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Nota: Este
Comunicado de Prensa incluye el ANEJO
1 en el que se provee información
sobre la unidad auditada; el ANEJO
2 donde se explica la clasificación
y el contenido de un hallazgo; y el ANEJO
3 en el cual se especifican los nombres,
los cargos y el período durante el cual
se desempeñaron los funcionarios principales
de dicha unidad.
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales de la Oficina
Regional de San Juan (Oficina Regional)
de la Oficina para el Mejoramiento de las
Escuelas Públicas de Puerto Rico (OMEP)
del Departamento de Educación, para determinar
si se hicieron de acuerdo con la ley y
la reglamentación aplicables.
Determinamos emitir dos
informes de esta auditoría. Este primer
informe cubre las operaciones fiscales
relacionadas con las compras, inventarios,
registros de la propiedad y el pago de
horas extras al personal irregular de la
Oficina Regional, para realizar trabajos
de construcción y mejoras en las escuelas
y otras oficinas de la OMEP.
Las pruebas efectuadas
revelaron que las operaciones concernientes
a este informe no se realizaron de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables.
A continuación se resumen los cuatro hallazgos
de este informe clasificados como principales:
1-a. Examinamos 64
compras por $260,690 efectuadas por
la Oficina Regional entre el
25 de septiembre de 1996 al 7 de septiembre de 1999 y las requisiciones
emitidas relacionadas con las mismas. El examen efectuado reveló desviaciones
de la ley y la reglamentación aplicables a los procesos de emisión de requisiciones,
la celebración de subastas, la obligación de fondos y el recibo de los
materiales y otros bienes adquiridos, según se indica a continuación:
1. El Área
de Compras de la OMEP no celebró subasta
formal para la adquisición de
30 consolas de acondicionadores de aire (split units) por $88,400
para ser instaladas en la Escuela Vocacional Carlos F. Daniels de Carolina.
Para obviar el requisito de subasta la Delegada Compradora fraccionó dicha
compra mediante la emisión de cuatro órdenes de compras (Modelo OMEP
005). Las mismas se emitieron entre el 12 y 22 de mayo de 1998.
En el Récord
de Cotizaciones correspondiente
a las compras de los acondicionadores
de aire se indicó que se compraron
a la compañía seleccionada porque
era la única que proveía los equipos.
Dicho documento fue firmado por
la Delegada Compradora y por el
Director de la Oficina Regional.
Sin embargo, en el Contrato
Núm. C-38-007 del 23 de febrero
de 1998 de la Administración
de Servicios Generales (ASG) hay
incluido dos proveedores que venden
los mismos acondicionadores de
aire que adquirió la Oficina Regional.
La Delegada Compradora había informado
a nuestros auditores que, por uso
y costumbre, se consideraban los
proveedores que tenían contratos
con la ASG para no tener que solicitar
cotizaciones. El costo unitario
cotizado por los dos proveedores
era $1,100 y $1,059 para los aires
de 36,000 BTU. Para los de 60,000
BTU cotizaron $1,539 y $1,520.
El Área de Compras de la Oficina
Central de la OMEP mantenía copia
del referido contrato. La Delegada
Compradora que preparó el Récord
de Cotizaciones no consideró los
proveedores contratados por la
ASG para efectuar dichas compras.
El 15 de octubre
de 1999 la mencionada Delegada Compradora
nos indicó que el Director de la
Oficina Regional estableció en las órdenes
de compra indicadas el nombre del
proveedor al que se le efectuarían
las mismas. Ello, a pesar de que
la función de efectuar la compra
a proveedores contratados por la
ASG correspondía al Área de Compras
de la Oficina Regional y la subasta
a la División de Contrataciones de
la OMEP.
2. En
la compra de las 30 consolas de acondicionadores
de aire no se consideró el trabajo
de instalación. Para la adquisición
de estos servicios tampoco se efectuó subasta
formal. Dichos servicios se adjudicaron
también al proveedor a quien se le
efectuó la compra de los acondicionadores
de aire. El 7 de diciembre de 1998
y el 27 de mayo de 1999 se efectuaron
las pagos por $18,000 y $20,290,
respectivamente. Los comprobantes
fueron aprobados por el Director
de la Oficina Regional.
