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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad 1042:

Departamento de Hacienda
Area de Seguros Públicos

Informe Número: DA-02-18 del 5 de abril de 2002
Período Auditado:

 1 de julio de 1993 al 31 de diciembre de 2000
(En algunos aspectos se examinaron operaciones de fechas posteriores)

Autorizado por: Heriberto Colón Acevedo, Subcontralor
Fecha: 9 de abril de 2002

 

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1), la clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2) y los funcionarios principales que actuaron durante el período auditado (Anejo 3).

 

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales del Area de Seguros Públicos del Departamento de Hacienda (Area de Seguros), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

Determinamos emitir varios informes de esta auditoría. Este es el tercero y último informe y contiene el resultado del examen de los contratos otorgados a los corredores de seguros para que prestaran servicios relacionados con la adquisición de las pólizas para asegurar los riesgos del Gobierno, los pagos de comisiones y la fiscalización por parte del Area de Seguros de los trabajos delegados a los corredores de seguros. Además, examinamos la reglamentaciónaplicable a dichas operaciones. En el primer informe, DA-00-27 del 8 de mayo de 2000, presentamos el resultado del examen que realizamos sobre las operaciones fiscales relacionadas con los anticipos concedidos al Area de Seguros para el pago de primas de seguros a las agencias, a las corporaciones públicas y a los municipios, las cuentas por cobrar y las recaudaciones de los valores recibidos para aplicar a dichos anticipos. En el segundo informe, DA-01-28 del 31 de mayo de 2001, presentamos el resultado del examen de las operaciones relacionadas con el trámite de reclamaciones que se originaron de los contratos de fianzas de fidelidad y las que se originaron por daños ocasionados por el paso del Huracán Georges por Puerto Rico y la contratación de corredores de seguros.

Las pruebas efectuadas revelaron que las operaciones objeto de este informe relacionados con la adquisición de las pólizas para asegurar los riesgos del Gobierno, los pagos de comisiones y la fiscalización por parte del Area de Seguros de los trabajos delegados a los corredores de seguros no se realizaron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. A continuación se resumen las hallazgos l al 7 de este informe clasificados como principales:

1. Examinamos 355 primas pagadas a compañías aseguradoras por $345,335,743 correspondientes a 313 pólizas adquiridas mediante los 14 corredores de seguros contratados por el Area de Seguros. Las mismas se adquirieron durante los seis años fiscales comprendidos del 1995-96 al 2000-01.

El examen reveló que el Area de Seguros le pagó a los 14 corredores de seguros una comisión de 8 por ciento, en lugar de 5.5 por ciento de la prima total pagada por cada póliza contratada, a pesar de que éstos no cumplieron con una condición establecida en los contratos otorgados a los corredores que era requerida para que se le pagara dicho por ciento. En los contratos otorgados en los años fiscales del 1995-96 al 1998-99 se establecía que para pagar a los corredores un 8 por ciento de comisión se requería reducir la prima de seguro de un 5 a un 10 por ciento con respecto al año fiscal anterior de la póliza. Por su parte, en los contratos otorgados de los años fiscales 1999-00 al 2000-01 se establecía que para que los corredores fueran acreedores a un 8 por ciento de comisión tenían que obtener, al momento de la emisión o renovación, una reducción de entre un 5 a un 10 por ciento de las primas, en comparación con las primas pagadas durante el año póliza anterior.

El pago de 8 por ciento de comisión a los corredores de seguros correspondía a 162 pólizas mediante las cuales se pagaron primas por $209,426,407. De éstas, 100 pólizas con primas pagadas por $132,742,010 correspondían a los años fiscales del 1995-96 al 1998-99. Las restantes 62 pólizas con primas pagadas por $76,684,397 eran de los años fiscales 1999-00 al 2000-01. A base de las primas correspondientes a dichas pólizas se efectuaron pagos por comisiones por $10,212,417 y $6,134,421, respectivamente, para un total de $16,346,838 computados al 8 por ciento. Ello ocasionó que se le efectuaran pagos indebidos a los 14 corredores de seguros por $5,053,734. En todos los casos en que se pagó dicha comisión la prima pagada por las pólizas adquiridas para asegurar los riesgos contratados fue similar a la pagada el año póliza anterior.

La situación señalada ocasionó que el Area de Seguros pagara indebidamente comisiones a los 14 corredores de seguros por $5,053,734. Ello privó al Fondo General de recursos por dicho importe para sufragar otras actividades del Gobierno.

