Nota: Este
Comunicado de Prensa incluye el ANEJO
1 en el que se provee información
sobre la unidad auditada; el ANEJO
2 donde se explica la clasificación
y el contenido de un hallazgo; y los ANEJOS
3 y 4 en los cuales se especifican
los nombres, los cargos y el período
durante el cual se desempeñaron los funcionarios
principales de dicha unidad.
Informes
de Auditoría en PDF
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales de la Oficina
de la Procuradora de las Mujeres (Oficina)
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables.
Determinamos emitir
varios informes. Éste es el primero y
contiene el resultado del examen de las
operaciones relacionadas con los registros
de contabilidad, el personal, las compras
y los desembolsos y el sistema de archivo
de estos documentos.
Las pruebas efectuadas
revelaron que las operaciones fiscales
que conciernen a este informe relacionadas
con los registros contables y los recursos
humanos no se realizaron de acuerdo con
la ley y la reglamentación aplicables.
Las pruebas efectuadas revelaron, además,
que las demás operaciones fiscales relacionadas
con este informe se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables. A continuación se resumen
los hallazgos 1 y 2, clasificados
como principales:
1-a. El examen de
los registros de contabilidad reflejó lo
siguiente:
- Al 24 de enero de 2001, fecha de
nuestro examen, el Mayor de Asignaciones
e Ingresos tenía un atraso de
cuatro meses. A dicha fecha las últimas
transacciones registradas eran de
agosto de 2000.
Por otro lado, se
observó que el mismo no se cumplimentaba
en todas sus partes. En ocasiones
en éste no se indicaba el programa,
la asignación y cifra de cuenta,
la descripción de la transacción
y el balance o saldo disponible de
las cuentas. También se observó que
contenía tachaduras y correcciones.
En dichos casos no había constancia
de quién las hizo ni quién las autorizó.
- En los años fiscales del 1997-98
al 2000-01 no se preparó el Informe
de Conciliación. Éste se utilizaba para
conciliar mensualmente los registros
internos de contabilidad con los
balances que reflejaban los informes
que emitía el Departamento de Hacienda
de las asignaciones efectuadas a
la Oficina y las transacciones relacionadas
con las distintas cuentas.
Las situaciones
señaladas le impidieron a la CAM
y a la Oficina mantener un control
adecuado de sus operaciones y mantener
información financiera confiable
del resultado de sus operaciones
para la toma oportuna de decisiones
por parte de la gerencia. Éstas propician
el ambiente para la comisión de errores
e irregularidades que no se puedan
detectar a tiempo. Ello también dificultó y
limitó nuestro examen de los documentos
mencionados en el Apartado a.
2-a. La CAM, así como
la Oficina, funcionaban como un Administrador
Individual para propósitos de las operaciones
de recursos humanos. En los años fiscales
1998-99, 1999-00 y 2000-01 la CAM efectuó desembolsos
por nóminas y costos relacionados por
$860,774, $965,370 y $1,057,000, respectivamente.
Al 30 de junio de 2001 la CAM tenía
70 empleados. En el examen de estas
operaciones se encontró que:
- En los años fiscales del 1998-99
al 2000-01 no se evaluaron periódicamente,
por escrito, las ejecutorias del
personal que ocupaba puestos regulares
y transitorios.
La situación señalada
le impidió a la gerencia de la CAM
contar con información relevante
sobre el desempeño de los empleados.
Esto, entre otras cosas, para tomar
decisiones sobre la mejor utilización
de éstos de acuerdo a sus conocimientos,
destrezas, habilidades y potencial.
Además, la ausencia de evaluaciones
dificulta identificar las necesidades
de adiestramiento, desarrollo y capacitación
del personal.
- El examen del control de la asistencia
y registro de licencias de los empleados
reflejó lo siguiente:
- Al 31 de diciembre de 2001 el
personal de la División de Recursos
Humanos realizaba manualmente los
procesos relacionados con la acumulación
y uso de las licencias por vacaciones,
enfermedad y tiempo compensatorio
de los empleados. Éstos no utilizaban
el sistema computadorizado que
tenían disponible para ello. Dicho
sistema fue adquirido por la CAM
en junio
de 1999 por $8,830.
La situación señalada
ocasionó que la CAM y la Oficina
no obtuviera el máximo rendimiento
de los recursos invertidos para
la implantación del sistema computadorizado.
Por otro lado, dicha situación
contribuyó a que la CAM no mantuviera
registros actualizados y confiables
de los balances de licencias de
los empleados, según se comenta
en el siguiente Apartado.
- Examinamos los Récord de Licencias de
25 empleados correspondientes
al período de enero de 2000 a junio de 2001. El examen reveló que en
14 (56 por ciento) de los casos no se completaron los correspondientes Récord de
Licencias para el período del 1 de enero al 30 de junio de 2001.
