Nota: Este Comunicado
de Prensa incluye el ANEJO 1 en
el que se provee información sobre la
unidad auditada; el ANEJO 2 donde
se explica la clasificación y el contenido
de un hallazgo; y los ANEJOS 3 y 4 en
los cuales se especifican los nombres,
los cargos y el período durante el cual
se desempeñaron los funcionarios principales
de dicha unidad.
Informes
de Auditoría en PDF
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales del Centro
de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM)
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables.
Determinamos emitir
varios informes de esta auditoría. Éste
es el tercer informe y contiene el resultado
del examen que realizamos sobre el otorgamiento
del contrato para el arrendamiento de
un local y otros servicios relacionados1,
las operaciones relacionadas con los
recursos humanos, la adquisición de vehículos
de motor, y los gastos por servicios
de teléfonos celulares y de beepers.
Además, contiene el resultado del examen
de la reglamentación adoptada para regular
las operaciones de compras y sobre la
ausencia de normas y procedimientos a
seguir por el Receptor Oficial.
En el primer Informe
de Auditoría DA-99-4 del 24
de julio de 1998 presentamos el
resultado del examen que realizamos
sobre los controles administrativos
relacionados con los estados financieros
auditados del CRIM y los informes anuales
requeridos por ley. El segundo Informe
de Auditoría DA-00-6 del 12
de noviembre de 1999 cubrió las
operaciones relacionadas con los estimados
de ingresos, las transferencias electrónicas
de fondos relacionadas con las contribuciones
especiales recaudadas en el CRIM y
el trámite de los reintegros de contribución
sobre la propiedad.
Las pruebas efectuadas
revelaron desviaciones de disposiciones
de ley y de reglamentación, así como
de normas de sana administración y de
control interno en el otorgamiento del
contrato para el arrendamiento de un
local y otros servicios relacionados,
las operaciones relacionadas con los
recursos humanos, la adquisición de vehículos
de motor, y la reglamentación adoptada
relacionada con las compras y el recibo
de bienes y servicios. Por ello, en nuestra
opinión, dichas operaciones no se realizaron
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables. Las pruebas efectuadas también
reflejaron que la otra fase objeto de
examen se realizó sustancialmente de
acuerdo con la ley y la reglamentación.
A continuación se resumen los hallazgos
1 al 5, clasificados como principales:
1-a. El 1 de noviembre
de 1997 el Director Ejecutivo formalizó un
contrato de arrendamiento con el Presidente
de la compañía arrendadora (Compañía
A) del local en que se reubicaría la
Oficina Central y el Centro Regional
de San Juan-Guaynabo del CRIM. El término
del contrato de arrendamiento sería
de 10 años, del 1 de noviembre de 1997
al 30 de septiembre de 2007.
En el contrato se
estableció que en el primer año el
CRIM le pagaría al arrendador un canon
anual de $24 por pie cuadrado, lo que
representó un costo anual de $2,185,584
por el arrendamiento del local. Además,
se estableció que dicho canon de arrendamiento
tendría un ajuste y/o incremento anual,
a partir del segundo año, conforme
con el incremento del índice de costo
de vida anual publicado por el Departamento
del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto
Rico.
Antes del contrato
otorgado a la Compañía A, el CRIM tuvo
arrendado mediante contrato con el
dueño anterior del local, 19,362 pies
cuadrados del mismo
(Compañía B). En el local estaba ubicado el Centro Regional de San Juan-Guaynabo
del CRIM. El pago de arrendamiento mensual por ese espacio era de $16,135,
lo que representaba un costo anual de $193,620 a base de un canon de $10
por pie cuadrado. La vigencia del contrato era a cinco años a partir del
1 de julio de 1993. El 21 de junio de 1996 la Compañía B se acogió al Capítulo
11 de Quiebra Federal y, entre otras, vendió la propiedad de Río Piedras
como parte de la reorganización. La propiedad fue adquirida por la Compañía
A el 31 de enero de 1997 por $5,561,246. Del 10 de noviembre de 1997 al 13
de junio de 2001 el CRIM efectuó 44 pagos por $8,461,182 a la Compañía A
por el arrendamiento del local indicado y otros servicios relacionados.
Examinamos los procesos
relacionados con la adjudicación y
el otorgamiento del contrato de arrendamiento
y los pagos realizados al arrendador.
El examen efectuado reveló que para
el otorgamiento de dicho contrato el
Director del CRIM no ordenó la celebración
de una subasta formal. El examen reveló,
además, otras desviaciones de la reglamentación
y de normas de sana administración
en las operaciones relacionadas con
el arrendamiento de locales, según
se indica:
1) El Director Ejecutivo
del CRIM otorgó el contrato de arrendamiento
sin solicitar autorización al Administrador
de la Administración de Servicios
Generales (ASG) para que dicha agencia
realizara los procesos relacionados
con la celebración de subasta y el
otorgamiento del contrato. Éste tampoco
ordenó a la Junta de Subastas que
celebrara una subasta formal para
otorgar el contrato de arrendamiento.