2. El 26 de diciembre de 1995 el Secretario de Hacienda contrató a una corporación para que le brindara servicios como corredor de seguros en las pólizas a adquirir para asegurar los riesgos del Departamento de Salud y de la Autoridad de Edificios Públicos, entre otras entidades gubernamentales. Por los servicios prestados el Area de Seguros le pagaría comisiones a la Corporación a base del importe de las primas obtenidas de las compañías aseguradoras seleccionadas.

Hasta el 20 de enero de 1997 la Corporación operaba en Puerto Rico como una subsidiaria de un corredor de seguros con oficinas principales en los Estados Unidos. El 21 de enero ésta y otras compañías afiliadas se fusionaron con una corporación multinacional de seguros con oficinas principales en Londres. Como parte de dicha fusión la Corporación también pasó a ser subsidiaria de la compañía de Londres (Compañía Matriz). El 18 de marzo de 1998 el Area de Seguros le otorgó un nuevo contrato a la Corporación para que prestara servicios similares a los contratados el 26 de diciembre de 1995.

Examinamos los expedientes relacionados con 38 pólizas adquiridas por $19,095,625 que fueron tramitadas por la Corporación en los años fiscales del 1996-97 al 1998-99 para asegurar el riesgo de propiedad de varias agencias. El examen efectuado reveló lo siguiente:

a. En dichos años fiscales la Corporación utilizó su licencia de corredor de seguros de líneas excedentes para colocar varios riesgos del Departamento de Salud y de la Autoridad de Edificios Públicos. Para ello, utilizó los servicios de una compañía localizada en Londres afiliada a la Compañía Matriz, de la cual la Corporación era subsidiaria. A la Compañía Matriz se le pagaron comisiones, a pesar de que ello no procedía por disposición del contrato con la Corporación que, a su vez, era subsidiaria de la primera. A dicha Compañía se le pagó indebidamente comisiones computadas a base del 17 por ciento por $1,470,096.

b. Los técnicos de seguros de la División de Contratación e Intervención, quienes también verificaban la corrección de las facturas antes del pago, no le requirieron a la Corporación una certificación de la compañía aseguradora contratada donde estableciera que no ha pagado ni pagará directa o indirectamente a cualquiera de sus afiliadas o subsidiarias o compañías matrices comisión, emolumento o pago alguno mayor al que le corresponda.

c. El Area de Seguros no le requirió a la Corporación la devolución de las comisiones pagadas indebidamente a base del 17 por ciento por $1,470,096. Tampoco ejerció la discreción de cancelar el contrato y requerir la devolución de las comisiones por $359,876 pagadas a la Corporación a base del 8 por ciento, para un total de $1,829,972. En su lugar, llegó a varios acuerdos con ésta, según se indica:

- La cuenta de la Autoridad de Edificios Públicos no sería renovada con el corredor para el año fiscal 1999-00. Esto en reparación de cualquier incumplimiento de contrato desde el año 1993 hasta el presente, en vista de que compañías afiliadas corporativamente al corredor venían recibiendo compensación o emolumento adicional al del corredor bajo el contrato.

- Con la cancelación de la cuenta de la Autoridad de Edificios Públicos el corredor cura cualquier incumplimiento de contrato para cualquier año anterior al corriente y así lo reconoce el Area de Seguros.

Las situaciones señaladas ocasionaron el pago indebido de comisiones por $1,470,096. Ello privó al Fondo General de recursos adicionales para sufragar otras actividades del Gobierno.

3. El 6 de julio de 1998 y el 23 de junio de 1999 el Area de Seguros pagó primas por $1,624,500 y $1,623,375, respectivamente, por la póliza de seguros para cubrir los riesgos de la propiedad del Departamento de Salud, incluidos los edificios en los que se mantenían los centros de desarrollo de tratamientos (CDT) y los hospitales.

Examinamos los expedientes que mantenía el corredor de seguros que tenía dicha cuenta y los expedientes del Area de Seguros relacionados con dicha póliza. El examen efectuado reveló lo siguiente:

De acuerdo con los expedientes del corredor de seguros, en distintas fechas desde el año 1998 hasta mayo de 2000 se habían vendido 38 CDT y 8 hospitales. A dicha fecha el corredor de seguros no había realizado gestiones con la compañía aseguradora para que le concediera el crédito por la propiedad vendida que ya no pertenecía al Gobierno y por la proporción de las comisiones cobradas. En los expedientes había comunicaciones del Departamento de Salud informándole al corredor de seguros la venta de dichas propiedades.

