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Nota: Este Comunicado
de Prensa incluye información sobre la
unidad auditada (Anejo 1), la clasificación
y el contenido de los hallazgos del informe
(Anejo 2) y los funcionarios principales
que actuaron del 1 de julio de 1994 al
30 de junio de 1998 (Anejo 3).
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales de la Administración
de Vivienda Pública (AVP), para determinar
si se hicieron de acuerdo con la ley y
la reglamentación aplicables.
Determinamos emitir dos
informes de esta auditoría. Este segundo
y último informe contiene el resultado
del examen relacionado con los fondos de
funcionamiento y de operación de la AVP,
las subastas públicas formales, los contratos
otorgados a los agentes administradores
y las operaciones de la Junta Revisora
de Subastas. Además, examinamos las operaciones
efectuadas por un agente administrador.
En el primer Informe de Auditoría DA-01-15
del 26 de diciembre de 2000, presentamos
el resultado del examen que realizamos
sobre los desembolsos, la propiedad, los
contratos de servicios profesionales y
consultivos, el manejo de un fondo de emergencia
para ayuda a damnificados por el Huracán "Hortense",
las conciliaciones bancarias y el sistema
de contabilidad, las rentas cobradas a
residentes de proyectos de vivienda de
envejecientes, las compras de materiales
y equipo, y el uso y control de teléfonos
celulares y "beepers".
Las pruebas efectuadas
revelaron desviaciones de ley y de reglamentación
en las operaciones relacionadas con los
fondos de funcionamiento y de operación
de la AVP, las subastas públicas formales
y los pagos efectuados a los agentes contratados
para administrar los residenciales públicos
(hallazgos 1 al 3). Por ello, en nuestra
opinión dichas operaciones no se realizaron
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables. Dichas pruebas también reflejaron
que las demás operaciones fiscales objeto
de este informe se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables. :
A continuación se resumen
los hallazgos 1 al 3 clasificados como
principales:
1. En los años fiscales
1996-97 y 1997-98 la AVP reflejó un déficit
en sus fondos de funcionamiento y de operación
por $224,584,702 y $209,474,181, 1 respectivamente,
según se refleja en los estados financieros
auditados por una firma de contadores públicos
autorizados. La pérdida neta en las operaciones
de dichos años fiscales fue de $43,054,302
y $27,083,355, respectivamente.
La situación comentada
limita los fondos disponibles para los
gastos de funcionamiento y operacionales
de la AVP de años fiscales siguientes,
ya que los mismos se utilizaron para honrar
las obligaciones contraídas en los años
fiscales mencionados. Esto afecta adversamente
los programas de la agencia y, por ende,
su función de lograr una administración
eficiente de los residenciales públicos.
Dicha situación, además, afecta la imagen
y el crédito del Gobierno.
2. En los años fiscales
del 1993-94 al 1995-96 la Junta de Subastas
de la AVP celebró 46 subastas públicas
formales (subastas formales) para la compra
de bienes y servicios no personales, y
servicios de construcción o modernización.
La Junta adjudicó 39 de las 46 subastas
formales por $70,979,134. Las restantes
siete subastas formales se cancelaron.
Examinamos los expedientes
de 11 de las 39 subastas formales adjudicadas
entre el 23 de septiembre de 1993 y el
18 de junio de 1996 por $64,314,702.
De estas subastas formales, 7 eran para
la adquisición de servicios por $62,889,229
y 4 eran para la compra de equipo por $1,425,473.
En relación con dichas subastas formales
determinamos lo siguiente:
a. El Secretario de la
Junta de Subastas no mantenía la custodia
de los expedientes de las subastas formales
celebradas. Ocho de los expedientes de
subastas formales examinados se localizaron
en la oficina del Oficial Contratante,
dos en la División de Compras, y el otro
en el Archivo General de la AVP. El Secretario
de la Junta de Subastas informó que los
expedientes de las subastas formales se
mantenían en dichas áreas por uso y costumbre
y que desconocía que debía mantener la
custodia de los mismos.