Además, antes de otorgar el contrato
el Director Ejecutivo no sometió el
mismo a la ASG para su consideración
y aprobación. Tampoco lo sometió luego
de otorgado.
2) De los documentos
examinados se desprende que, a pesar
del Director Ejecutivo no ordenó a
la Junta de Subastas la celebración
de una subasta formal, éste delegó en
el Director del Área de Servicios
Auxiliares la solicitud de propuestas
de locales que estuvieran disponibles
para arrendamiento. Sobre los procesos
efectuados por el Director del Área
de Servicios Auxiliares para solicitar
propuestas determinamos lo siguiente:
a) No se
preparó un estudio de necesidades
de espacio como parte del proceso
para solicitar propuestas a compañías
que arrendaran locales. El total
de pies cuadrados que se tenían
arrendados para la Oficina Central
(29,124) y el Centro Regional de
San Juan-Guaynabo (19,362) era
de 48,486. Sin embargo, para reubicar
las oficinas se arrendaron 91,066
pies cuadrados de espacio para
un aumento de 42,580.
b) El Director
del Área de Servicios Auxiliares
recibió dos propuestas por escrito
y una verbal. Según se desprende
de una carta del 23 de mayo de
1997 del Presidente de la compañía
a la que se le otorgó el contrato,
la oferta verbal fue discutida
en reuniones entre la gerencia
del CRIM y la Junta de Gobierno.
Al examinar la información de las
tres propuestas observamos la diferencia
significativa sobre el espacio
a arrendar, presentado por la compañía
seleccionada y las otras dos.
c) Antes de solicitar
las propuestas el Director del Área
de Servicios Auxiliares no solicitó al
Director de la Autoridad de Edificios
Públicos información sobre la disponibilidad
de locales para arrendar o las
proyecciones para construir en
el futuro. Tampoco se localizó evidencia
de que éste solicitara a la ASG
información sobre locales privados
disponibles y autorizados por dicha
agencia para arrendar.
d) No se localizó evidencia
de que el Director del Área de
Servicios Auxiliares solicitara
información a otras entidades de
la industria de bienes raíces sobre
el costo promedio en que se arrendaba
el pie cuadrado en las áreas de
las que se recibieron ofertas.
3) El contrato de
arrendamiento del local formalizado
el 1 de noviembre de 1997 se clasificó incorrectamente
como contrato de servicios profesionales
y técnicos.
4) En los récords
del CRIM no había evidencia de que
la División de Asesoramiento Legal
evaluara la legalidad del acuerdo
relacionado con el ajuste en el canon
de arrendamiento. Ello para, entre
otras cosas, someter para consideración
y aprobación de la ASG una opinión
sobre la legalidad de estas disposiciones
del contrato.
En los años 1999,
2000 y 2001 el canon anual por pie
cuadrado aumentó a $25.27, $26.71
y $28.42, respectivamente. Esto representó un
incremento anual de renta por $115,654,
$131,135 y $155,723, respectivamente.
Las situaciones
comentadas en el Apartado a.1)
al 4) derrotan el propósito primordial
de las disposiciones de la ley y
las normas mencionadas que es, mediante
la igualdad de condiciones, obtener
la mejor oferta posible por la competencia
entre proveedores. Dichas situaciones
pudieron dar lugar a que se favoreciera
a un proveedor en perjuicio de los
mejores intereses del Gobierno. Por
otro lado, el formalizar el referido
contrato de arrendamiento en violación
de la ley puede resultar que el mismo
se considere nulo en un Tribunal.
También pudo propiciar la comisión
de irregularidades relacionadas con
el arrendamiento de locales. La situación
comentada en el Apartado a.4), además,
impidió a la ASG evaluar la razonabilidad
del aumento de renta anual por $115,654,
$131,135 y $155,723 en los años 1999,
2000 y 2001, respectivamente.
2-a. Del 2 de octubre
de 1995 el 5 de septiembre de 1996
el Director Ejecutivo nombró a 11
empleados para que ocuparan puestos
transitorios como Oficinista I. Desde
la fecha de efectividad de sus nombramientos
en el CRIM dichos empleados fueron
asignados a realizar trabajos en
los municipios de Villalba (6), Arroyo
(3) y Corozal (2). De acuerdo con
las cartas de nombramientos, los
empleados fueron asignados a los
municipios mencionados con el propósito
de realizar trabajos relacionados
con los convenios municipales establecidos
entre el CRIM y los referidos municipios. Éstos
eran supervisados por empleados municipales.