Por otro lado, el Area de Seguros no había recibido información del Departamento de Salud sobre los cambios en las unidades aseguradas por la venta de dichas propiedades. En los expedientes del Area de Seguros tampoco había evidencia de que el Técnico de Seguros de la División de Contratación e Intervención a cargo de dicha póliza realizara gestiones con el Departamento de Salud para que se actualizara la información de dicha cubierta, a pesar que era de conocimiento público y se divulgaba en los medios de comunicación que dicha agencia estaba vendiendo esas propiedades.

La situación señalada privó al Gobierno de recibir oportunamente el crédito por el importe de $169,895 del cual $157,310 son por la prima no devengada de las propiedades vendidas y $12,585 por la proporción de las comisiones correspondientes a dicha prima. Ello, a su vez, priva al Fondo General de recursos adicionales para sufragar otras actividades del Gobierno.

4. Examinamos los expedientes de 21 pólizas adquiridas mediante corredores de seguros por $47,870,747 para asegurar varios riesgos del Gobierno. Los seguros fueron contratados en los años fiscales del 1996-97 al 1999-00. El examen reveló lo siguiente:

a. No se había enmendado el Reglamento Núm. 29 de 1986 de normas para la contratación de seguros del Gobierno, ni se habían adoptado procedimientos por escrito para regir la contratación de pólizas mediante corredores de seguros.

El Area de Seguros emitía un formulario para autorizar a los corredores de seguros a mercadear y negociar las pólizas correspondientes con las compañías de seguros. El mismo era preparado por un Técnico de Seguros de la División de Contratación e Intervención y autorizado por la Directora del Area de Seguros. Los corredores de seguros preparaban para cada cubierta de riesgos las especificaciones necesarias y solicitaban las cotizaciones a las compañías aseguradoras. Estos sometían las cotizaciones al Area de Seguros con sus recomendaciones para que dicha Area las evaluara y adjudicara. Además, los corredores de seguros prestaban, entre otros, los siguientes servicios: tramitar las pólizas originales al Area de Seguros; tramitar las reclamaciones recibidas de las pólizas contratadas; y dar seguimiento a éstas y recibir los cheques por las primas de seguros adquiridas. Dichos procesos no estaban contemplados en el Reglamento Núm. 29. Tampoco había un procedimiento escrito adoptado para regular dicha área en particular.

La situación comentada dificulta al Area de Seguros controlar y administrar eficazmente las operaciones indicadas, con los consiguientes efectos adversos para el Gobierno.

b. A base de las recomendaciones efectuadas por un corredor de seguros, el Director del Area de Seguros adjudicó dos pólizas por $2,943,166 distribuidas entre 13 compañías para asegurar el riesgo de responsabilidad marítima para la Autoridad de los Puertos. Las mismas correspondían a los períodos comprendidos del 20 de febrero de 1997 al 19 de febrero de 1998 y del 20 de febrero de 1999 al 19 de febrero de 2000. Se determinó que los técnicos de seguros de la División de Contratación e Intervención no se aseguraron de que todas las compañías recomendadas por los corredores de seguros fueran elegibles de líneas excedentes y estuvieran autorizadas por el Comisionado de Seguros para hacer negocios en Puerto Rico. De las 13 compañías aseguradoras, 5 (38 por ciento) no cumplían con ninguno de estos requisitos. A éstas se les pagaron $1,659,347 en primas, que representa el 56 por ciento de los $2,943,166.

La situación señalada no le brinda la protección adecuada al Gobierno en casos en que dichas compañías incumplieran una reclamación y estas compañías incumplir con las condiciones estipuladas en la póliza, ya que el Comisionado de Seguros no tiene facultad para intervenir con ellas. También propicia la contratación de compañías aseguradoras de las que se desconoce su situación económica para responder por reclamaciones y su capacidad para trabajar eficientemente con las pólizas contratadas.

c. En los expedientes de 14 (67 por ciento) de las 21 pólizas examinadas con primas por $28,196,729 no había evidencia de que los corredores de seguros hubieran informado al Area de Seguros las cotizaciones (ofertas) y declinaciones presentadas por otras compañías. Tampoco se nos pudo suministrar evidencia de que los técnicos de seguros de la División de Contratación e Intervención solicitaran a los corredores de seguros dicha información para las corroboraciones y los análisis de rigor, antes de adjudicar las pólizas a las compañías aseguradoras recomendadas por éstos.