En otros 9 (36 por ciento) de los casos el Récord de Licencias no
se completó para el período de diciembre de 2000 al 30 de junio de 2001.
La situación indicada
le impidió a la CAM mantener un
control adecuado del balance de
las licencias acumuladas de los
empleados. Ello propicia el ambiente
para la comisión de errores e irregularidades
y que éstas no se puedan detectar
a tiempo. Además, dificultó que
la Oficina contara, al inicio de
sus operaciones, con registros
actualizados y confiables de dichos
balances.
-
Examinamos 10
expedientes de personal y encontramos
que en algunos de éstos faltaban
documentos o eran fotocopia. Entre
los documentos que faltaban podemos
mencionar, el de la preparación
académica, el certificado de nacimiento
y los relacionados con el sistema
de retiro.
-
No se localizó para
examen las Hojas de Asistencia del año
1997 de los
nueve empleados de confianza que tuvo la CAM para el año fiscal 1997-98.
Las situaciones
comentadas en el Apartado a.3)
y 4) no le permiten a la Oficina
ejercer un control adecuado de las
transacciones de personal, entre
ellas, el reclutamiento y la asistencia
de los empleados. Por otro lado,
limitan el análisis y cotejo de los
documentos por parte de las personas
que tienen esa función.
En la parte del informe
titulada RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS se
comentan los hallazgos principales y
los clasificados como secundarios enumerados
3 y 4.
El Informe de Auditoría
DA-02-28, emitido por nuestra Oficina
el 20 de mayo de 2002 se puede conseguir
en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO 1
OFICINA DE LA PROCURADORA
DE LAS MUJERES
INFORMACIÓN SOBRE
LA UNIDAD AUDITADA
La Oficina se creó mediante
la Ley Núm. 20 del 11 de abril de
2001, Ley de la Oficina de la Procuradora
de las Mujeres (Ley Núm. 20), como
una entidad jurídica independiente y
separada de cualquier otra agencia o
entidad pública. Esto con el objetivo
de fortalecer y hacer cumplir las políticas
públicas que garanticen los derechos
humanos de las mujeres y promuevan la
equidad por género. Para cumplir con
dicho objetivo a la
Oficina se le asignaron, entre otras, funciones educativas, investigativas,
fiscalizadoras y
cuasi judiciales. La Oficina es dirigida por la Procuradora de las Mujeres,
quien es nombrada por la Gobernadora o el Gobernador, con el consejo y consentimiento
del Senado de
Puerto Rico. El término de su nombramiento es de 10 años.
La Ley Núm. 20 derogó la Ley
Núm. 57 del 30 de mayo de 1973,
según enmendada,1 que creó la
Comisión para los Asuntos de la Mujer
(CAM), adscrita a la Oficina del Gobernador.
Por virtud de la Ley Núm. 20 se
transfirieron a la Oficina los programas,
recursos y facilidades, incluyendo
récords, equipo y propiedad, fondos
y asignaciones que eran utilizados
por la CAM, así como el personal que
llevaba a cabo las funciones en ésta.
También la Oficina hizo suyos los compromisos
fiscales y programáticos, los reglamentos
y procedimientos de la CAM. La CAM
operó hasta el 30 de junio de 2001.
En este informe se incluyen las situaciones
determinadas relacionadas con las operaciones
de la CAM hasta dicha fecha.
1 La Ley Núm. 57 fue
enmendada por la Ley Núm. 56 del 30
de mayo de 1979 y por la Ley Núm.
11 del 29 de noviembre de 1990. La
CAM tenía entre sus objetivos propiciar
una mejor calidad de vida y el desarrollo
pleno de las mujeres en Puerto Rico;
identificar obstáculos que perpetúan
el discrimen; y lograr el establecimiento
de política pública para garantizar
el reconocimiento de sus derechos.
También tenía como objetivo el dar énfasis
a la educación para la prevención de
la violencia doméstica y la coordinación
interagencial para fortalecer y agilizar
los servicios a las víctimas de violencia
doméstica en Puerto Rico. Mediante
la Orden Ejecutiva
Núm. 1994-23 del 12 de abril de 1994 la CAM pasó a ser parte de la Comisión
de Derechos Ciudadanos, adscrita a la Oficina del Gobernador.2
La CAM estaba integrada
por cinco miembros nombrados por el
Gobernador, con el consejo y consentimiento
del Senado de Puerto Rico. Todos los
miembros de la CAM debían estar comprometidos
genuinamente con las causas de la mujer
y, por lo menos, tres tenían que ser
mujeres. La CAM elegía un Presidente,
un Vicepresidente y un Secretario de
entre sus miembros. También designaba
el Director Ejecutivo quien respondía
a la CAM y tenía la responsabilidad
de organizar y dirigir las labores
de la agencia. Éste administraba el
presupuesto y era responsable ante
la CAM de la estructuración del mismo.