El total de las
compras para adquirir los bienes
y servicios indicados ascendió a
$126,690.
3. Para
37 de las compras (58 por ciento)
de bienes y servicios por $70,317
no se solicitaron cotizaciones de
precio a, por lo menos, tres proveedores
representativos en el mercado. De éstas,
para 35 por $68,860 no se solicitó ninguna
cotización de precio y para las 2
restantes por $1,457 ($342 y $1,115)
se solicitaron 2 cotizaciones. Las
compras se efectuaron del 18 de diciembre
de 1996 al 7 de septiembre de 1999.
El Récord de Cotizaciones correspondiente
a 34 de las 37 compras estaba firmado
por la Delegada Compradora y por
el Director de la Oficina Regional.
Para las restantes tres correspondientes
a compras por $3,490 el documento
no tenía la firma del Director de
la Oficina Regional. El nombre de ésta
aparecía escrito a maquinilla.
Las situaciones
comentadas en los apartados a.1)
al 3) privaron a la Oficina Regional
de realizar los procesos establecidos
para obtener las mejores ofertas
mediante la libre competencia entre
los proveedores cualificados. Esto
propicia el ambiente para que haya
favoritismo hacia unos proveedores
en particular y le resta transparencia
a dichas operaciones. Por otro lado,
la Oficina Regional se hubiese ahorrado
$54,786 si hubiera considerado a
los proveedores contratados por la
ASG en la compra de los acondicionadores
de aire. Ello privó a la Oficina
Regional de recursos por dicho importe
para llevar a cabo otras actividades.
4. Las
64 órdenes de compras examinadas
no tenían la firma de la Jefa del Área
de Contabilidad de la Oficina Regional
en la certificación de disponibilidad
de los fondos requerida para autorizar
el proceso de compras de bienes y
servicios. En el espacio provisto
para ello aparecía la firma del Director
de la Oficina Regional, en vez de
la firma de dicha funcionaria. Al
respecto, la Jefa del Área de Contabilidad
le informó a nuestros auditores que
por instrucciones de uno de los funcionarios
que se desempeñó como Director de
la Oficina Regional la orden de compra
no se enviaba al Área de Contabilidad
para registrar la obligación de la
deuda a contraerse. Nos indicó, además,
que el Director de la Oficina Regional,
luego de aprobar la orden de compra,
la envía directamente al Área de
Compras para que se proceda a tramitar
la compra al proveedor. Por ello,
dicho funcionario es el que aparece
autorizando la orden de compra en
la sección que provee para certificar
la disponibilidad de fondos. De los
documentos examinados se desprende
que desde la primera orden de compra
examinada, del 25 de septiembre de
1996, no se obligaban los fondos
en el Área de Contabilidad.
La situación señalada
impide a la Oficina Regional mantener
un control adecuado del presupuesto.
Ello, a su vez, impide mantener registros
confiables del resultado de sus operaciones,
ya que no se registran los compromisos
contraídos. De acuerdo con una relación
suministrada por la Jefa del Área
de Contabilidad, al 30 de junio de
2000 la Oficina Regional tenía 359
cuentas por pagar por $1,290,473. Ésta
indicó que no se había podido efectuar
el pago debido a que la OMEP no había
autorizado al Banco Gubernamental
de Fomento (BGF) la transferencia
de los fondos.
5. El
formulario Requisición de Materiales
al Mercado Libre provee para
la firma del empleado que solicita
los bienes y la del Director de Área
o su representante autorizado. Además,
provee para que se indique el propósito
para los cuales se utilizarán los
materiales o servicios solicitados.
El examen de las requisiciones emitidas
para efectuar las 64 compras reveló que:
a) Para
30 de las requisiciones (47 por
ciento) correspondientes a igual
número de compras por $55,678,
para la adquisición de materiales
de construcción, de plomería y
de electricidad no se indicó para
qué escuela o proyecto se utilizarían
los materiales o servicios solicitados.