La situación señalada propicia el ambiente para que el corredor ejerza favoritismo por ciertas compañías aseguradoras en perjuicio de los mejores intereses del Gobierno. Además, dificulta detectar a tiempo cualquier irregularidad en dichos procesos, con los consiguientes efectos adversos para el erario.

d. En 10 de los expedientes examinados (48 por ciento) por $14,371,377 no se localizó el informe sobre la estrategia que utilizó el corredor de seguros para colocar los riesgos en las distintas compañías aseguradoras recomendadas al Area de Seguros. Tampoco se localizó evidencia de que los técnicos de seguros de la División de Contratación e Intervención solicitaran dicha información a los corredores de seguros para el análisis correspondiente.

La situación indicada propicia un ambiente para la comisión de irregularidades o favoritismo en la colocación de pólizas. Además, impidió al Area de Seguros y a los auditores internos y externos evaluar la estrategia utilizada por el corredor de seguros y sus planteamientos sobre las condiciones del mercado, para así decidir el método de adquisición a seguir con miras a obtener las pólizas con la mejor cubierta y al menor costo posible.

e. En los expedientes de nueve pólizas (43 por ciento) por $15,334,028 no se localizaron las certificaciones que debieron emitir las aseguradoras para indicar que no habían pagado comisión adicional a la establecida en el contrato al corredor de seguros. Para otra póliza (5 por ciento) por $1,624,500 se encontraban las certificaciones de las compañías aseguradoras locales, pero no la correspondiente a la compañía de seguros de líneas excedentes. En los expedientes tampoco había evidencia de que los técnicos de seguros de la División de Contratación e Intervención solicitaran a los corredores de seguros dicho documento. (En el Hallazgo 2-b se comenta una situación similar.)

Esta situación puede dar lugar a que el corredor de seguros cobre comisión adicional de una aseguradora y ejerza favoritismo por esta compañía, en perjuicio de los mejores intereses del Gobierno. También priva al Area de Seguros de tener esta certificación como evidencia para actuar en contra del corredor, de surgir o detectarse este tipo de acción conflictiva. Ejemplo de ello es la situación comentada en el Hallazgo 2.

f. El Area de Seguros contrató 14 de las 21 pólizas de seguros examinadas (67 por ciento) por $32,638,923 en 22 compañías de seguros elegibles de líneas excedentes. Las primas pagadas representan el 68 por ciento de los $47,870,747 pagados en las 21 pólizas examinadas. En todos los casos examinados se emitieron resguardos provisionales confirmando la cubierta del seguro. Se determinó que en 5 de los casos las pólizas de reemplazo de los resguardos fueron recibidas con tardanzas que fluctuaron de 246 a 1,166 días luego de transcurridos 3 meses de adjudicada la misma. Además, a la fecha de nuestra auditoría, 31 de agosto de 2000, las pólizas de reemplazo de los resguardos de cuatro de los casos no se habían recibido. A dicha fecha habían transcurrido entre 339 y 1,166 días de haberse adjudicado la póliza. En los expedientes de la División de Contratación e Intervención no había evidencia de que los técnicos de seguros realizaran gestiones con los corredores de seguros para solicitar dichos documentos para mantener una cubierta provisional.

La situación comentada impide al Area de Seguros y a los auditores internos y externos verificar con prontitud si las pólizas cumplen con todos los requisitos y las cláusulas requeridas. Ello puede ocasionar que, de surgir alguna reclamación, no proceda la misma por no cumplir con las cláusulas del contrato o con las leyes y la reglamentación aplicables a estas operaciones. Además, esto dificulta corroborar si las facturas sometidas por los corredores de seguros de las primas a pagar a las compañías están de acuerdo con las pólizas contratadas.

5. De las 21 pólizas examinadas que fueron contratadas para los años fiscales del 1996-97 al 1999-00, en 14 (67 por ciento) por $32,638,923 el Area de Seguros no informó al Comisionado de Seguros que se habían adquirido dichos seguros. Tampoco había suministrado información del corredor de seguros, la cubierta contratada, el asegurador, el asegurado y cualquier otra información pertinente. Dicha información es necesaria para que el Comisionado de Seguros compare los informes rendidos por los corredores de seguros de líneas excedentes y pueda evaluar si el corredor cumplió con los requisitos del Artículo 10, Sección 1007 del Código de Seguros de Puerto Rico sobre Seguros de Líneas Excedentes.

