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Nota: Este
Comunicado de Prensa incluye información
sobre la unidad auditada (Anejo 1), la
clasificación y contenido de los hallazgos
del informe (Anejo 2) y los funcionarios
principales que actuaron durante el período
auditado (Anejo 3).
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales del Area de
Seguros Públicos del Departamento de Hacienda
(Area de Seguros), para determinar si se
hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables.
Determinamos emitir tres
informes de esta auditoría. Este segundo
informe contiene el resultado del examen
de las operaciones relacionadas con el
trámite de reclamaciones que se originaron
de los contratos de fianzas de fidelidad
y las que se originaron por daños ocasionados
por el paso del Huracán Georges por Puerto
Rico y la contratación de corredores de
seguros. En el primer Informe de Auditoría
DA-00-27 del 8 de mayo de 2000 presentamos
el resultado del examen que realizamos
de las operaciones relacionadas con los
anticipos concedidos al Area de Seguros
para el pago de primas de seguros a las
agencias, a las corporaciones públicas
y a los municipios, las cuentas por cobrar
y las recaudaciones de los valores recibidos
para aplicar a dichos anticipos.
Las pruebas efectuadas
revelaron desviaciones de ley y de reglamentación
en las operaciones relacionadas con las
reclamaciones contra las fianzas de fidelidad
estatal y municipal tramitadas a las compañías
aseguradoras (hallazgos 1 al 3). Por ello,
en nuestra opinión, dichas operaciones
no se realizaron de acuerdo con la ley
y la reglamentación aplicables. Las pruebas
efectuadas sobre las demás operaciones
se realizaron sustancialmente de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables.
A continuación se resumen
los hallazgos 1 al 3 clasificados como
principales:
1. Al 30 de junio de 2000
en el Area de Seguros había 49 reclamaciones
de cobro por $2,001,247 correspondientes
a los años fiscales del 1989-90 al 1999-00.
De éstas, 28 por $568,664 correspondían
a las pólizas por la fianza estatal y 21
por $1,432,583 a las pólizas por la fianza
municipal. Además, había un caso
por $67,500 que fue referido al Secretario
de Justicia el 17 de diciembre de 1996.
De acuerdo con la información suministrada
por el Director de la División de Asuntos
Contributivos y Deudores del Estado del
Departamento de Justicia, al 30 de junio
de 2000 este caso estaba pendiente de una última
gestión de cobro a la compañía aseguradora
para tomar una determinación final.
El examen efectuado reveló que
al 30 de junio de 2000 no se habían hecho
gestiones efectivas con cuatro compañías
de seguros para lograr el cobro de las
reclamaciones pendientes por $2,001,247,
según se indica:
a. A la referida fecha
el Area de Seguros no había referido al
Comisionado de Seguros ni al Departamento
de Justicia cinco de las reclamaciones
por $462,597 para que se solicitara a las
compañías de seguros su resolución inmediata.
Las reclamaciones fueron sometidas a las
compañías aseguradoras entre el 14 de agosto
de 1998 y el 18 de febrero de 2000. Las
mismas estaban pendientes de resolución,
a pesar de haber transcurrido entre 4 y
22 meses de haberse sometido a las compañías
aseguradoras los documentos requeridos.
b. Al 30 de junio de 2000
el Técnico de Seguros a cargo de Reclaciones
no había referido al Comisionado de Seguros
ni al Departamento de Justicia los expedientes
de 25 reclamaciones por $1,256,271 que
llevaban más de tres años pendientes de
resolución. Las 25 reclamaciones se habían
originado antes del año fiscal 1996-97.
Por el tiempo transcurrido, los casos estaban
prescritos para propósitos de iniciar una
acción judicial de cobro.
Las referidas situaciones
propician que el Gobierno pierda millones
de dólares al prescribir el tiempo dispuesto
para iniciar acciones judiciales contra
las compañías de seguros y los empleados
responsables de la pérdida de la propiedad
y de los fondos públicos. Ejemplo de ello
es que las 25 reclamaciones por $1,256,271
que tenían más de tres años de haberse
originado estaban prescritas para fines
de iniciar una acción judicial por parte
del Gobierno. Estas reclamaciones y las
restantes 24 por $744,976 que estaban pendientes
de resolución final, ascendentes a $2,001,247,
demuestran la falta de efectividad en las
gestiones para el cobro de las mismas.
Ello, a su vez, afecta adversamente la
confianza de las entidades gubernamentales
y los municipios en los servicios que les
provee el Area de Seguros relacionados
con las reclamaciones a las compañías aseguradoras.
Además, no someter a tiempo al Comisionado
de Seguros y al Departamento de Justicia
las reclamaciones pendientes de resolución
impidió a dichas agencias considerar los
casos para tomar las medidas correspondientes
y proteger el interés público.