De las 38 requisiciones, 35 fueron
firmadas por el Director de la
Oficina Regional. Los funcionarios
que se desempeñaron como directores
de la Oficina Regional en el período
auditado no requirieron que se
incluyera dicha información antes
de aprobar la requisición.
b) El
Guardalmacén de la Oficina Regional
nos informó que para 17 de las
compras (27 por ciento) por $48,049
no recibió los materiales. Tampoco
tenía el informe de recibo que
debió haberse emitido de las mismas.
El 23 de septiembre de 1999 éste
nos indicó que para 9 de las 17
compras por $18,677 los materiales
fueron despachados directamente
del proveedor al proyecto o escuela
donde se utilizarían los mismos.
Observamos que en las nueve compras
se indicó en la orden DP.
El Guardalmacén nos indicó que
esas iniciales significan directo
al proyecto.
c) Los
supervisores y empleados que firmaron
las requisiciones o recibieron
los materiales de 15 de las compras
por $39,859 nos indicaron que los
mismos se usaron para reparaciones
en diferentes escuelas. Sin embargo, éstos
no nos pudieron identificar los
proyectos o escuelas en los cuales
se usaron los materiales. En las
requisiciones se indicó que dichos
materiales se utilizarían en la
Oficina Central de la OMEP, en
el Taller de Soldadura de la Oficina
Regional o entregados en los almacenes.
La falta de información
sobre los procesos relacionados con
la requisición, compra y recibo de
los bienes adquiridos impide mantener
un control adecuado de dichas operaciones.
Ello propicia el ambiente para la
comisión de irregularidades en dichas
transacciones y dificulta fijar responsabilidades
en caso de determinarse, con los
consiguientes efectos adversos para
el erario. [Apartados a. al c.]
2-a. Al
5 de marzo de 2000 la Oficina Regional
tenía dos almacenes. Uno de ellos estaba
localizado en la Oficina Regional en
la Antigua Base Naval en Miramar y
el otro en la Urbanización Los Ángeles
en Carolina. En los referidos almacenes
se guardaban los materiales de electricidad,
de plomería y de construcción que utilizaba
el personal de la Oficina Regional
para realizar los trabajos de reparación
y mantenimiento a las escuelas. A partir
del 6 de marzo de 2000 el almacén que
estaba en la Base Naval en Miramar
fue cerrado debido a que la Oficina
Regional se mudó a la Urbanización
Los Ángeles en Carolina.
El examen de los procesos
relacionados con el recibo, control
y despacho de los materiales que se
mantenían en los almacenes en los años
fiscales del 1997-98
al 1999-2000 reveló lo siguiente:
1. Examinamos
la Solicitud y Conduce de Materiales que
recibió el Guardalmacén del almacén
localizado en la Base Naval en Miramar
para verificar en qué lugares se utilizaron
los materiales despachados. Los materiales
estaban relacionados con 30 de las
compras señaladas en el Apartado
5) del Hallazgo 1. En 13
de los formularios relacionados con
compras por $7,629 no se indicó para
qué escuela o proyecto se utilizarían
los materiales a ser despachados por
el almacén y la necesidad de los mismos.
En cada uno de los documentos se indicaba
en términos generales el lugar en donde
se utilizarían los mismos, como la
Oficina Central de OMEP o el Taller
de Soldadura de la Oficina Regional.
Dicha información no permitía identificar
en el lugar u oficina en específico
en donde se utilizaron los materiales.
Por otro lado, examinamos
otros 11 formularios de Solicitud
y Conduce de Materiales por $2,350
emitidos del 8 de junio de 1997 al
21 de abril de 1999. Los mismos fueron
recibidos en el almacén de la Base
Naval en Miramar. En ninguno de los
documentos tampoco se indicó la escuela
o el proyecto para las cuales se solicitaron
los materiales despachados.
2. No
se realizaron inventarios físicos periódicos
para los años fiscales del 1997-98
al 1999-00 de los materiales existentes
en ambos almacenes. Tampoco se realizó un
inventario cuando se cerró el almacén
de la Base Naval en Miramar para identificar
el inventario que fue transferido al
almacén localizado en la Urbanización
Los Ángeles en Carolina.
