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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
Imagen:  Encabezado de la Sección de  Informes de Auditoría
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Unidad : 2201
Registro de la Propiedad de Puerto Rico
Sección de Aguadilla
Departamento de Justicia
Informe Número:
 DB-01-38 del 20 de junio de 2001
Período Auditado:
1 de abril de 1994 al 30 de noviembre de 2000
Autorizado por:
Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha:
21 de junio de 2001

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye el ANEJO 1 en el que se provee información sobre la unidad auditada; el ANEJO 2 donde se explica la clasificación y el contenido de un hallazgo; y el ANEJO 3 en el cual se especifican los nombres, los cargos y el período durante el cual se desempeñaron los funcionarios principales de dicha unidad.

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales de la Sección de Aguadilla del Registro de la Propiedad del Departamento de Justicia para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. La misma se efectuó a base de la facultad que se nos confiere en la Sección 22 del Artículo III de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en la Ley Núm. 9 del 24 de julio de 1952, según enmendada.

Las pruebas efectuadas demostraron que las operaciones de dicha Sección se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables. Se determinaron cuatro hallazgos clasificados como secundarios relacionados con el atraso en la inscripción de bienes inmuebles, la acumulación de documentos inscritos no reclamados, fallas de control relacionadas con los documentos inscritos y faltas de control relacionados con los comprobantes de pago y las certificaciones de reembolsos.

En la parte del informe titulada RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS se comentan los hallazgos.

El Informe de Auditoría DB-01-38 de la Sección de Aguadilla del Registro de la Propiedad, emitido por nuestra Oficina el 20 de junio de 2001, se puede conseguir en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.

 

ANEJO 1

registro de la propiedad DE PUERTO RICO
sección de aguadilla
departamento de justicia

INFORMACIÓN SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

El Registro de la Propiedad (Registro) tiene por objeto la inscripción o anotación de actos o contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles del país. Su función principal es indicar la procedencia de los títulos sobre dichos bienes y dar constancia de las transacciones a los dueños de cada título. También realiza otras funciones tales como: anotar los derechos personales (embargos y prohibiciones contra la disposición de propiedad) e inscribir hipotecas sobre bienes muebles, contratos de refacción industrial y agrícolas y los de sociedades mercantiles.

La demarcación territorial de la Sección de Aguadilla comprende las operaciones registrales de los municipios de Aguada, Aguadilla, Isabela y Rincón.

Las operaciones del Registro se rigen principalmente por las disposiciones de la Ley Núm. 198 del 8 de agosto de 1979, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, según enmendada. También se rigen por otras leyes, la reglamentación promulgada por el Secretario de Justicia y por las normas internas adoptadas por el Director Administrativo del Registro. La asignación presupuestaria del Registro se hace dentro del presupuesto consolidado del Departamento de Justicia.

ANEJO 2

registro de la propiedad DE PUERTO RICO
sección de aguadilla
departamento de justicia

CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados por las pruebas realizadas. Éstos se clasifican como principales o secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones sobre las operaciones de la unidad auditada que tienen un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo. Los secundarios son los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos del informe se presentan según los atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de nuestra Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección sobre los COMENTARIOS DE LA GERENCIA se indica si el funcionario principal y los ex funcionarios de la unidad auditada efectuaron comentarios sobre los hallazgos incluidos en el borrador del informe que les envía nuestra Oficina. Dichos comentarios se consideran al revisar el borrador del informe y se incluyen al final del hallazgo correspondiente en la sección de HALLAZGOS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD - SECCIÓN DE AGUADILLA, de forma objetiva y conforme a las normas de nuestra Oficina. Cuando la gerencia no provee evidencia competente, suficiente y relevante para refutar un hallazgo, éste prevalece y se añade al final del mismo la siguiente aseveración: Consideramos las alegaciones de la gerencia, pero determinamos que el hallazgo prevalece.

ANEJO 3

registro de la propiedad de puerto rico
sección de aguadilla
departamento de justicia

FUNCIONARIOS PRINCIPALES QUE ACTUARON DURANTE EL PERÍODO AUDITADO

 

NOMBRE

 

CARGO

PERÍODO

Desde  Hasta

Hon. Ángel E. Rotger Sabat

Secretario de Justicia

3 ene. 00

30 nov. 00

Hon. José Fuentes Agostini

"

3 ene. 97

31 dic. 99

Lcdo. Pedro Pierluisi

"

1 abr. 94

31 dic. 96

Hon. Ismael Molina Serrano

Director Administrativo del Registro

1 feb. 97

30 nov. 00

Hon. Demetrio Torre Rada

"

1 abr. 94

31 ene. 97

Hon. José M. Román Monroig

Registrador de la Sección

1 abr. 94

30 nov. 00

Sr. Miguel Padilla Vélez

Supervisor

1 mayo 98

30 nov. 00

Sra. Miriam Gómez Muñiz

Supervisora

1 abr. 94

30 sep. 96 1


______________________

1)  Del 1 de octubre de 1996 al 30 de abril de 1998 actuaron como supervisores interinos el Sr. Miguel Padilla Vélez y la Sra. Judith Ruiz Muñiz.

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