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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
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Unidad : 3058 

Universidad de Puerto Rico
Colegio Universitario de Humacao

Informe Número:
 CP-01-13 del 6 de febrero de 2001
Período Auditado:
1 de julio de 1987 al 30 de junio de 1999
(En algunos aspectos se examinaron operaciones
de fechas posteriores)
Autorizado por:
Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha:
8 de febrero de 2001

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1), la clasificación y contenido de los hallazgos del informe (Anejo 2) y los miembros de la Junta de Síndicos de la Universidad de Puerto Rico y los funcionarios principales del Colegio (Anejo 3).

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales del Colegio Universitario de Humacao (Colegio) de la Universidad de Puerto Rico para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

Este informe contiene el resultado del examen que realizamos de las operaciones del Colegio relacionadas con los contratos de construcción y el arrendamiento de equipo pesado.

Las pruebas efectuadas demostraron que las operaciones fiscales objeto de este informe se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. Se determinaron cuatro hallazgos clasificados como secundarios.

El Informe de Auditoría CP-01-13 emitido por el Contralor el 6 de febrero de 2001 se puede conseguir en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.


UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO Anejo 1
COLEGIO UNIVERSITARIO DE HUMACAO
INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

El Colegio es una dependencia de la Universidad de Puerto Rico (UPR) creado por autorización del Consejo de Educación Superior (Consejo). El mismo inició sus actividades académicas en agosto de 1962. En los primeros años operó como Colegio Regional y ofrecía oportunidades de educación de dos años a nivel universitario.

El 9 de junio de 1973 la Legislatura de Puerto Rico le encomendó al Consejo la estructuración de un plan de organización para extender los ofrecimientos educativos del Colegio a cuatro años, de forma tal que se otorgaran grados de bachillerato. El 12 de septiembre de 1975 el Consejo aprobó la Certificación Núm. 23 para otorgarle el rango de Colegio Universitario de Humacao. Al mismo tiempo fue separado de la Administración de Colegios Regionales y ubicado bajo la supervisión directa del Presidente de la UPR.

El 2 de abril de 1982 mediante la Certificación Núm. 117, el Consejo le otorgó la autonomía al Colegio dentro del sistema universitario. El poder nominador, que hasta la fecha lo tenía el Presidente de la UPR, se le transfirió al Director y Decano del Colegio. Además, se creó la Junta Administrativa y la Junta Académica del Colegio, las cuales estaban presididas por el Director y Decano. Mediante la Certificación Núm. 144 del 29 de abril de 1983 el Consejo le cambió el título al puesto de Director y Decano del Colegio por el de Rector.

La administración y supervisión de las operaciones del Colegio las ejerce el Rector con el asesoramiento de la Junta Administrativa y el Senado Académico. Las funciones operacionales se administran mediante los decanatos de Asuntos Académicos, de Asuntos Administrativos y de Asuntos Estudiantiles.

El presupuesto del Colegio proviene de asignaciones legislativas, canalizadas a través de la Administración Central de la UPR y de otros ingresos.

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO Anejo 2
COLEGIO UNIVERSITARIO DE HUMACAO
CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos de este informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección "Comentarios de la Gerencia" se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados. Referente a las situaciones que la gerencia ofreció información específica, ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.

Informe de Auditoría en PDF

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Tel. (787)754-3030/Fax (787)751-6768
E-mail: ocpr.gov.pr
Internet: http://www.ocpr.gov.pr
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