Las situaciones señaladas
impiden a la Oficina Regional mantener
un control adecuado de las operaciones
relacionadas con los inventarios de
materiales. Además, propician el ambiente
para el uso indebido y la desaparición
de los materiales que se mantienen
en inventario y dificulta fijar responsabilidades.
Ejemplo de ello es lo siguiente:
Una de las 64 compras
examinadas que se comentan en el Hallazgo
1 era para la adquisición de
cisternas de 400 y de 600 galones.
El 31 de agosto de 1999, en compañía
de un empleado de la Oficina Regional,
efectuamos pruebas físicas para verificar
las unidades que se mantenían en
inventario de las cisternas. De acuerdo
con el inventario, había en existencia
67 de 400 galones y 32 de 600 galones.
Al comparar dichos balances con el Récord
de Inventario Perpetuo y con
los Recibos por Propiedad en Uso (Modelo
SC-1211) determinamos que, a
la referida fecha, la cantidad disponible
de cisternas en el almacén debió ser
de 74 de 400 galones y de 41 de 600
galones para un total de 115 cisternas,
en lugar de 99. Ello representa una
diferencia de menos de 7 cisternas
de 400 y 9 de 600 adquiridas a un
costo de $215 y $275, respectivamente,
para un total de $3,980. En relación
con dichas diferencias, mediante
carta del 4 de octubre de 2000, el
Gerente General de la OMEP nos indicó que
impartió instrucciones para que se
investigaran las diferencias de las
cisternas determinadas en dicho inventario.
3-a. La Oficina Regional
utilizaba personal irregular para realizar
trabajos de construcción y mejoras
en las escuelas. Estos empleados son
supervisados por un maestro de obra
o capataz, quien, a su vez, es supervisado
por un Supervisor de Brigada nombrado
por el Director de la Oficina Regional.
De enero de 1997 a
diciembre de 1999 la Oficina Regional
pagó $117,570 a 10 de éstos empleados
por 9,681 horas extras reclamadas.
Examinamos los documentos de pago por
$14,597 correspondientes a 1,254 horas
extras reclamadas por los 10 empleados
en febrero y noviembre de 1997, junio
de 1998 y marzo de 1999. Determinamos
que la Oficina Regional se apartó de
lo dispuesto en la reglamentación aplicable
al no mantener ningún documento que
evidencie la legalidad y corrección
de las horas extras reclamadas por
los empleados, y que los trabajos se
realizaron en los sitios para los cuales
fueron solicitados, según se indica:
1. Para
ninguno de los casos los empleados
que se desempeñaron como Supervisor
de Brigada de los 10 empleados prepararon
una Solicitud de Autorización
para Trabajar Horas Extras. Tampoco
prepararon el Informe de Asistencia
a Proyectos ni requirieron la
autorización por escrito del Director
de la Oficina Regional. Dicho documento
provee para que se indique la fecha,
las horas trabajadas, la escuela
o proyecto al cual asistió la brigada,
el nombre del supervisor, el nombre
de cada trabajador y la función o
puesto. Observamos que para otros
proyectos se preparó dicho formulario.
Los supervisores
que certificaron las hojas de asistencia
o tarjeta de ponchar de los 10 empleados
nos indicaron, mediante entrevistas,
que no recordaban en qué proyectos
o escuelas trabajaron los empleados
que reclamaron horas extras. Además,
algunos de los empleados que reclamaron
horas extras nos indicaron que no
recordaban el proyecto o la escuela
donde se le requirió trabajar fuera
de sus horas laborables. El Director
Regional tampoco nos pudo indicar
los proyectos donde trabajaron estos
empleados.
2. Para
los 10 casos examinados los supervisores
de brigada tampoco prepararon los
informes de asistencia a los proyectos.
Este informe se utiliza para preparar
el Comprobante de Gastos de Viaje.
Sólo se incluyó el nombre de uno
de los empleados en un informe preparado
para el período del 1 al 15 de febrero
de 1997. En dicho informe se indicó la
escuela en que trabajó y la fecha
del mismo (4 de febrero de 1997).