El 1 de julio de 1997 la Directora
de Recursos Humanos autorizó el cambio
de nombramiento de los 11 empleados
de transitorios a regulares.
Examinamos los nombramientos
de los 11 empleados y los convenios
municipales formalizados con los
municipios indicados. El examen efectuado
reveló que el Director Ejecutivo
se apartó de lo dispuesto en la ley
y la reglamentación aplicables a
las operaciones de recursos humanos
al nombrar a 11 empleados para que
realizaran funciones en los municipios.
Del 2 de octubre de 1995 al 30 de
junio de 2001 el CRIM pagó ilegalmente
a los 11 empleados $476,934 por salarios
y otros beneficios.
b. El 1 de julio
de 1997 el Director Ejecutivo autorizó el
nombramiento de una empleada para
ocupar un puesto en el servicio de
confianza como Secretaria Confidencial.
Dicha empleada realizaría funciones
en la Oficina de Asuntos Municipales
de la Oficina del Gobernador. En
carta del 4 de agosto de 1997 la
Directora de Recursos Humanos del
CRIM le informó a la Directora de
Personal de la Oficina del Gobernador
que la referida empleada continuaría
prestando sus servicios en dicha
Oficina en calidad de destaque.
De los documentos
examinados se desprende que desde
el 1 de abril de 1997 la empleada
ocupaba un puesto de Secretaria Ejecutiva
II en la Oficina de Asuntos Municipales
de la Oficina del Gobernador y devengaba
un salario mensual de $1,373. El
1 de julio de 1997, cuando el Director
Ejecutivo autorizó el nombramiento
de la empleada como Secretaria Confidencial,
el CRIM le comenzó a pagar a ésta
un salario mensual de $1,452, para
un aumento de $79. No obstante, a
pesar de que desde dicha fecha la
empleada fue nombrada y comenzó a
recibir un salario del CRIM, continuó realizando
funciones en la Oficina de Asuntos
Municipales hasta el 31 de agosto
de 1999. Del 1 de julio de 1997 al
31 de agosto de 1999, período en
que la empleada no realizó funciones
en el CRIM, se le pagó ilegalmente
a ésta $43,218 por salarios y otros
beneficios.
Las situaciones
comentadas en los apartados a.
y b. propiciaron que se pagara
ilegalmente a los 12 empleados $520,152
por los salarios y otros beneficios.
Ello, a su vez, ocasionó que el CRIM
no pudiera utilizar los recursos
por dicho importe para atender otras
necesidades operacionales.
3-a. En los años fiscales
1996-97, 1997-98 y 1998-99 el CRIM
efectuó desembolsos por nóminas y costos
relacionados por $11,495,924, $12,051,638
y $12,173,177, respectivamente. Para
reglamentar las áreas esenciales relacionadas
con la administración del personal,
en armonía con el principio de mérito,
y a tenor con las disposiciones de
la Ley Núm. 5 del 14 de octubre
de 1974, Ley de Personal del Servicio
Público de Puerto Rico, según enmendada,
la Junta de Gobierno del CRIM aprobó el Reglamento
de Personal para los Empleados de Carrera el
1 de julio de 1993 y el Reglamento
de Personal para el Servicio de Confianza el
7 de febrero de 1994.
Examinamos los reglamentos
de personal mencionados, además examinamos
14 expedientes de personal correspondientes a 12 puestos en el servicio
de carrera, uno transitorio y uno en el servicio de confianza para verificar
la legalidad y corrección de las transacciones relacionadas con los nombramientos.
Los nombramientos en el servicio de carrera se realizaron entre el 1 de
septiembre de 1994 y el 16 de julio de 1996, el transitorio el 1 de julio
el 1995 y el de confianza el 2 de julio de 1997. Determinamos lo siguiente:
1) Los reglamentos
de personal mencionados no contenían
disposiciones sobre el procedimiento
a seguir cuando un pariente de algún
funcionario o empleado del CRIM solicitara
ser contratado, nombrado, promovido
o ascendido a algún puesto dentro
de la entidad. Al 30 de septiembre
de 2001 éstos tampoco se habían revisado
para incluir en los mismos la política
pública del Gobierno respecto a la
práctica del nepotismo considerada,
entre otros, al enmendarse la Ley
de Ética Gubernamental.
