Nota:
Este Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1),
la clasificación y contenido de los hallazgos
del informe (Anejo 2), los miembros de la
Junta de Síndicos (Anejo 3) y los funcionarios
principales que actuaron durante el período
auditado (Anejo 4).
Realizamos
una auditoría de las operaciones fiscales
del Recinto Universitario de Mayagüez de
la Universidad de Puerto Rico (RUM) para
determinar si se hicieron de acuerdo con
la ley y la reglamentación aplicables.
Determinamos
emitir varios informes de dicha auditoría.
Este tercer y último informe contiene el
resultado del examen de las operaciones
relacionadas con los contratos para la remodelación
de los ascensores del RUM y las compras.
Las
pruebas efectuadas demostraron que las operaciones
fiscales mencionadas se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables, excepto por los siguientes hallazgos
clasificados como principales:
1.
El 3 de marzo de 1995 se preparó una requisición
en el Departamento de Edificios y Terrenos
(Departamento) para solicitar los servicios
de mantenimiento preventivo de 31 ascensores
ubicados en diferentes edificios del RUM.
Dichos servicios fueron solicitados para
un período de cinco años y los mismos serían
renovados cada año, mediante la emisión
de una orden de compra. El 15 de marzo de
1996 se celebró la subasta para el mantenimiento
de dichos ascensores y el 3 de mayo de 1996
la Junta de Subastas adjudicó la subasta
al postor más bajo (contratista). El 3 de
septiembre de 1996 la Oficina de Compras
emitió la Orden de Compra Núm. R701311
por $38,160 a favor del contratista por
el período de octubre de 1996 a junio
de 1997. Los pagos se realizarían a
razón de $4,240 mensuales por nueve meses
para completar el primer año del contrato
por servicio de mantenimiento. En los términos
y en las condiciones de la subasta se estableció
que el servicio se renovaría anualmente,
hasta el término final de los cinco años,
con la recomendación previa del Departamento.
El examen realizado reveló lo siguiente:
a.
Contrario a la reglamentación aplicable,
no se formalizó un contrato escrito para
la prestación de los servicios objeto de
subasta. Funcionarios del RUM nos suministraron
una fotocopia de un contrato que se había
redactado. El 31 de octubre de 1997 el Asesor
Legal informó al Rector Interino que el
contrato nunca se firmó por parte del RUM,
y que tampoco fue revisado por la Oficina
de Asuntos Legales.
Del
1 de octubre de 1996 al 31 de marzo de 1998
se le efectuaron pagos al contratista por
$76,320.
b.
Del 1 de mayo de 1998 al 30 de junio de
1999 el RUM le efectuó pagos al contratista
por $55,860 (14 X $3,990) por los servicios
de mantenimiento preventivo a los ascensores.
Contrario
a la reglamentación aplicable, dichos pagos
se efectuaron a pesar de que el RUM no formalizó
un contrato escrito para la prestación de
los servicios. Además, los funcionarios
del RUM tenían conocimiento de que los servicios
prestados por el contratista eran deficientes.
Los pagos se efectuaron a base de las facturas
sometidas por el contratista.
Las
situaciones comentadas impiden ejercer un
control adecuado de los servicios prestados
por las personas y entidades privadas contratadas
y de los desembolsos a efectuarse por los
mismos. También propician la comisión de
errores e irregularidades y que los mismos
no se puedan detectar a tiempo.
c.
Contrario a normas de política pública y
de sana administración, del 1 de octubre
de 1996 al 30 de abril de 1998 se le efectuaron
pagos indebidos al contratista por $4,750
por el mantenimiento de los dos ascensores
que estaban fuera de servicio. Al 30 de
junio de 1999 el RUM no había solicitado
el reembolso de los $4,750 pagados indebidamente
al contratista por los servicios de mantenimiento
de los dos ascensores.
La
situación comentada privó al RUM de recursos
por $4,750 necesarios para atender sus gastos
operacionales. Además, le impide ejercer
un control adecuado sobre los servicios
prestados y los desembolsos a efectuarse
por los mismos.
d. Contrario
a cláusulas contractuales, el contratista
no rindió los informes mensuales sobre la
inspección realizada de los ascensores de
octubre de 1996 a octubre de 1997. El RUM
tampoco le requirió que los rindiera.
e.