Las situaciones señaladas
también pueden propiciar la comisión de
irregularidades, con los consiguientes
efectos adversos para el erario.
2. El examen de los expedientes
de 6 reclamaciones por $5,941,494 reveló deficiencias
y desviaciones de la reglamentación en
3 (50 por ciento) de las reclamaciones
tramitadas, según se indica:
a. El caso E-97/98-01
por $40,838 relacionado con una reclamación
contra la fianza de fidelidad de un empleado
del Departamento de la Familia por el uso
de fondos recaudados para fines privados
fue denegado por la compañía aseguradora
porque el "Proof of Loss, Form AS
4258" ("Proof of Loss")
se envió con 17 días de atraso. Dicho caso
se notificó a la compañía de seguros el
22 de septiembre de 1997, por lo que el
período de ocho meses para someter el "Proof
of Loss" expiraba el 22 de mayo de
1998. El referido formulario se preparó el
11 de marzo de 1998 y se sometió a la compañía
de seguros el 8 de junio de 2000. El Técnico
de Seguros a cargo de Reclamaciones indicó que
el atraso obedeció a que se extravió el
expediente en la mudanza efectuada del
Area de Seguros de San Juan al Edificio
Cobian's Plaza en Santurce.
b. El caso M-94/95-06
por $235,221, cuyos hechos se extendieron
de junio de 1991 a diciembre de 1993, se
reclamó a la compañía aseguradora contra
la fianza del año fiscal 1986-87 y sin
someter el "Proof of Loss" correspondiente.
La reclamación por la referida cantidad
surgió de una recomendación de nuestra
Oficina que se incluyó en el Informe de
Auditoría M-94-16 del Municipio de Barceloneta.
La reclamación se hizo contra la fianza
de los funcionarios por honorarios pagados
en exceso a un Asesor del referido Municipio,
según señalado en el informe de auditoría
mencionado. Dicha reclamación se hizo mediante
carta del 19 de mayo de 1995. El 19 de
junio de 1995 la compañía aseguradora rechazó la
reclamación porque, alegadamente, el período
para formular la reclamación contra la
fianza del año fiscal 1986-87 había expirado
en el 1988-89. Además, se le indicó al
Area de Seguros que la reclamación se había
recibido sin el formulario de "Proof
of Loss" correspondiente.
El Técnico de Seguros
a cargo de Reclamaciones utilizó la referida
carta para cerrar el caso el 27 de junio
de 1995. Este le indicó a nuestros auditores
que no evaluó nuevamente el caso, por lo
que no se percató que se podía reclamar
el mismo contra las fianzas de los años
fiscales 1992-93 y 1993-94.
c. El caso M-94/95-23B
por $253,509 fue reclamado a la compañía
aseguradora el 11 de marzo de 1996 mediante
el formulario "Proof of Loss".
La compañía aseguradora indicó que el caso
no se procesó debido a que no tenía toda
la información necesaria para aceptar la
reclamación, según se indica:
La reclamación surgió de
una auditoría realizada por esta Oficina
al Municipio de Quebradillas. En la misma
se determinan pagos en exceso efectuados
a contratistas por trabajos realizados
para el referido Municipio, según señalado
en el Informe de Auditoría M-95-1. El 19
de abril de 1996 la compañía aseguradora
envió una carta al corredor de seguros
en la que le solicitó información adicional
para poder procesar el caso. En dicha carta
el representante legal de la aseguradora
le solicitó al corredor de seguros que
necesitaba información detallada y específica
de los actos que se le imputaban al Director
de Finanzas y al Alcalde del referido Municipio.
Además, que le informara o le proveyera
de cualquier investigación o acción legal,
criminal o civil iniciada por el Municipio
de Quebradillas o por el Departamento de
Justicia por los actos alegados. El corredor
de seguros, a su vez, le sometió la carta
al Area de Seguros mediante facsímil del
4 de mayo de 1996. No fue hasta el 20 de
junio de 1997, cuando habían transcurrido
13 meses, que el Técnico de Seguros a cargo
de Reclamaciones dio un seguimiento a este
caso. En dicha fecha cerró el mismo aduciendo
falta de cooperación por parte del municipio
que motivó la reclamación.
Las situaciones señaladas
en los apartados "a" al "c" propician
que las compañías afianzadoras se nieguen
a atender reclamaciones contra las fianzas
bajo la alegación de que se radicaron tarde,
que el período de descubrimiento venció o
que no se recibe toda la información necesaria
para evaluar el caso. Estas situaciones
ocasionaron, además, que el Gobierno pierda
miles de dólares al prescribir los términos
de tiempo para someter el "Proof of
Loss" a las compañías aseguradoras.
También pueden dar lugar a que se cometan
irregularidades y que no se detecten a
tiempo, con los consiguientes efectos adversos
para el erario.