Los doce empleados
que se nombraron en el servicio de
carrera entre el 1 de septiembre
de 1994 y el 16 de julio de 1996
y el que se nombró en el servicio
de confianza el 2 de junio de 1997
eran parientes dentro del cuarto
grado de consanguinidad o segundo
de afinidad de los siguientes funcionarios
o empleados del CRIM: Presidente
de la Junta de Gobierno (3), Director
Ejecutivo (3), Directora de Recursos
Humanos (1), Oficial de Nombramientos
de la Oficina de Recursos Humanos
(1), Directora de Planificación y
Finanzas Municipales (1), Director
de Servicios Operacionales (1), Director
Auxiliar de Servicios Operacionales
- Regionales (2) y Director Auxiliar
de Servicios Operacionales - Central
(1). Los funcionarios que ocupaban
las posiciones indicadas estaban
facultados para decidir o influenciar
en la toma de decisiones relacionadas
con los nombramientos, promociones
y ascensos, ya sea directa o indirectamente,
aún cuando no hayan usado ese poder
o facultad.
2) Examinamos los
procesos realizados relacionados
con el reclutamiento y selección
de los doce empleados. El examen
reveló desviaciones a la reglamentación
aplicable a dichas operaciones, y
otras deficiencias en la selección
de los doce empleados que tenían
algún grado de parentesco con los
funcionarios que ocupaban las posiciones
que se indican en el Apartado
1 de este Hallazgo.
Las situaciones
comentadas en el Apartado a.1) y
2) derrotan el principio de seleccionar
los mejores candidatos para ocupar
los puestos. También dificultaban
garantizar a quienes aspiraban ocupar
un puesto o ser ascendido, la oportunidad
de competir en igualdad de condiciones.
Esto le resta transparencia a dichas
operaciones lo que, a su vez, afecta
la imagen, credibilidad y el funcionamiento
de la agencia.
3) Al 8 de septiembre
de 1999 la Directora de Recursos
Humanos no había preparado la Descripción
de Deberes (Modelo AD-84) de
4 (29 por ciento) de los 14 empleados
para someterlas al Director Ejecutivo
para su aprobación.
La situación comentada
dificulta evaluar el desempeño del
personal a base de las funciones
y deberes que debían realizar y fijar
responsabilidades en caso de violaciones
a leyes y reglamentos.
4-a. Examinamos los
procesos realizados para la compra
un Buick Regal y una Ford Expedition.
Los mismos fueron adquiridos el 23
de abril de 1996 y el 27 de octubrede
1997 para el uso de la Subdirectora
Ejecutiva y del Director Ejecutivo
del CRIM. El costo de los mismos fue
de $19,400 y $29,500, respectivamente.
El examen efectuado reveló que, contrario
a lo dispuesto en la reglamentación
aplicable a dichas operaciones, no
se siguió un procedimiento regular
en la compra de los dos vehículos mencionados.
Entre otras cosas, de las tres cotizaciones
incluidas en el Récord de Cotizaciones se
seleccionó el vehículo cuya cotización
tenía el precio más alto por $29,500.
Además la información presentada por
los licitadores en los documentos emitidos
relacionados con las cotizaciones variaba
en cuanto a las especificaciones de
uno de los vehículos a adquirir. Las
tres cotizaciones tenían variaciones
en cuanto al año del vehículo y la
capacidad del motor.
Las situaciones comentadas
impiden al CRIM mantener un control
adecuado sobre las operaciones de compras
y recibo de los equipos y materiales
adquiridos. Además, privaron al CRIM
de la oportunidad de adquirir el vehículo
a precios y condiciones más favorables,
mediante la competencia activa entre
proveedores cualificados y bajo igualdad
de condiciones. Ello pudo dar margen
a que se ejerciera favoritismo hacia
una persona o empresa en particular
en perjuicio de los mejores intereses
del Gobierno. También propician la
comisión de irregularidades en la adquisición
y recibo de los bienes, y que éstas
no se detecten a tiempo.
5-a. El 8 de septiembre
de 1994 el Director Ejecutivo aprobó el Reglamento
de Compras del CRIM con el propósito,
entre otros, de establecer las normas
a seguir para la compra de materiales,
equipo, mobiliario y servicios y crear
una Junta de Subastas.
Examinamos el Reglamento
de Compras para verificar si
el mismo contenía las disposiciones
necesarias para asegurar que los
procesos relacionados con la adquisición
de artículos y equipo se hicieran
en forma efectiva y eficiente. El
examen reveló lo siguiente:
1) El Reglamento
de Compras no fue aprobado
por la Junta de Gobierno del CRIM. Éste
lo aprobó el Director Ejecutivo.
2) El Reglamento
de Compras no incluía disposiciones
relacionadas con los criterios
para determinar cuándo procedía
adquirir materiales, equipo y servicios
mediante las modalidades de compra,
permuta, arrendamiento, donación
o transferencia; los documentos
a requerir antes de tramitar la
compra, tales como la requisición
o solicitud de compras, y las personas
que debían aprobar este proceso;
y las funciones y obligaciones
del Especialista y el Auxiliar
de Compras.
b. Al 30 de junio
de 2001 la Junta de Gobierno no había
establecido un reglamento para regular
las operaciones relacionadas con el
recibo de los materiales, equipo y
servicios adquiridos y las funciones
a realizar por el empleado que actuará como
Receptor Oficial.