Contrario a cláusulas contractuales, el
contratista no rindió los informes sobre
las pruebas que debió realizar de la caída
libre de los ascensores. El RUM tampoco
le requirió que los rindiera.
Las
situaciones comentadas en los apartados
"d" y "e" privaron al
RUM, entre otras cosas, de información necesaria
para establecer la propiedad y corrección
de los pagos realizados. Además, propicia
el ambiente para que se realicen pagos por
trabajos no realizados.
2.
El 19 de septiembre de 1997 el RUM emitió
una orden de compra por $26,005 a favor
de un proveedor que fue recomendado por
un ingeniero del Departamento de Edificios
y Terrenos. Mediante dicha orden de compra
se adquirieron 200 galones de "primer",
505 galones de sellador de techo y
36 rollos de "polygard" de seis
pulgadas de ancho para utilizarlos en el
sellado del techo del Edificio de Ingeniería
Civil. El 10 de noviembre de 1997 se
recibieron los materiales adquiridos y se
ubicaron en el almacén de materiales del
RUM.
El
examen realizado reveló que:
a.
Contrario al Reglamento de Compras, el RUM
comenzó a utilizar los materiales el 8 de
marzo de 1999, lo que representa sobre 16
meses desde la fecha de emisión de la orden
de compra. Un inventario físico realizado
por nuestros auditores reveló que al 30
de junio de 1999 el RUM mantenía en el almacén
385 galones de sellador, 40 galones de "primer"
y 2 rollos de "polygard" valorados
en $14,423.
Para
la compra mencionada se obvió el procedimiento
de subasta formal por alegadas situaciones
de emergencia, sin embargo, ello contrasta
con los hechos señalados.
La
situación comentada limitó la libre competencia
entre todos los posibles proveedores y privó
al RUM de la oportunidad de obtener mejores
ofertas. Dicha situación propicia el ambiente
para que se ejerza favoritismo por alguna
persona o firma en particular en detrimento
de los mejores intereses del RUM.
b.
El 12 de junio de 1998 un supervisor del
Departamento de Edificios y Terrenos del
RUM emitió un recibo para dar de baja diez
pailas del sellador de techo "RUB-R-ROOF
WHITE" valoradas en $1,650. En entrevista
efectuada el 9 de junio de 1999 al supervisor,
éste nos informó que dichas pailas se rompieron
por el calor que se generaba en el almacén
y que se enviaron a decomisar al vertedero
de Mayagüez en un camión del RUM.
Contrario
a normas de política pública y de control
interno, el supervisor no mantenía informes
ni documentos que evidenciaran el proceso
seguido para decomisar dicho material.
La
situación comentada impide al RUM ejercer
un control adecuado sobre el proceso de
decomiso de materiales y propicia el ambiente
para el manejo irregular de éstos.
El
Informe de Auditoría CP-01-24
emitido por el Contralor el 30 de mayo de
2001 se puede conseguir en nuestra página
de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
Anejo
1
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ
INFORMACION
SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
El
20 de enero de 1966 se aprobó la Ley Núm.
1 para reorganizar el sistema público de
educación superior administrado por la Universidad
de Puerto Rico (UPR). Mediante la Ley Núm.
16 del 16 de junio de 1993 se enmendó el
Artículo 3 de la Ley Núm. 1 para eliminar
el Consejo de Educación Superior como cuerpo
rector de la UPR y crear la Junta de Síndicos
la cual gobernará y administrará el sistema
público universitario.
Mediante
la Ley Núm. 1 se concedió autonomía académica
y administrativa al RUM y se integraron
a éste todas las escuelas, los colegios,
las facultades, los departamentos, los institutos,
los centros de investigación y demás dependencias
que funcionaban bajo el Colegio de Agricultura
y Artes Mecánicas de la UPR. También quedaron
integrados al RUM la Estación Experimental
Agrícola y el Servicio de Extensión Agrícola,
en lo administrativo y programático. Estas
dos unidades son examinadas por separado
y nuestra Oficina rinde informes individuales
para cada una de ellas. El RUM es administrado
por un Rector nombrado por la Junta de Síndicos.