La situación comentada
impide a la AVP mantener un control adecuado
de los expedientes de las subastas formales
celebradas. Además, dificulta la pronta
localización de los mismos para ponerlos
a la disposición de los auditores internos
y externos, y de otras personas con autoridad
para solicitarlos.
b. No se localizaron en
los expedientes de las 11 subastas formales
examinadas documentos relacionados con
las mismas, tales como: las minutas de
la reunión de la presubasta (1), las copias
de los pliegos de subasta (4), el estudio
y la evaluación de las ofertas sometidas
por los licitadores (7), las minutas relacionadas
con la apertura de la subasta (3), y las
copias de las notificaciones a los licitadores
participantes sobre la adjudicación de
la subasta en la que se les informaba de
su derecho a presentar una moción de reconsideración
ante la Junta Revisora de Subastas (6).
c. El 10 de noviembre
de 1995 la AVP publicó en un periódico
una invitación a subasta para firmas de
ingenieros y arquitectos interesadas en
llenar los formularios MOD. 1 "Cuestionario
de Arquitectos/Ingenieros y Servicios Relacionados" y
MOD. 2 "Cuestionario de Arquitectos/Ingenieros
y Servicios Relacionados para un Proyecto
Específico", para realizar el diseño
de la remodelación de unidades de vivienda
y mejoras a las áreas y estructuras comunales
de 10 residenciales públicos a un costo
estimado de $52,936,000 (Subasta PRPHM
- 96 MOD-001). Como resultado de la subasta
celebrada, el Administrador de la AVP contrató 10
firmas por $3,084,149. En relación con
dicha subasta determinamos lo siguiente:
(1) El Ingeniero del Negociado
de Modernización y Planificación a cargo
de la invitación a la subasta no estableció todos
los factores y criterios técnicos específicos
que debían ser considerados por el Comité de
Selección de Proyectos de Modernización
y por la Junta de Subastas de la AVP para
seleccionar a las firmas que cumplieran
con los mismos. En su lugar, se establecieron
5 criterios generales con un total de 75
puntos para seleccionar a las firmas.
(2) El Administrador nombró un
Comité de Selección de Proyectos de Modernización
(Comité) para que evaluaran las propuestas
sometidas por las firmas y le hicieran
su recomendación a la Junta de Subastas
de la AVP. El Comité evaluó las propuestas
recibidas de 41 firmas que participaron
en dicha subasta, y le otorgó a cada una
los 75 puntos correspondientes a los 5
criterios generales mencionados. Mediante
cartas del 26 y 28 de diciembre de 1995
el Comité le recomendó al Administrador,
en lugar de a la Junta de Subastas, las
10 firmas seleccionadas para el diseño
de la modernización de los 10 residenciales
públicos. En dichas cartas el Comité indicó que
se consideró la capacidad de las firmas
y que éstas fueron seleccionadas porque
el principal ejecutivo iba a trabajar como "Project
Manager" de cada proyecto y entendió que
estaban capacitados para realizar el trabajo.
Además, se indicó que se seleccionó a una
firma diferente para cada proyecto para
permitir más competencia y oportunidades
de trabajo, y para agilizar el desarrollo
de los mismos. No se les suministró a nuestros
auditores para examen las minutas y los
documentos sobre la evaluación de la capacidad
de las firmas y los criterios técnicos
considerados por el referido Comité para
seleccionar a las 10 firmas mencionadas.
(3) La Junta de Subastas
no le requirió al Comité los documentos
sobre la evaluación efectuada para seleccionar
las 10 firmas. Tampoco el Comité preparó minutas
sobre la evaluación de los documentos de
dicha subasta y de la decisión tomada al
respecto. En el expediente de la subasta
solamente se localizaron cartas del 5 de
marzo de 1996 mediante las cuales el Presidente
de la Junta de Subastas informó al Administrador
que en reunión de la referida Junta en
la fecha mencionada ésta recomendó favorablemente
a las firmas seleccionadas, después de
estudiar los documentos y la recomendación
de los honorarios a pagar a éstas. Mediante
cartas del 13 de mayo de 1996 el Oficial
Contratante le informó a las firmas seleccionadas
la adjudicación de los proyectos subastados.
Las situaciones comentadas
en los apartados "b" y "c" propician
que se seleccionen firmas que no tengan
la capacidad técnica y financiera para
realizar los proyectos contratados, lo
cual le puede crear incumplimientos por
parte de éstas y causarles contratiempos
a la AVP e inversión de recursos adicionales.
Por otro lado, la recomendación del Administrador
a la Junta de Subastas para que se ratificara
la selección del Comité le resta transparencia
a los procesos de subastas y crea desconfianza
en los clientes internos y externos de
dicha agencia. Además, no contar con toda
la documentación del proceso de la subasta
impide a los auditores internos y externos
verificar la corrección de la selección
de las firmas contratadas. También propician
la comisión de irregularidades relacionadas
con dichas operaciones y que las mismas
no se detecten a tiempo, con los consiguientes
efectos adversos para el erario.
3. La AVP tenía la responsabilidad
de administrar los 332 residenciales públicos
de la Isla, los cuales estaban distribuidos
en 32 áreas. En el 1992, mediante acuerdo
entre la AVP y la HUD, se privatizó la
administración de los residenciales públicos.