Las situaciones comentadas
en los apartados a. y b. pueden
ocasionar problemas de índole administrativo
y legal en las operaciones de compras,
y de recibo de bienes y servicios.
Además, impiden al CRIM ejercer un
control adecuado sobre las referidas
operaciones. Ello también facilitó que
ocurran situaciones como las comentadas
en el Hallazgo 4.
En la parte del informe
titulada RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS,
comentamos los hallazgos clasificados
como principales o secundarios. Se considera
secundario el que se enumera 6.
El Informe de Auditoría DA-02-30, emitido
por nuestra Oficina el 23 de mayo de
2002 se puede conseguir en nuestra página
de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO 1
CENTRO DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS MUNICIPALES
INFORMACIÓN SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
El CRIM se creó mediante
la Ley Núm. 80 del 30 de agosto de
1991 (Ley Núm. 80), según enmendada,
con el propósito de recaudar, recibir
y distribuir los fondos públicos por
contribuciones sobre la propiedad que
corresponden a los municipios. Además,
mediante la Ley Núm. 80 se transfirieron
al CRIM todos los poderes, funciones
y obligaciones conferidos por ley o reglamento
al Departamento de Hacienda (Departamento)
en relación con la tasación, notificación
de imposición, determinación y cobro
de la contribución sobre la propiedad
mueble e inmueble2.
También se transfirió al CRIM todo el
personal del Negociado de Contribución
sobre la Propiedad, Herencias y Donaciones
del Departamento que realizaba las operaciones
mencionadas y tenían derecho a retención.
Los poderes del CRIM
son ejercidos por una Junta de Gobierno
compuesta por 9 miembros, de los cuales
7 son alcaldes en representación de todos
los municipios de Puerto Rico, y los
restantes 2 son el Presidente del Banco
Gubernamental de Fomento para Puerto
Rico y el Comisionado de Asuntos Municipales.
Las funciones administrativas del CRIM
son ejercidas por un Director Ejecutivo
nombrado por la Junta de Gobierno. El ANEJO
1 contiene una relación de los miembros
de la Junta de Gobierno que actuaron
durante el período auditado. El ANEJO
2 contiene una relación de los funcionarios
principales del CRIM que actuaron durante
dicho período.
A partir del año fiscal
1994-95 el CRIM, para sufragar sus gastos
de operación y funcionamiento, retiene
hasta un máximo del cinco por ciento
del total de las recaudaciones anuales
por contribución municipal sobre la propiedad
que se efectúen en el año fiscal inmediatamente
anterior. Además, cuenta con otros recursos
tales como los ingresos generados por
intereses devengados y convenios municipales.
En los años fiscales
del l998-99 al 2000-01 el CRIM contó con
recursos por $70,553,790 y efectuó desembolsos
por $60,852,267, según se indica:
| AÑO FISCAL |
INGRESOS |
DESEMBOLSOS |
SOBRANTE |
|
1998-99 |
$22,322,360 |
$18,911,017 |
$3,411,343 |
| |
|
|
|
|
1999-00 |
22,607,773 |
20,318,946 |
2,288,827 |
| |
|
|
|
|
2000-01 |
25,623,657 |
21,622,3043 |
4,001,353 |
| |
|
|
|
| TOTAL |
$70,553,790 |
$60,852,267 |
$9,701,523 |
ANEJO 2
CENTRO DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS MUNICIPALES
CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO
DE UN HALLAZGO
En nuestros informes
de auditoría se incluyen los hallazgos
significativos determinados por las pruebas
realizadas. Éstos se clasifican como
principales o secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones
sobre las operaciones de la unidad auditada
que tienen un efecto material, tanto
en el aspecto cuantitativo como en el
cualitativo. Los secundarios son los
que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe
se presentan según los atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de
informes de nuestra Oficina. El propósito
es facilitar al lector una mejor comprensión
de la información ofrecida. Cada uno
de ellos consta de las siguientes partes:
Situación - Los
hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio - El marco
de referencia para evaluar la situación.
Es principalmente una ley, reglamento,
carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de
sana administración, principio de
contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del
auditor.
Efecto - Lo que
significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa - La razón
fundamental por la cual ocurrió la
situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que
se tomen las medidas necesarias sobre
los errores, irregularidades o actos
ilegales señalados.
En la sección sobre
los COMENTARIOS DE
LA GERENCIA se indica si el
funcionario principal y los ex funcionarios
de la unidad auditada efectuaron comentarios
sobre los hallazgos incluidos en el borrador
del informe que les envía nuestra Oficina.