La situación señalada le impide al Comisionado de Seguros fiscalizar dichas operaciones y actuar oportunamente en caso de incumplimiento del corredor con los requisitos establecidos en el Código de Seguros. Ello propicia el ambiente para la comisión de irregularidades y que éstas no se puedan detectar a tiempo.

6. En junio de 1998 la Directora del Area de Seguros negoció con un agente general de una compañía de seguros adquirir por $5,595,000 la póliza para asegurar el riesgo de autos de los municipios correspondiente al año fiscal 1998-99, con la condición de que se realizara un estudio actuarial de la póliza indicada. Esto, a pesar de que el corredor de seguros le sugirió, en carta del 28 de mayo de 1998, que las condiciones del mercado eran beneficiosas para efectuar una subasta. En dicho caso se acordó que la póliza podía aumentarse en $810,635, hasta un máximo de $6,405,635, según la oferta del agente general. En el expediente de dicha póliza no se localizaron documentos que indicaran las razones por las cuales la Directora del Area de Seguros no celebró subasta para contratar la póliza para cubrir dicho riesgo. Tampoco se localizaron documentos que proveyeran información sobre las negociaciones efectuadas con el agente general de la compañía de seguros con quien se contrató.

Como resultado del estudio, se determinó que la póliza hubiera aumentado a $7,200,000. En este caso la póliza se formalizó por $6,405,635, según acordado con el agente general.

La ausencia de documentos escritos dificulta corroborar la corrección de las transacciones efectuadas, ya que se tiene que depender de evidencia testifical para realizar las verificaciones correspondientes. Ello propicia el ambiente para la comisión de irregularidades y que éstas no se puedan detectar a tiempo.

7. Examinamos tres pagos por $2,945,265 efectuados a un corredor de seguros contratado el 6 de febrero de 1997 y el 29 de marzo de 1999. Los pagos correspondían a las primas de seguros adquiridas para asegurar el riesgo de responsabilidad marítima de la Autoridad de los Puertos de Puerto Rico. El examen efectuado reveló lo siguiente:

a. El 22 de abril de 1999 el Area de Seguros emitió un cheque por $1,429,359 por el pago de la prima de las pólizas contratadas para asegurar el riesgo de responsabilidad marítima con vigencia del 20 de febrero de 1999 al 20 de febrero de 2000. De dicho importe, $952,906 fueron pagados con 28 y 90 días antes de vencer los pagos. Estos debieron pagarse en plazos de $476,453 el 20 de mayo y 20 de agosto de 1999, en lugar de pagarlos en la fecha mencionada. El pago de la prima fue certificado por el Técnico de Seguros de la División de Contratación e Intervención que tenía asignada la cuenta relacionada con dicha póliza y aprobado por la Directora del Area de Seguros.

b. El corredor de seguros retuvo parte de los importes de los tres pagos mencionados por períodos que fluctuaron entre 20 días o más. Este nos indicó que el dinero se depositó en una cuenta "Escrow" y que se mantuvo en dicha cuenta hasta que se efectuaron los pagos a la compañía aseguradora, luego de descontar el importe de la comisión. A la fecha de nuestra auditoría, 22 de diciembre de 2000, dichos fondos habían acumulado intereses por $19,454, los cuales no habían sido reembolsados al Secretario de Hacienda o aplicados a balances de deudas pendientes de dicho corredor.

El pago de las primas de seguros antes de la fecha estipulada en el contrato le impide al Gobierno generar ingresos por intereses y afecta el flujo de efectivo. Se determinó que el corredor de seguros tuvo ingresos por $19,454 por los intereses devengados por estos fondos. Dicha situación, además, pudo propiciar favoritismo hacia el corredor de seguros.

El Informe de Auditoría DA-02-18, emitido por nuestra Oficina el 5 de abril de 2002, se puede conseguir en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.