El 1 de julio de 1995 la AVP formalizó 18
contratos de servicios con igual número
de compañías privadas por $51,738,984 para
que actuaran como agentes administradores
de 321 residenciales públicos. Además,
formalizó 11 contratos por $978,300 con
entidades creadas por los residentes de
los restantes 11 residenciales públicos
para que actuaran como administradores
de los mismos (autoadministradores). Los
contratos tenían vigencia hasta el 30 de
junio de 1996 y podían ser renovados anualmente
hasta el 30 de junio de 1999.
En los
años fiscales 1996-97 y 1997-98 la AVP
le aprobó a los 18 agentes administradores
presupuestos para gastos operacionales
por $49,682,490 y $60,145,506, respectivamente.
En los referidos años fiscales éstos
efectuaron desembolsos por $49,486,446
y $51,887,380, respectivamente. Examinamos
el contrato otorgado a uno de los 29
agentes administradores contratados.
Además, realizamos entrevistas para corroborar
los procesos que se llevaron a cabo para
efectuar los pagos a este Administrador
y a los 28 restantes. Esto con el propósito
de verificar el cumplimento con las cláusulas
de los contratos. El examen reveló lo
siguiente:
a. La Auxiliar
en Contabilidad de la División de Pagaduría
del Negociado de Contabilidad del Area
de Finanzas y Administración (Negociado
de Contabilidad) nos informó que los
anticipos de fondos operacionales a los
agentes administradores, los reembolsos
por los gastos de modernización, y los
pagos de las facturas del "Management
Fee" se tramitaban sin verificar
si éstos habían rendido todos los informes
requeridos en el contrato. Los agentes
administradores debían rendir mensualmente,
entre otros informes, una lista detallada
de todas las cuentas morosas o incobrables,
el informe mensual de los indicadores
del "Public Housing Management Assessment
Program", el estado de ingresos
y desembolsos del mes anterior, y una
relación de las cuentas por cobrar. Además,
cada cuatro meses debían rendir un informe
comparativo de los ingresos y desembolsos
actuales y los presupuestados. También
debían rendir cada seis meses una certificación
del "Housing Quality Standards" (HQS)
de las unidades de vivienda. La certificación
debía acompañarse con un informe de inspección
de las unidades de vivienda y áreas comunes
requerido por HUD. Dicha certificación
era necesaria para que se pagara el "Management
Fee". Por otro lado, el Negociado
de Contabilidad no mantenía un registro
de los informes rendidos por cada agente
con indicación de la fecha de recibo.
Esto era necesario para aplicar a los
pagos que se efectuaban a los agentes
administradores las sanciones y penalidades
establecidas en los contratos por no
someter los informes requeridos o someterlos
tardíamente.
b. La Auxiliar
en Contabilidad del Negociado de Contabilidad
nos informó que en dicho Negociado se
tramitaban los pagos de las facturas
del "Management Fee" sin verificar
la corrección de las mismas y la información
contenida en los desgloses de las unidades
de viviendas ocupadas y desocupadas.
El referido Negociado no le solicitaba
a la División de Monitorías de Contratos
el resultado de las evaluaciones y de
las inspecciones realizadas por los monitores
en cada unidad de vivienda relacionadas
con el cumplimiento del HQS. Tampoco
le solicitaba a la División de Selección
de Residentes del Negociado de Administración
de Bienes que les certificara las unidades
de vivienda desocupadas en cada proyecto.
c. El Negociado
de Contabilidad no mantenía copia de
los presupuestos operacionales de los
18 agentes administradores, ni llevaba
un registro de los pagos mensuales efectuados
a éstos por los gastos operacionales
por el "Management Fee", y
por los reembolsos de gastos de modernización.
d. En el
año fiscal 1996-97 el Negociado de Contabilidad
le pagó a 6 de los 18 agentes administradores
$16,450,578 por gastos operacionales,
a pesar de que éstos tenían presupuestos
aprobados por $15,782,140. Los pagos
en exceso a dichos agentes fluctuaron
entre $15,039 y $334,713 para un total
de $668,438. No había evidencia de que
dichos agentes administradores hubiesen
solicitado autorización a la AVP para
excederse de los desembolsos presupuestados.
Tampoco había evidencia de que éstos
sometieran a la AVP para aprobación un
presupuesto enmendado para dicho año
fiscal.
e. El Administrador
Asociado del Area de Finanzas y Administración
nos indicó el 10 de agosto de 1998 que
los 18 agentes administradores no habían
rendido los estados financieros correspondientes
a los años fiscales del 1995-96 al 1997-98.