Dichos comentarios se consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen
al final del hallazgo correspondiente en la sección de HALLAZGOS EN EL CENTRO
DE RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES, de forma objetiva y conforme a las
normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia competente,
suficiente y relevante para refutar un hallazgo, éste prevalece y se añade
al final del mismo la siguiente aseveración: Consideramos las alegaciones de
la gerencia, pero determinamos que el hallazgo prevalece.
ANEJO 3
CENTRO DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS MUNICIPALES
MIEMBROS
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
QUE
ACTUARON DURANTE EL PERÍODO AUDITADO
NOMBRE
|
CARGO
|
PERÍODO
|
Desde
|
Hasta
|
| Hon.
William Miranda Marín |
Presidente |
25
ene. 01 |
30
jun. 01 |
| Vacante |
" |
1
ene. 01 |
24
ene. 01 |
| Sr.
Isabelo Molina Hernández |
" |
8
nov. 99 |
31
dic. 00 |
| Sr.
Carlos Serra Vélez |
" |
16
mar. 99 |
7
nov. 99 |
| " |
Presidente
Interino |
10
feb. 99 |
15
mar. 99 |
| Sr. Ángel
E. Rodríguez Cabrera |
Presidente |
5
ago. 98 |
9
feb. 99 |
| " |
Presidente
Interino |
26
jun. 98 |
4
ago. 98 |
| Vacante |
Presidente |
5
jun. 98 |
25
jun. 98 |
| Sr.
Bernardo Negrón Montalvo |
" |
1
jul. 95 |
4
jun. 98 |
| Hon.
Pedro Padilla Ayala |
Vicepresidente |
31
ene. 01 |
30
jun. 01 |
| Vacante |
" |
1
ene. 01 |
30
ene. 01 |
| Hon.
Reinaldo Pirela Figueroa |
" |
8
nov. 99 |
31
dic. 00 |
| Sr.
Isabelo Molina Hernández |
" |
16
mar. 99 |
7
nov. 99 |
| Vacante |
" |
10
feb. 99 |
15
mar. 99 |
| Sr.
Carlos Serra Vélez |
" |
5
ago. 98 |
9
feb. 99 |
| Vacante |
" |
5
jun. 98 |
4
ago. 98 |
| Sr.
Víctor Soto Santiago |
" |
1
jul. 95 |
4
jun. 98 |
|
Hon. Luis
A. Oliver Canabal |
Secretario4 |
31 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Hon. José G.
Rodríguez Rodríguez |
Tesorero |
25 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Hon. Pedro
Padilla Ayala |
Miembro |
25 ene. 01 |
30 ene. 01 |
|
Hon. Luis
A. Oliver Canabal |
" |
25 ene. 01 |
30 ene. 01 |
|
Hon. José G.
Rodríguez Rodríguez |
" |
25 ene. 01 |
30 ene. 01 |
|
Hon. Santos
E. Padilla Ferrer |
" |
25 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Hon. Juan
A. Cruz Manzano |
" |
25 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Hon. Reinaldo
Pirela Figueroa |
" |
5 jun. 98 |
30 jun. 01 |
|
Hon. Rolando
Ortiz Velázquez |
" |
5 jun. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Ángel
E. Rodríguez Cabrera |
" |
5 jun. 98 |
25 feb. 99 |
|
Sr. Julio
C. Román González |
" |
5 jun. 98 |
31 dic. 00 |
|
Sr. Carlos
Serra Vélez |
" |
1 jul. 95 |
4 ago. 98 |
|
Sr. Ceferino
Pacheco Guidecelli |
" |
1 jul. 95 |
4 jun. 98 |
|
Hon. Rafael
Cordero Santiago |
" |
1 jul. 95 |
31 dic. 00 |
|
Hon. José Aponte
De La Torre |
" |
1 jul. 95 |
31 dic. 00 |
|
Vacante |
" |
1 ene. 97 |
4 jun. 98 |
|
Sr. Ángel
O Berríos Díaz |
" |
1 jul. 95 |
31 dic. 96 |
|
CPA Juan Agosto
Alicea |
" |
1 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Sra. Lourdes
Rovira Rizek |
" |
27 ago. 98 |
31 dic. 00 |
|
Lic. Marcos
Rodríguez Ema |
" |
1 jul. 95 |
26 ago. 98 |
|
Lic. Bárbara
Sanfiorenzo Zaragoza |
Miembro |
25 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Vacante |
" |
1 ene. 01 |
24 ene. 01 |
|
Sra. María
Rosa Ortiz Hill |
" |
1 ago. 99 |
31 dic. 00 |
|
Sr. José A.
