las normas de nuestra Oficina. Cuando
la gerencia no provee evidencia competente,
suficiente y relevante para refutar un hallazgo,
éste prevalece y se añade al final del mismo
la siguiente aseveración: Consideramos las
alegaciones de la gerencia, pero determinamos
que el hallazgo prevalece.
ANEJO
3
compañía
de fomento recreativo de puerto rico
MIEMBROS
DE LA JUNTA DE DIRECTORES QUE ACTUARON
DURANTE EL período auditado
|
NOMBRE |
CARGO |
PERÍODO |
|
Desde |
Hasta |
|
Hon. Eric R.
Labrador Rosa |
Presidente |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Ing. Gilberto
M. Marxuach |
Miembro |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Ing. Manuel A.
Novas Dueño |
" |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Antonio Leal
González |
" |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Luis R. Marti
López |
" |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
Anejo
4
compañia
de fomento recreativo de puerto rico
FUNCIONARIOS
PRINCIPALES QUE ACTUARON DURANTE EL perÍodo
auditado
|
NOMBRE |
CARGO |
períodO |
|
desde |
hasta |
|
Sr. Miguel A.
Caro Vargas |
Director Ejecutivo |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Edgar Muñiz
Medina |
Director de Administración |
1 oct. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Lilia Náter
Milián |
Directora de
Administración |
1 jul. 98 |
30 sep. 98 |
|
Lic. Lourdes
Méndez Méndez |
Directora de
Asesoramiento Legal |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Lilia Náter
Milián |
Directora de
Presupuesto y Finanzas |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Lic. Germán Díaz
Ríos |
Director de Auditoría
Interna |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Artemio Martínez
Santiago |
Director de Compras |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sra. Sylvia Alvarez
Rodríguez |
Directora de
Instalaciones |
1 jul. 98 |
31 dic. 00 |
________________________________________
1.
Esta partida se compone de aportaciones
federales y del Departamento y de la imposición
de contribuciones por la ocupación de habitaciones
en hoteles, moteles y hospederías.
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