El Area de Finanzas y Administración
tampoco se los requirió.
Las situaciones
comentadas en los apartados "a" al "c" impedían
a la AVP mantener un control de los pagos
efectuados a los administradores. Además,
le impedían paralizar los pagos del "Management
Fee" a los agentes que no rendían
todos los informes requeridos, o descontar
el 10 por ciento del "Management
Fee" a los que rendían tardíamente
los informes. La situación comentada
en el apartado "d" puede propiciar
el que no se cuente con los fondos suficientes
para pagar los servicios o suministros
adquiridos y que los administradores
continúen con la práctica de excederse
de los presupuestos aprobados. La situación
comentada en el apartado "e" le
impedía a la AVP contar con información
sobre la situación financiera de los
agentes administradores que le permitiera
tomar decisiones como, por ejemplo, extender
o rescindir los contratos formalizados
con éstos.
f. El Director
del Negociado de Administración de Bienes
nos informó que la División de Monitoría
de Contratos no realizaba monitorías
periódicas para determinar si los agentes
administradores y autoadministradores
cumplían con todas las obligaciones contractuales.
Informó, además, que evaluaban el área
operacional en cuanto a la ocupación
(reexámenes a los residentes y cómputos
de la renta anual de éstos), la inspección
y el mantenimiento de las unidades de
vivienda, el mantenimiento de las áreas
verdes, y las funciones que realizaba
el personal incluido en las nóminas de
los administradores. Indicó que no se
revisaba el área financiera, específicamente
los libros de contabilidad, las cuentas
bancarias, los registros de ingresos
y desembolsos, y los demás registros
financieros que deben llevar los administradores.
La situación
comentada impidió a la AVP cumplir con
su responsabilidad de fiscalizar las
operaciones de los agentes administradores
y determinar si éstos cumplían con todas
las obligaciones contractuales, y con
las leyes y la reglamentación aplicables.
Además, propició las situaciones que
se comentan en los hallazgos 5 al 8.
También propicia la comisión de errores
y fraudes relacionados con las operaciones
financieras realizadas por los administradores
y que no se detecten a tiempo.
En el informe
se incluye, además, un Comentario Especial
sobre demandas contra la AVP y costos
cuestionables en los "Single Audits".
En el mismo se señala que de acuerdo
con la Nota Núm. 11 de los estados financieros
auditados por una firma de contadores
públicos autorizados, al 30 de junio
de 1998 la AVP tenía demandas cuyas reclamaciones
ascendían a $150,000,000. Además, en
los "Single Audits" efectuados
a la AVP se determinaron costos cuestionables
de aproximadamente $18,731,000 para los
años del 1992 al 1998.
Por otro
lado, la Oficina del Inspector General
realizó un examen para el período del
1 de julio
de 1996 al 31 de diciembre de 1998 y emitió un informe el 6 de marzo de 2000
en el que se establecieron costos cuestionables por $22,000,000, algunos de
los cuales se habían considerado en los informes de los "Single Audits" indicados.
En dicho informe se hicieron varias recomendaciones a la AVP para mejorar sus
operaciones.
El Informe
de Auditoría DA-01-25 emitido
por el Contralor el 30 de abril de 2001
se puede conseguir en nuestra página
de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
Anejo
1
ADMINISTRACION
DE VIVIENDA PUBLICA
INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
La AVP
fue creada mediante la Ley Núm. 66 del
17 de agosto de 1989, según enmendada, "Ley
Orgánica de la Administración de Vivienda
Pública de Puerto Rico" (Ley Núm.
66). La misma se creó como una agencia
adscrita al Departamento de la Vivienda
(Departamento). La función principal
de la AVP es lograr una administración
de los residenciales públicos altamente
eficiente y con la flexibilidad necesaria
para la ejecución de la política pública
de mejorar la calidad de vida en los
mismos y fomentar la actividad comunitaria
y el desarrollo integral de los puertorriqueños
que viven en dichos proyectos de vivienda.
Antes de crearse la AVP dichas operaciones
eran realizadas por la Corporación de
Renovación Urbana y Vivienda (CRUV).
Mediante la Ley Núm. 66 se le transfieren
a la AVP todos los fondos, las propiedades
muebles e inmuebles, el personal, los
archivos y todo lo relacionado al funcionamiento
del Programa de Vivienda Pública de la
CRUV. La AVP se creó, además, para integrar
en un solo organismo los programas y
los servicios que se prestan a los 332
residenciales públicos de la Isla, los
cuales estaban dispersos en varias agencias.