Otero García |
" |
1 jul. 96 |
31 jul. 99 |
|
Lic. Pedro
J. Rosario Urdaz |
" |
1 jul. 95 |
30 jun. 96 |
ANEJO 4
CENTRO DE RECAUDACIÓN
DE INGRESOS MUNICIPALES
FUNCIONARIOS PRINCIPALES
QUE ACTUARON
DURANTE EL PERÍODO
AUDITADO
|
NOMBRE |
CARGO |
período
desde
hasta |
| Lic.
Norman E. Foy Santiago, CPA |
Director
Ejecutivo |
1 feb. 01 |
30 jun.
01 |
| Sr.
Manuel Velázquez Rodríguez |
Director
Ejecutivo Interino |
1 ene. 01 |
31 ene.
01 |
| CPA
Miguel A. Fonseca Crespo |
Director
Ejecutivo |
16 mar.
00 |
31 dic.
00 |
| " |
Director
Ejecutivo Interino |
1 feb. 00 |
15 mar.
00 |
| CPA
Cándida Rodríguez Larrendowtte |
Directora
Ejecutiva Interina |
1 dic. 99 |
31 ene.
00 |
| CPA
Eduardo Burgos Lebrón |
Director
Ejecutivo |
1 jul. 95 |
30 nov.
99 |
| CPA
Wilfredo Aponte Gordo |
Subdirector
Ejecutivo |
12 feb.
01 |
30 jun.
01 |
| Sr.
Manuel Velázquez Rodríguez |
" |
1 feb. 01 |
11 feb.
01 |
| Vacante |
" |
1 ene. 01 |
31 ene.
01 |
| Sr.
Manuel Velázquez Rodríguez |
" |
1 mayo 00 |
31 dic.
00 |
| Vacante |
" |
1 feb. 00 |
30 abr.
00 |
| CPA
Cándida Rodríguez Larrendowtte |
Subdirectora
Ejecutiva |
1 ago. 95 |
31 ene.
00 |
| Vacante |
Subdirector
Ejecutivo |
1 jul. 95 |
31 jul.
95 |
| Sra.
Vilma Pérez Díaz |
Directora
de Planificación y
Finanzas Municipales5 |
1 mayo 97 |
30 jun.
01 |
| " |
Directora
de Planificación |
1 jul. 95 |
30 abr.
97 |
| Sr. Ángel
González Rivera |
Director
de Servicios Auxiliares |
1 mayo 01 |
30 jun.
01 |
| Vacante |
" |
5 oct. 00 |
30 abr.
01 |
| NOMBRE |
CARGO |
período |
| desde |
hasta |
| Srta.
Wanda Rodríguez Hernández |
Directora de Servicios
Auxiliares Interina6
|
1 feb. 00 |
4 oct. 00 |
| Srta.
Wanda Rodríguez Hernández |
Directora de Servicios
Auxiliares |
1 jul. 98 |
31 ene.
00 |
| Vacante |
Director de Servicios
Auxiliares |
1 jun. 98 |
30 jun.
98 |
| Sr.
Félix Gallardo Janer |
" |
1 jul. 95 |
31 mayo
98 |
| Vacante |
Director de Finanzas7 |
5 oct. 00 |
30 jun.
01 |
| Srta.
Wanda Rodríguez Hernández |
Directora de Finanzas |
1 feb. 00 |
4 oct. 00 |
| Sra.
Ixcia Torres Miranda |
Directora de Finanzas
Interina |
1 oct. 98 |
30 ene.
00 |
| Vacante |
Director de Finanzas |
1 jul. 98 |
30 sep.
98 |
| Srta.
Wanda Rodríguez Hernández |
Directora de Finanzas |
1 jul. 95 |
30 jun.
98 |
| Sra.
Victoria Gómez Castro |
Directora de Recursos
Humanos |
1 abr. 00 |
30 jun.
01 |
| " |
Directora de Recursos
Humanos Interina
|
16 ene.
00 |
31 mar.
00 |
| Sra.
María Jurado Bécquer |
Directora de Recursos
Humanos |
1 jul. 95 |
15 ene.
00 |
| Vacante |
Director de Presupuesto |
1 jun. 01 |
30 jun.
01 |
| Sr.
Juan A. González Osorio |
" |
1 feb. 99 |
31 mayo
01 |
| Vacante |
" |
15 ene.
99 |
31 ene.
99 |
| Srta.
Myriam Quiñónez Suró |
Directora de Presupuesto |
16 sep.
95 |
14 ene.
99 |
| Vacante |
Director de Presupuesto |
16 ago.
95 |
15 sep.
95 |
| CPA
Miguel A. Fonseca Crespo |
" |
1 jul. 95 |
15 ago.
95 |
|
Lic. Aixa Rey Díaz
|
Directora de Asesoramiento
Legal |
16 mar.
01 |
30 jun.
01 |
| Lic.