Al 31 de diciembre
de 2001 la Oficina llevaba a cabo sus
operaciones mediante la misma estructura
organizacional que estaba vigente al
30 de junio, fecha en que cerró operaciones
la CAM.3 La
estructura organizacional de la Oficina
estaba compuesta por las divisiones
de Educación a la Comunidad, de Relaciones
Públicas, Legal y Prevención, de Recursos
Humanos y de Administración. El ANEJO
1 contiene una relación de las
funcionarias principales de la Oficina
y de la CAM que actuaron durante el
período auditado. El ANEJO 2 contiene
una relación de las comisionadas que
actuaron durante dicho período.
2
La Comisión de
Derechos Ciudadanos estaba compuesta
por los directores ejecutivos de la
CAM, la Oficina de Asuntos de la Vejez,
la Oficina de Asuntos de la Juventud
y los procuradores de las Personas
con Impedimentos y del Veterano. Entre
las funciones y facultades de la Comisión
de Derechos Ciudadanos se encuentran:
supervisar las agencias representadas
por los miembros de la Comisión en
cualquier asunto relacionado con las
responsabilidades y funciones que le
son conferidas por ley; coordinar y
evaluar las operaciones y el funcionamiento
de las agencias representadas en la
Comisión para lograr una mayor efectividad
en la ejecución de los programas y
servicios; mantener informado al Gobernador;
y rendir los informes que le sean requeridos.
3
Efectivo el 1 de febrero de 2002
entró en vigor la nueva
estructura organizacional de la Oficina
para llevar a cabo sus funciones. Ésta
comprende las oficinas de la Procuradora
y de las procuradoras auxiliares de
Educación y Servicios de Apoyo, de
Asuntos Legales y de Administración,
así como las oficinas de Recursos Humanos
y de Comunicación y Prensa. En
los años fiscales del 1998-99 al
2000-01 la CAM recibió fondos provenientes
de asignaciones legislativas y federales
por $21,556,901 y efectuó desembolsos
e incurrió en obligaciones por $13,177,654,
según se indica:
|
AÑO
FISCAL |
ASIGNACIONES
LEGISLATIVAS |
FONDOS
FEDERALES |
TOTAL |
DESEMBOLSOS
Y OBLIGACIONES |
BALANCE |
|
1998-99 |
$
4,444,000 |
$
2,063,000 |
$
6,507,000 |
$
5,028,717 |
$1,478,283 |
|
1999-00 |
4,886,000 |
2,712,901 |
7,598,901 |
5,494,627 |
2,104,274 |
|
2000-01 |
4,986,000 |
2,465,000 |
7,451,000 |
2,654,310 |
4,796,690 |
|
TOTAL |
$14,316,000 |
$7,240,901 |
$21,556,901 |
$13,177,654 |
$8,379,247 |
ANEJO 2
OFICINA DE LA PROCURADORA
DE LAS MUJERES
CLASIFICACIÓN
Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO
En nuestros informes
de auditoría se incluyen los hallazgos
significativos determinados por las
pruebas realizadas. Éstos se clasifican
como principales o secundarios. Los
principales incluyen desviaciones
de disposiciones sobre las operaciones
de la unidad auditada que tienen
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo.
Los secundarios son los que consisten
en faltas o errores que no han tenido
consecuencias graves.
Los hallazgos del
informe se presentan según los atributos
establecidos conforme a las normas
de redacción de informes de nuestra
Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de
la información ofrecida. Cada uno
de ellos consta de las siguientes
partes:
Situación - Los
hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio -
El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente
una ley, reglamento, carta circular,
memorando, procedimiento, norma
de control interno, norma de
sana administración, principio
de contabilidad generalmente
aceptado, opinión de un experto
o juicio del auditor.
Efecto -
Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa -
La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al final de cada
hallazgo se hace referencia a las
recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las
medidas necesarias sobre los errores,
irregularidades o actos ilegales
señalados.