En otros informes preparados por
los referidos empleados, los cuales
eran utilizados para preparar el Comprobante
de Gastos de Viaje, únicamente
se indicaba la fecha, el pueblo y
las horas regulares de entrada y
salida.
Las situaciones señaladas
impiden a la Oficina Regional mantener
un control adecuado de las horas extras
reclamadas por los empleados irregulares.
Además, la ausencia de la mencionada
información nos impidió verificar la
corrección del pago por $14,597 por
las horas extras reclamadas por los
10 empleados. Dichas situaciones pueden
propiciar pagos indebidos por horas
extras no trabajadas. Además, puede
propiciar que los trabajos no se realicen
para un fin público.
4-a. Un empleado del Área
de Contabilidad de la Oficina Regional
estaba a cargo de hacer las entradas
en el Registro de Inventario Perpetuo de
todo el equipo y de los materiales
que se guardaban en los almacenes.
Para realizar dicho trabajo el empleado
utilizaba copia del informe de recibo
firmada por el Guardalmacén y la Solicitud
y Conduce de Materiales. De esta
forma se mantenía información de la
persona o el lugar donde se había despachado
el equipo o los materiales. Dichas
operaciones eran supervisadas por la
Jefa del Área de Contabilidad.
Examinamos 15 de las
64 compras indicadas en el Hallazgo
1 para verificar si las unidades
adquiridas estaban incluidas en el Registro
de Inventario Perpetuo. El examen
efectuado reveló lo siguiente:
1) Las
unidades adquiridas mediante 12 (80
por ciento) de las compras por $14,221
no fueron anotadas en el Registro
de Inventario Perpetuo.
2) Observamos
que la información que contenía el Registro
de Inventario Perpetuo no era
confiable. Aparecían unidades de
inventario con balances negativos.
En otros documentos había tachaduras
y errores matemáticos.
Las situaciones señaladas
impiden a la Oficina Regional mantener
un control adecuado de las operaciones
relacionadas con los inventarios perpetuos.
Por otro lado, la ausencia de récords
de inventario actualizados impide mantener
información financiera confiable y
oportuna de dichas operaciones. Dichas
situaciones aumentan el riesgo de pérdida
o uso indebido de los mismos, y puede
dificultar fijar responsabilidades
en cualquier situación irregular que
ocurra.
En la parte del informe
titulada RELACIÓN DETALLADA DE HALLAZGOS comentamos
detalladamente los hallazgos resumidos
clasificados como principales.
El Informe de Auditoría DA-01-32, emitido
por nuestra Oficina el 6 de junio de
2001 se puede conseguir en nuestra
página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
ANEJO 1
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
OFICINA PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE PUERTO RICO
OFICINA REGIONAL DE SAN JUAN
INFORMACIÓN SOBRE LA
UNIDAD AUDITADA
La OMEP se creó mediante
la Resolución Conjunta Núm. 3 del 28
de agosto
de 1990, con el propósito de poner en función un programa acelerado para
la reparación y el embellecimiento de los planteles escolares y para la compra
de libros, pupitres, materiales y el equipo didáctico necesario para el proceso
de enseñanza. En la Resolución Conjunta Núm. 3 se establece, además,
que la OMEP operaría por un período de 24 meses a partir del momento en que
se pusiera a su disponibilidad $200 millones provenientes de la venta de la
Telefónica. Mediante la Ley Núm. 34 del 29 de julio de 1991 se enmendó el
período de vigencia de la OMEP para que ésta llevara a cabo sus operaciones
durante el tiempo que fuera necesario para implantar el plan de mejoras y reparaciones
de las escuelas públicas, y para completar el pago de cualquier empréstito
autorizado por el Banco Gubernamental de Fomento y otras entidades financieras.
Además, mediante dicha Ley se autorizó a la OMEP a obtener financiamiento
hasta un monto de $125,000,000.
Por otro lado, en la Resolución
Conjunta Núm. 3 se autoriza a la
OMEP, entre otras cosas, a operar sin
sujeción a la Ley Núm. 230 del 23
de julio de 1974, Ley de Contabilidad
del Gobierno de Puerto Rico, a la Ley
Núm. 5 del 14 de octubre de 1975,
conocida como Ley de Personal del
Servicio Público de Puerto Rico,
y a la Ley Núm. 164 del 23 de julio
de 1974, Ley de la Administración
de Servicios Generales.