Carmen I. Nieves Luna |
Directora de Asesoramiento
Legal
Interina |
16 feb.
01 |
15 mar.
01 |
| " |
Directora de Asesoramiento
Legal |
29 nov.
99 |
15 feb.
01 |
| Vacante |
Director de Asesoramiento
Legal |
15 nov.
99 |
28 nov.
99 |
| Lic.
Francisco Ocasio Ortiz |
" |
1 jul. 95 |
14 nov.
99 |
| Sra.
Lissette López Roque |
Directora de Sistemas
de Información |
14 mayo
01 |
30 jun.
01 |
| Vacante |
Director de Sistemas de
Información |
5 mayo 01 |
13 mayo
01 |
| Sr.
Rurico Pintado Cruz |
" |
1 jul. 95 |
4 mayo 01 |
| CPA.
Enrique González Pabón |
Subdirector Ejecutivo
de Servicios Operacionales8
|
7 feb. 01 |
30 jun.
01 |
| Vacante |
Director de Servicios
Operacionales |
1 ene. 01 |
6 feb. 01 |
| Sr.
Carlos Martínez Cintrón |
" |
16 mayo
00 |
31 dic.
00 |
| Vacante |
" |
1 mayo 00 |
15 mayo
00 |
| Sr.
Manuel Velázquez Rodríguez |
" |
1 jul. 95 |
30 abr.
00 |
| Sra.
Mayra Viera Oliveras |
Directora Auxiliar de
Servicios
Operacionales (Centrales)
|
16 mayo
00 |
30 jun.
01 |
| Vacante |
Director Auxiliar de Servicios
Operacionales (Centrales)
|
1 mar. 00 |
15 mayo
00 |
| CPA
Livia Chabert Suárez |
Directora Auxiliar de
Servicios
Operacionales (Centrales)
|
1 mar. 99 |
29 feb.
00 |
| Vacante |
Director Auxiliar de Servicios
Operacionales (Centrales)
|
16 ene.
99 |
28 feb.
99 |
| CPA
Miguel A. Fonseca Crespo |
" |
16 ago.
95 |
15 ene.
99 |
| Sr.
Fernando Aguiar Carrasquillo |
" |
1 jul. 95 |
15 ago.
95 |
| Sr.
Carlos Martínez Cintrón |
Director Auxiliar de Servicios
Operacionales (Regionales)
|
1 ene. 01 |
30 jun.
01 |
| Vacante |
" |
16 mayo
00 |
31 dic.
01 |
| Sr.
Carlos Martínez Cintrón |
"9 |
1 sep. 96 |
15 mayo
00 |
| Vacante |
Director
de Auditoría10 |
1
feb. 00
|
30
jun. 01
|
| Sr.
José Rivera Medina |
" |
2
jul. 97
|
31
ene. 00
|
| Vacante |
" |
1
ene. 97
|
1
jul. 97
|
| CPA
Evelyn Carmona Rivera |
Directora de Auditoría |
1 jul. 95 |
31 dic.
96 |
________________________________
1. Incluye
espacios de estacionamiento y otros
costos como servicios de electricidad
y agua, limpieza y disposición de
los desperdicios, seguridad y parte
del equipo de oficina.
2. Mediante
la Ley Núm. 83 del 30 de agosto
de 1991, Ley de Contribución Municipal
sobre la Propiedad de 1991 (Ley Núm.
83), según enmendada, se confieren
poderes y facultades al CRIM para
todas las operaciones relacionadas
con la tasación, imposición, notificación,
determinación y cobro de las contribuciones
sobre la propiedad.
3. Los
estados financieros de dicho año
no se habían auditado, por lo que
dicha cantidad puede variar.
4. Puesto
de nueva creación dentro de la Junta
de Gobierno.
5. Puesto
de nueva creación debido a cambio
reestructural en la Oficina de Planificación
y Finanzas Municipales.
6 Durante
dicho período también ocupó el cargo
de Directora de Finanzas en propiedad.
7. Durante
dicho período no se nombró un Director
en propiedad o interino. No obstante,
la Sra. Ixcia Torres Miranda realizaba
las funciones del cargo.
8. Cargo
de nueva creación. Sustituye al cargo
de Director de Servicios Operacionales.
9. Puesto
de nueva creación.
10. Durante
dicho período no se nombró a un Director
en propiedad o interino. No obstante,
la Sra. Vanessa Sánchez Figueroa,
Auditora Principal, realizó las funciones
del cargo hasta el 30 de abril de
2001, fecha de su renuncia. A partir
del 2 de julio de 2001 el cargo lo
ocupa en propiedad la Sra. Gladys
del Valle Sánchez.
Informes
de Auditoría en PDF
Para obtener el programa
que permite leer los Informes,
seleccione el siguiente Botón:
|