Los
recursos para sus gastos de funcionamiento
provienen de asignaciones legislativas,
fondos federales, donativos e ingresos propios.
Para los años fiscales 1997-98 y 1998-99
el presupuesto del RUM totalizó $209,284,954
y tuvo gastos por $209,239,350, según se
indica:
|
Año
fiscal |
Asignaciones
legislativas y
otros ingresos |
Gastos
operacionales |
Sobrante |
|
1997-98 |
$104,747,955 |
$104,717,075 |
$30,880 |
|
1998-99 |
104,536,999 |
104,522,275 |
14,724 |
|
Totales |
$209,284,954 |
$209,239,350 |
$45,604 |
Anejo 2
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ
CLASIFICACION
Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En
nuestros informes de auditoría se incluyen
los hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones con
un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo, sobre
las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores que
no han tenido consecuencias graves.
Los
hallazgos de este informe están presentados
a base de atributos establecidos conforme
a las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1.
Situación - Los hechos encontrados en la
auditoría indicativos de que no se cumplió
con uno o más criterios.
2.
Criterio - El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una ley,
reglamento, carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de sana
administración, principio de contabilidad
generalmente aceptado, opinión de un experto
o juicio del auditor.
3.
Efecto - Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4.
Causa - La razón fundamental por la cual
ocurrió la situación.
Al
final de cada hallazgo se hace referencia
a las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
En
la sección "Comentarios de la Gerencia"
se incluye información sobre la contestación
de la gerencia con respecto a los asuntos
señalados. Referente a las situaciones que
la gerencia ofreció información específica,
ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.
Anejo
3
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ
Miembros
de la Junta de Síndicos que actuaron durante
el período auditado
| Nombre |
Cargo |
Período |
| Desde |
Hasta |
|
Lic.
Fred H. Martínez |
Presidente |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Prof.
Nívea H. de McKlintock |
Miembro |
1
nov 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dr.
Francisco Somoza |
" |
1
ago 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Sr.
Antonio Pérez Cuétara |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dr.
José A. Pérez Delgado |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dra.
Aida Negrón de Montilla |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dr.
Angel A. Cintrón Rivera |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dr.
Enrique Lugo Silva |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dr.
Miguel A. Riestra |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Prof.
Salvador E. Alemañy |
" |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
| |
|
|
|
|
Dra.
Gloria Ceide |
" |
31
jul 97 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Dra.
Dolores Miranda |
" |
31
jul 97 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Sr.
Alexis Morales |
" |
1
jul 97 |
30
jun 98 |
Anejo
4
UNIVERSIDAD
DE PUERTO RICO
RECINTO UNIVERSITARIO DE MAYAGÜEZ
Funcionarios
principales que actuaron durante el período
auditado
| Nombre |
Cargo |
Periodo |
| Desde |
Hasta |
|
Dr.
Fred V. Soltero Harrington |
Rector
Interino |
1
abr 98 |
30
jun 99 |
|
Prof.
Antonio Santos Cabrera |
Rector |
2
jul 97 |
26
mar 98 |
|
Prof.
Inoel Rivera López |
Decano
de Administración |
16
jul 98 |
30
jun 99 |
|
Dr.
José R. Deliz Alvarez |
Decano
de Administración |
2
abr 98 |
30
jun 98 |
|
Dra.
Zulma Toro Ramos |
Decana
de Ingeniería |
13
abr 98 |
30
jun 99 |
|
Dr.
Jack Allison |
Decano
de Ingeniería |
1
jul 97 |
12
abr 98 |
|
Sr.
Angel Luis Rodríguez |
Director
de Presupuesto |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
|
Sra.
Lourdes Ayala Sánchez |
Directora
de Recursos Humanos |
1
jul 98 |
30
jun 99 |
|
Sr.
Luis A. Arocho Serrano |
Director
de Recursos Humanos |
1
jul 97 |
30
jun 98 |
|
Sr.
William López Torres |
Director
de Finanzas |
1
jul 97 |
30
jun 99 |
|
Lic.
Norberto Toledo |
Asesor
Legal |
1
oct 97 |
30
jun 99 |
|
Lic.
José Banuchi |
" |
1
jul 97 |
7
sep 97 |
Informes
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