Anejo 1

 

DEPARTAMENTO DE HACIENDA 
AREA DE SEGUROS PUBLICOS

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

En el Artículo 12.020 de la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como Código de Seguros de Puerto Rico se dispone, entre otras cosas, que el Secretario de Hacienda (Secretario) gestionará y contratará los seguros del Estado Libre Asociado y sus municipios, corporaciones y autoridades públicas. El Area de Seguros es la dependencia del Departamento de Hacienda (Departamento) que se encarga de gestionar la contratación de seguros y fianzas para proteger a las agencias, las corporaciones públicas y los municipios de toda clase de riesgos previsibles. Desde enero de 1994 el Secretario comenzó la contratación de corredores de seguros para el desarrollo de programas de servicios de evaluación de riesgos, control de pérdidas y de asesoramiento en la gestión y contratación de los seguros para cubrir los riesgos del Gobierno. A partir de dicha fecha, el Area de Seguros efectúa los pagos de las primas de seguros contratadas mediante anticipos provenientes del Fondo General.

El Area de Seguros era dirigida por un Asesor Técnico del Secretario, quien realizaba las funciones del Director del Area de Seguros. Dicha Area realiza sus operaciones mediante la Oficina del Director y las divisiones de Contabilidad, Contratación e Intervención de Seguros y Reclamaciones. La División de Contratación e Intervención de Seguros (División de Contratación e Intervención) es responsable de verificar que los contratos otorgados a las compañías de seguros cumplen con los requisitos establecidos y están dentro de los parámetros de una sana administración pública. Además, preinterviene y aprueba las facturas y los demás documentos recibidos de las compañías de seguros y de los corredores de seguros.

En los años fiscales del 1997-98 al 1999-00 el Area de Seguros adquirió pólizas de seguros por $66,137,062, $71,919,975 y $80,067,988, respectivamente, a través de los corredores de seguros contratados. Estas cantidades incluyen fianzas globales estatales y municipales por $403,609, $363,247 y $332,234, según indicamos en nuestro Informe de Auditoría DA-01-28.

Anejo 2

DEPARTAMENTO DE HACIENDA 
AREA DE SEGUROS PUBLICOS

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección "Comentarios de la Gerencia" del informe se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados. Referente a las situaciones que la gerencia ofreció información específica, ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.

Anejo 3

DEPARTAMENTO DE HACIENDA 
AREA DE SEGUROS PUBLICOS

Funcionarios principales que actuaron durante el período auditado

Nombre  Cargo 

Período

Desde  Hasta

Hon. Xenia Vélez Silva

Secretaria de Hacienda

20 nov 97

31 dic 00

CPA Juan A. Alvarado Zayas

Secretario de Hacienda Interino

1 oct 97

19 nov 97

Hon. Manuel Díaz Saldaña

Secretario de Hacienda

1 jul 93

30 sep 97

Lic. Eduardo J. Negrón Méndez

Subsecretario de Hacienda

20 nov 97

31 dic 00

Vacante

"

1 oct 97

19 nov 97

CPA Juan A. Alvarado Zayas

"

1 ene 97

30 sep 97

CPA Yesmín Valdivieso Galib

Subsecretaria de Hacienda

1 jul 93

31dic 96

Lic. Aida Carrillo De Jesús

Directora del Area de Seguros

Públicos Interina

1 abr 99

31dic 00

Sra. Glorimar Rivero Rivera

Directora del Area de Seguros

Públicos

9 dic 96

31 mar 99

Sr. Edwin Rivera Malavé

Director del Area de Seguros

Públicos

3 oct 94

23 ago 96

Lic. Aida Carrillo De Jesús

Directora del Area de Seguros

Públicos Interina

24 ago 96

8 dic 96

Lic. Aida Carrillo De Jesús

"

7 jun 94

2 oct 94

Sr. Ramón A. Ríos Castro

"

1 jul 93

6 jun 94

Lic. Aida Carrillo de Jesús

Subdirectora del Area de Seguros

Públicos

24 ago 93

31 mar 99

Sr. Víctor Merced Maldonado

Subdirector del Area de Seguros

Públicos

1 jul 93

23 ago 93

 

Nombre  Cargo 

Período

Desde  Hasta

Sr. Carlos M. Allende Soto

Supervisor de Técnicos de Seguros

1 sep 97

31 dic 00

Srta. Carmen E. Felicier Rosario

Supervisora de Técnicos de Seguros

1 jun 94

31 ago 97

Vacante

Supervisor de Técnicos de Seguros

8 ene 94

31 may 94

Sra. Iris Noelia Fargas

Supervisora de Técnicos de Seguros

12 oct 93

7 ene 94

Vacante

Supervisor de Técnicos de Seguros

1 jul 93

11 oct 93

________________________________

1.  Dicha División se creó mediante Orden Administrativa del 12 de septiembre de 2000. Previamente eran dos divisiones separadas.

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