En el 1992,
mediante acuerdo con el "U.S. Department
of Housing and Urban Development" (HUD),
la administración de los residenciales
públicos fue privatizada. Los 332 residenciales
radican en 26 áreas. En dicho año la
AVP contrató, mediante subasta, a 12
compañías privadas para llevar a cabo
las funciones que realizaba la AVP. Esta
sería responsable de asesorar, fiscalizar,
evaluar y dar seguimiento a las operaciones
delegadas en dichas compañías. También
sería responsable de velar porque éstas
cumplan con la reglamentación federal
y los contratos otorgados para privatizar
y modernizar los proyectos. Los contratos
tenían vigencia de tres años.
En el 1995
las 26 áreas se redistribuyeron y aumentaron
a 32. En dicho año se contrató a 18 compañías
y 11 autoadministradores2 para
realizar las operaciones relacionadas
con la administración de los residenciales
públicos. La AVP es dirigida por un Administrador
nombrado por el Secretario de la Vivienda
(Secretario), con la aprobación del Gobernador
de Puerto Rico.
En los
años fiscales 1996-97 y 1997-98 la AVP
acumuló un déficit en sus fondos de funcionamiento
y de operación por $224,584,702 y $209,474,181,
respectivamente, según se refleja en
los estados financieros auditados de
dichos años fiscales (véase el Hallazgo
1).
Anejo
2
ADMINISTRACION
DE VIVIENDA PUBLICA
CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros
informes de auditoría se incluyen los
hallazgos significativos determinados
en las pruebas realizadas. Estos se clasifican
como principales y secundarios. Los principales
incluyen desviaciones de disposiciones
con un efecto material, tanto en el aspecto
cuantitativo como en el cualitativo,
sobre las operaciones de la entidad auditada.
Se clasifican como hallazgos secundarios
los que consisten en faltas o errores
que no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos
del informe están presentados a base
de atributos establecidos conforme a
las normas de redacción de informes de
esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la
información ofrecida. Cada uno de ellos
consta de las siguientes partes:
1. Situación
- Los hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
2. Criterio
- El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una ley,
reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del auditor.
3. Efecto
- Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
4. Causa
- La razón fundamental por la cual ocurrió la
situación.
Al final
de cada hallazgo se hace referencia a
las recomendaciones que se incluyen en
el informe para que se tomen las medidas
necesarias sobre los errores, irregularidades
o actos ilegales señalados.
En la sección "Comentarios
de la Gerencia" del informe se incluye
información sobre la contestación de
la gerencia con respecto a los asuntos
señalados. Referente a las situaciones
que la gerencia ofreció información específica, ésta
se incluye al final del hallazgo correspondiente.
Anejo
3
ADMINISTRACION
DE VIVIENDA PUBLICA
Funcionarios
principales que actuaron del 1 de julio
de 1994 al
30 de junio de 1998
|
Nombre
|
Cargo |
Período
|
| Desde |
Hasta |
|
Sr. John S. Blackeman
Ortiz |
Administrador |
1
dic 97 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Sr. Antonio Córdova
Rivera |
Administrador
Interino |
16
jul 97 |
30
nov 97 |
| |
|
|
|
|
Sr. Miguel R.
Rodríguez Muñiz |
Administrador |
1
jul 94 |
15
jul 97 |
| |
|
|
|
|
Vacante |
Subadministrador |
12
sep 98 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Sr. Patrick M.
Wangen Wacholtz |
" |
1
feb 98 |
11
sep 98 |
| |
|
|
|
|
Vacante |
" |
16
jul 97 |
30
ene 98 |
| |
|
|
|
|
Sr. Antonio Córdova
Rivera |
" |
16
mayo 97 |
15
jul 97 |
| |
|
|
|
|
Sr. José R. Faría
Collazo |
" |
1
oct 95 |
15
mayo 97 |
| |
|
|
|
|
Sr. Regino Colón
Nieves |
" |
1
jul 94 |
30
sep 95 |
| |
|
|
|
|
Lic. Alfredo
Ocasio Pérez |
Asesor Legal |
1
mayo 98 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Vacante |
" |
16
ago 96 |
30
abr 98 |
| |
|
|
|
|
Lic. Ana María
Montalvo Santiago |
Ayudante Especial
III |
1
jul 95 |
15
ago 96 |
| |
|
|
|
|
Sr. Hiram Sánchez
Santiago |
Administrador
Asociado del Area de Finanzas
y Administración
|
1
mayo 97 |
30
jun 98 |
| |
|
|
|
|
Vacante |
" |
1
mar | |