Mediante el Boletín
Administrativo Núm. OE-1993-16, emitido
por el Gobernador el 28 de abril de 1993
se reubicó a la OMEP en la ASG. Posteriormente,
el 26 de enero de 1995, mediante el Boletín
Administrativo Núm. OE-1995-11, el
Gobernador transfirió la dirección y
administración de la OMEP al Departamento
y ordenó la reubicación física de ésta
en dicha agencia. Además, mediante dicho Boletín,
se designó al Secretario del Departamento
(Secretario) como Director Ejecutivo
de la OMEP.
Mediante carta del 30
de abril de 1996 el Secretario convirtió las
oficinas regionales de la Unidad de Mantenimiento
de Edificios Escolares (UMEED) del Departamento
en oficinas regionales de la OMEP. Además,
el Secretario les transfirió a las oficinas
regionales todo el personal, materiales,
equipos y suministros que tenía en ese
momento la UMEED. Al 31 de diciembre de
2000 los servicios de la OMEP se canalizan
a través de una oficina central y siete
oficinas regionales.
La OMEP es administrada
por un Gerente General nombrado por el
Secretario. El Gerente General le responde
al Subsecretario de Administración del
Departamento. Las oficinas regionales son
administradas por un Director Regional
nombrado por el Gerente General de la OMEP.
De acuerdo con el Informe
de Gastos y Obligaciones, en los
años fiscales del
1997-98 al 1999-00 la OMEP le transfirió fondos a la Oficina Regional por $22,067,590.
En dichos años fiscales efectuó desembolsos e incurrió en obligaciones por
$22,961,456, según se indica:
| AÑO
FISCAL |
RECURSOS |
DESEMBOLSOS Y OBLIGACIONES
|
BALANCE
|
|
1997-98
|
$ 6,912,756 |
$ 7,040,264
|
($ 127,508) |
|
1998-99
|
11,305,414 |
12,506,706
|
(1,201,292) |
|
1999-00
|
3,849,420 |
3,414,486
|
434,934 |
|
TOTAL
|
$22,067,590 |
$22,961,456
|
|
El 5 de marzo de 2001
la Gerente de Administración de la OMEP
nos informó que por instrucciones del Subsecretario
del Departamento de Educación se le autorizó a
las oficinas regionales a efectuar las
compras de bienes y servicios que fueran
necesarias para atender las emergencias,
independientemente de que no se les hubieran
transferido los fondos. Nos indicó, además,
que las transferencias se hacían a base
de reembolso. También nos informó que,
a pesar de que en los años fiscales 1997-98
y 1998-99 aparecían reflejados sobregiros
en el informe indicado, en la realidad
no existían los mismos debido a que había
un gran número de órdenes de compras y
otros compromisos contraídos para la adquisición
de bienes y servicios para los cuales no
se habían efectuado los desembolsos. En
dichos años fiscales los fondos obligados
ascendían a $1,477,355 y $1,927,713.
ANEJO 2
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
OFICINA PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE PUERTO RICO
OFICINA REGIONAL DE SAN JUAN
CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO
DE UN HALLAZGO
En nuestros informes de
auditoría se incluyen los hallazgos significativos
determinados por las pruebas realizadas. Éstos
se clasifican como principales o secundarios.
Los principales incluyen desviaciones de
disposiciones sobre las operaciones de
la unidad auditada que tienen un efecto
material, tanto en el aspecto cuantitativo
como en el cualitativo. Los secundarios
son los que consisten en faltas o errores
que no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe
se presentan según los atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de informes
de nuestra Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
Situación - Los
hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio- El marco
de referencia para evaluar la situación.
Es principalmente una ley, reglamento,
carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de
sana administración, principio de contabilidad
generalmente aceptado, opinión de un
experto o juicio del auditor.
Efecto - Lo que significa,
real o potencialmente, no cumplir con
el criterio.
Causa - La razón fundamental
por la cual ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que
se tomen las medidas necesarias sobre los
errores, irregularidades o actos ilegales
señalados.