En la sección sobre
los COMENTARIOS
DE LA GERENCIA se indica
si el funcionario principal y los
ex funcionarios de la unidad auditada
efectuaron comentarios sobre los
hallazgos incluidos en el borrador
del informe que les envía nuestra
Oficina. Dichos comentarios se consideran
al revisar el borrador del informe
y se incluyen al final del hallazgo
correspondiente en la sección de
HALLAZGOS EN LA OFICINA DE LA PROCURADORA
DE LAS MUJERES, de forma objetiva
y conforme a las normas de nuestra
Oficina. Cuando la gerencia no provee
evidencia competente, suficiente
y relevante para refutar un hallazgo, éste
prevalece y se añade al final del
mismo la siguiente aseveración: Consideramos
las alegaciones de la gerencia, pero
determinamos que el hallazgo prevalece. ANEJO 3
OFICINA DE LA PROCURADORA
DE LAS MUJERES
funcionarias
PRINCIPALES que
actuaron para el período auditado
|
NOMBRE |
CARGO |
PERÍODO
|
|
Desde |
Hasta |
|
Lic. María
D. Fernós López |
Procuradora4 |
1 jul. 01 |
31 dic. 01 |
|
Vacante |
" |
11 abr. 01 |
30 jun. 01 |
|
Vacante |
Subprocuradora4 |
11 abr. 01 |
31 dic. 01 |
|
Sra. Wanda
I. Aponte Rosado |
Directora
Ejecutiva5 |
1 ene. 01 |
30 jun. 01 |
|
Lic. Enid
M. Gavilán Pérez |
" |
1 abr. 97 |
31 dic. 00 |
|
Vacante |
Subdirectora5 |
11 nov. 00 |
30 jun. 01 |
|
Lic. Lourdes
Sierra Gorrostola |
" |
16 sep. 00 |
10 nov. 00 |
|
Vacante |
" |
7 sep. 00 |
15 sep. 00 |
|
CPA Laura
M. Ortiz Ramos |
" |
1 abr. 97 |
6 sep. 00 |
|
Sra. Marta
A. Mercado Sierra |
Ayudante
Administrativa |
15 ago. 01 |
31 dic. 01 |
|
Vacante |
" |
1 ago. 01 |
14 ago. 01 |
|
Sra. Iris
M. Segarra Torres |
" |
1 mar. 98 |
31 ju1. 01 |
|
Sra. Sofía
Benítez Rodríguez |
" |
1 abr. 97 |
28 feb. 98 |
|
Sra. Wanda
I. Torres Romero |
Ayudante
Especial6 |
1 abr. 97 |
30 jun. 99 |
|
Sra. Eunice
Arvelo Alvarado |
Directora
de Administración |
1 sep. 01 |
31 dic. 01 |
|
Sra. Wanda
I. Torres Romero |
Directora
de Administración7 |
1 jul. 99 |
31 ago. 01 |
|
Lic. Olga
López Báez |
Asesora
Legal |
17 ago. 01 |
31 dic. 01 |
|
Vacante |
" |
1 ene. 01 |
16 ago. 01 |
|
Lic. Ana
R. Cabassa Saurí |
" |
16 sep. 00 |
31 dic. 00 |
|
Lic. Lourdes
Sierra Gorostola |
" |
16 ene. 98 |
15 sep. 00 |
|
Vacante |
" |
1 abr. 97 |
15 ene. 98 |
|
Vacante |
" |
24 ene. 98 |
15 sep. 98 |
|
Sra. Astrid
Casillo Nielsen |
Oficial
de Personal8 |
2 jun. 97 |
23 ene. 98 |
|
Vacante |
" |
1 abr. 97 |
1 jun. 97 |
4
Puesto de nueva creación el 11
de abril de 2001.
5 Puesto eliminado
a partir del 1 de julio de 2001.
6 Puesto eliminado
a partir del 1 de julio de 1999.
7
Antes del 1 de julio de 1999
las operaciones
relacionadas con el Área de Administración
eran supervisadas por la Subdirectora.
8 Equivalente
al puesto de Directora de Recursos
Humanos.
ANEJO 4
OFICINA DE LA PROCURADORA
DE LAS MUJERES
comisionadas
que actuaron para el período
auditado 9
|
NOMBRE |
CARGO |
perIodo |
|
desde |
hasta |
|
Lic. Waleska
Casiano Matos |
Presidenta |
1 dic. 00 |
30 jun.
01 |
|
Sra. Wanda
I. Aponte Rosado |
" |
1 ago. 97 |
30 nov.
00 |
|
Sra. Angie
Varela Llavona |
" |
1 abr. 97 |
31 mayo
97 |
|
Sra. Migdalia
Marrero Rodríguez |
Vicepresidenta |
1 ago. 97 |
30 jun.
01 |
|
Lic. Wanda
R. Caldas Díaz |
Secretaria |
1 dic. 00 |
30 jun.
01 |
|
Lic. Evelyn
Benvennutti Toro |
" |
1 ago. 97 |
30 nov.
00 |
|
Sra. Lehzen
Rentas Pereira |
" |
1 abr. 97 |
31 jul.
97 |
|
Dra. Edna
Quiñónez |
Miembro |
1 dic. 00 |
30 jun.
01 |
|
Lic. Marisol
Dieppa Rodríguez |
" |
1 nov. 97 |
30 jun.
01 |
|
Sra. Sylvia
Acevedo del Río |
" |
1 abr. 97 |
31 jul.
97 |
9 La CAM se eliminó al
derogarse la Ley Núm. 57 del
30 de mayo de 1973, según enmendada,
por la Ley Núm. 20 del 11 de
abril de 2001. Informes
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