3. El Técnico de Seguros
a cargo de Reclamaciones realizaba funciones
conflictivas relacionadas con el trámite
de reclamaciones a compañías de seguros.
Desde el 12 de enero de 1995, fecha en
que comenzó a desempeñarse en ese puesto
hasta el 30 de junio de 2000, éste realizaba,
entre otras, las siguientes funciones:
- Recibía y mantenía las
notificaciones sobre irregularidades reportadas
por las agencias y por los municipios relacionadas
con los casos de hurto y desaparición de
propiedad y fondos públicos.
- Recibía y mantenía los
informes emitidos por la Oficina del Contralor
y por las oficinas de auditoría interna
de las agencias y de los municipios sobre
los casos de hurto y desaparición de propiedad
y fondos públicos.
- Preparaba los documentos
para efectuar las reclamaciones que surgían
de la evaluación de las notificaciones
o de los informes de auditorías.
- Anotaba las reclamaciones
en los registros que se mantienen para
esos propósitos.
- Enviaba las reclamaciones
a las compañías aseguradoras mediante los
corredores de seguros para solicitar la
investigación, el ajuste y la resolución
de las mismas.
- Recibía los cheques
que emitían las compañías de seguros para
honrar las reclamaciones y gestionaba la
disposición de los mismos a través de la
División de Finanzas del Area de Seguros.
Las funciones de recibir,
preparar, registrar y enviar las reclamaciones
a las compañías aseguradoras son conflictivas
con las de recibir los cheques emitidos
por dichas compañías.
La situación señalada
impide al Area de Seguros mantener un control
adecuado de dichas operaciones. Ejemplo
de ello son las situaciones comentadas
en los hallazgos 1 y 2 resumidos. Además,
puede propiciar la comisión de irregularidades
y que éstas no se puedan detectar a tiempo,
con los consiguientes efectos adversos
para el erario.
El Informe de Auditoría DA-01-28, emitido
por nuestra Oficina el 29 de mayo de 2001,
se puede conseguir en nuestra página de
la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
Anejo 1
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
AREA DE SEGUROS PUBLICOS
INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
En el Artículo 12.020
de la Ley Núm. 77 del 19 de junio de 1957,
según enmendada, conocida como Código de
Seguros de Puerto Rico, se dispone, entre
otras cosas, que el Secretario de Hacienda
(Secretario) gestionará y contratará los
seguros del Estado Libre Asociado y sus
municipios, corporaciones y autoridades
públicas. El Area de Seguros es la dependencia
del Departamento de Hacienda (Departamento)
que se encarga de gestionar la contratación
de seguros y fianzas para proteger a las
agencias, a las corporaciones públicas
y a los municipios contra toda clase de
riesgos previsibles. Desde enero de 1994
el Secretario comenzó la contratación de
corredores de seguros para el desarrollo
de programas de servicios de evaluación
de riesgos, control de pérdidas y de asesoramiento
en la gestión y contratación de los seguros
para cubrir los riesgos del Gobierno. A
partir de dicha fecha, los pagos de las
primas de seguros contratadas los efectúa
el Area de Seguros mediante anticipos provenientes
del Fondo General. El Area de Seguros es
dirigida por un Asesor Técnico del Secretario
quien realizaba las funciones de Director
del Area de Seguros.
El Area de Seguros realiza
sus operaciones mediante la Oficina del
Director y las divisiones de Contabilidad,
la de Contratación e Intervención de Seguros
y la de Reclamaciones. Las reclamaciones
por pérdidas cubiertas en las pólizas de
seguro contratadas son atendidas por los
corredores de seguros, mientras que las
pérdidas relacionadas con las fianzas global
estatal y municipal son referidas a la
División de Reclamaciones.
En los años fiscales del
1997-98 al 1999-00 el Area de Seguros contrató fianzas
globales estatales y municipales por $403,609,
$363,247 y $332,234, respectivamente. Además,
en los referidos años fiscales se tramitaron
las siguientes reclamaciones contra dichas
fianzas:
|
Reclamaciones
contra las fianzas 1 |
|
Estatal |
Municipal |
Total |
| Año fiscal |
Número |
Importe |
Número |
Importe |
Total |
| 1995-96 |
4 |
$122,885 |
- |
- |
$122,885 |
|
|
|
|
|
|
| 1996-97 |
1 |
6,762 |
- |
- |
6,762 |
|
|
|
|
|
|
| 1997-98 |
3 |
84,838 |
6 |
$ 95,097 |
179,935 |
|
|
|
|
|
|
| 1998-99 |
8 |
293,173 |
- |
- |
293,173 |
|
|
|
|
|
|
| 1999-00 |
9 |
108,795 |
1 |
89,156 |
197,951 |
|
|
|
|
|
|
| Total |
25 |
$616,453 |
7 |
$184,253 |
$800,706 |
Anejo 2
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
AREA DE SEGUROS PUBLICOS
CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros informes de
auditoría se incluyen los hallazgos significativos
determinados en las pruebas realizadas.