En la sección sobre los COMENTARIOS
DE LA GERENCIA se indica si el funcionario
principal y los ex funcionarios de la
unidad auditada efectuaron comentarios
sobre los hallazgos incluidos en el borrador
del informe que les envía nuestra Oficina.
Dichos comentarios se consideran al revisar
el borrador del informe y se incluyen
al final del hallazgo correspondiente
en la sección de HALLAZGOS EN LA OFICINA
REGIONAL DE SAN JUAN DE LA OFICINA PARA
EL MEJORAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS
DE PUERTO RICO DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN;
de forma objetiva y conforme a las normas
de nuestra Oficina. Cuando la gerencia
no provee evidencia competente, suficiente
y relevante para refutar un hallazgo, éste
prevalece y se añade al final del mismo
la siguiente aseveración: Consideramos
las alegaciones de la gerencia, pero
determinamos que el hallazgo prevalece.
ANEJO 3
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
OFICINA PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS ESCUELAS PÚBLICAS DE PUERTO RICO
oficina regional de san juaN
FUNCIONARIOS PRINCIPALES
QUE ACTUARON DURANTE EL PERÍODO
DEL 1 DE JULIO DE 1997 AL 30 DE
JUNIO DE 2000
|
NOMBRE |
CARGO |
PERÍODO
|
| Desde |
Hasta |
|
Hon. Víctor
R. Fajardo Vélez |
Secretario del
Departamento |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Héctor R.
Nevárez Rivera |
Subsecretario
de Administración |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Alejandro
Ruiz Olivo |
Gerente General
de la OMEP |
16 ene. 00 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Luis A.
Guzmán Hernández |
" |
1 jul. 99 |
15 ene. 00 |
|
Sr. Ariel Ocasio
Rivera |
" |
2 ene. 98 |
30 jun. 99 |
|
Sr. Sergio Romero
Molina |
" |
6 ago. 97 |
31 nov. 97 |
|
Sr. Edgard Sánchez
Rivera |
" |
1 jul. 97 |
30 jul. 97 |
|
Vacante |
Subgerente General
de OMEP |
1 jul. 99 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Tyrone Ortiz
Hernández |
" |
2 ene. 98 |
30 jun. 99 |
|
Sr. Elio Leyte
Vidal |
" |
6 ago. 97 |
30 nov. 97 |
|
Sra. Nilda Landrón
Marrero |
Gerente de Administración de
OMEP |
11 feb. 98 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Héctor Febo
Díaz |
Director de
Finanzas |
16 abr. 98 |
30 jun. 00 |
Continuación del ANEJO
1
| NOMBRE |
CARGO |
PERÍODO
|
| DESDE |
HASTA |
|
Sr. Edward Rivera
Muñoz |
Director de
Finanzas |
19 dic. 97 |
15 abr. 98 |
|
Sr. Alfredo
Martínez Martínez |
" |
1 jul. 97 |
18 dic. 97 |
|
Sr. Sigfredo Carrión Domena |
Director, Oficina Regional de
San Juan |
24 abr. 00 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Juan Pérez Concepción |
" |
1 nov. 99 |
23 abr. 00 |
|
Sr. Héctor Nistal Saavedra |
" |
1 sep. 97 |
31 oct. 99 |
|
Sr. Alejandro Ruiz Olivo |
" |
1 jul. 97 |
31 ago. 97 |
|
Sr. Sigfredo Carrión Domena |
Jefe, Área de Administración
Oficina Regional de San Juan |
1 jul. 97 |
23 abr. 00 |
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Sra. Marta Resto Gómez |
Jefa, Área de Contabilidad Oficina
Regional de San Juan |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
|
Sra. María Vélez Meléndez |
Jefa, Área de
Personal
Oficina Regional
de San Juan |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
|
Sra. Consuelo García Rosa |
Jefa, Área de
Compras
Oficina Regional
de San Juan |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
|
Sr. Emilio Ortiz Acosta |
Jefe, Área de Transportación
Oficina Regional de San Juan |
1 jul. 97 |
30 jun. 00 |
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