Estos se clasifican como principales y
secundarios. Los principales incluyen desviaciones
de disposiciones con un efecto material,
tanto en el aspecto cuantitativo como en
el cualitativo, sobre las operaciones de
la entidad auditada. Se clasifican como
hallazgos secundarios los que consisten
en faltas o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los hallazgos del informe
están presentados a base de atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de informes
de esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos
encontrados en la auditoría indicativos
de que no se cumplió con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco
de referencia para evaluar la situación.
Es principalmente una ley, reglamento,
carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de sana
administración, principio de contabilidad
generalmente aceptado, opinión de un experto
o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa,
real o potencialmente, no cumplir con el
criterio.
4. Causa - La razón fundamental
por la cual ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que
se tomen las medidas necesarias sobre los
errores, irregularidades o actos ilegales
señalados.
En la sección "Comentarios
de la Gerencia" del informe se incluye
información sobre la contestación de la
gerencia con respecto a los asuntos señalados.
Referente a las situaciones que la gerencia
ofreció información específica, ésta se
incluye al final del hallazgo correspondiente.
Anejo 3
DEPARTAMENTO DE HACIENDA
AREA DE SEGUROS PUBLICOS
Funcionarios principales
que actuaron durante el período auditado
| Nombre |
Cargo |
Período |
| Desde |
Hasta |
| Hon. Xenia Vélez Silva |
Secretaria de Hacienda |
20 nov 97 |
30 jun 00 |
|
|
|
|
| CPA Juan A. Alvarado Zayas |
Secretario de Hacienda Interino |
1 oct 97 |
19 nov 97 |
|
|
|
|
| Hon. Manuel Díaz Saldaña |
Secretario de Hacienda |
1 jul 93 |
30 sep 97 |
|
|
|
|
| Lic. Eduardo J. Negrón Méndez |
Subsecretario de Hacienda |
20 nov 97 |
30 jun 00 |
|
|
|
|
| Vacante |
" |
1 oct 97 |
19 nov 97 |
|
|
|
|
| CPA Juan A. Alvarado Zayas |
" |
1 ene 97 |
30 sep 97 |
|
|
|
|
| CPA Yesmín Valdivieso Galib |
Subsecretaria de Hacienda |
1 jul 93 |
31 dic 96 |
|
|
|
|
| Lic. Aida Carrillo De Jesús |
Directora del Area de Seguros
Públicos Interina |
1 may 99 |
30 jun 00 |
|
|
|
|
| Sra. Glorimar Rivero Rivera |
Directora del Area de Seguros
Públicos |
9 dic 96 |
30 abr 99 |
|
|
|
|
| Lic. Aida Carrillo De Jesús |
Directora del Area de Seguros
Públicos Interina
|
24 ago 96 |
8 dic 96 |
|
|
|
|
| Sr. Edwin Rivera Malavé |
Director del Area de Seguros
Públicos |
3 oct 94 |
23 ago 96 |
|
|
|
|
|
Lic. Aida Carrillo De Jesús |
Directora del Area de Seguros
Públicos Interina
|
7 jun 94
|
2 oct 94
|
|
|
|
|
| Sr. Ramón A. Ríos Castro |
Director del Area de Seguros
Públicos
|
3 jul 93 |
6 jun 94 |
|
|
|
|
| Vacante |
Subdirector del Area de
Seguros Públicos |
1 abr 99 |
30 jun 00 |
|
|
|
|
|
Lic. Aida Carrillo de Jesús |
Subdirectora del Area de
Seguros Públicos
|
24 ago 93
|
30 abr 99 |
| Nombre |
Cargo |
Período |
| Desde |
Hasta |
| Sr. Víctor Merced Maldonado |
Subdirector del Area de
Seguros Públicos
|
1 jul 93 |
23 ago 93 |
|
|
|
|
| Sr. Pablo Requena Fraticelli |
Técnico de Seguros II a cargo
de Reclamaciones |
12 ene 95 |
30 jun 00 |
|
|
|
|
| Vacante |
" |
1 jul 94 |
11 ene 95 |
|
|
|
|
| Sr. Luis Miró Cruz |
Funcionario Ejecutivo V a cargo
de Reclamaciones |
13 oct 93 |
30 jun 94 |
|
|
|
|
| Sra. Iris Noelia Fargas |
Supervisora, Técnico de Seguros
a cargo de Reclamaciones |
1 jul 93 |
12 oct 93 |
1.
Los aumentos y las disminuciones reflejados
dependen de la cantidad de reclamaciones
tramitadas y el importe de las mismas.
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