Escudo de la Oficina del Contralor de Puerto Rico
Imagen: Separador
Imagen: Separador
Imagen: Lupa SISTEMA DE BÚSQUEDA
Imagen: Separador
Imagen: Separador
Imagen: Separador
Inicio Imagen: Separador Indice General Imagen: Separador Imagen: Impresora Imprimir
Imagen: Separador
La Oficina del Contralor Imagen: Separador Informes Publicados Imagen: Separador Contraloría Digital Imagen: Separador Registro de Contratos Imagen: Separador Registro de Puestos
Imagen: Separador
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen de flecha que indica nuevo tema
Imagen: Separador
Imagen: Notificación de Publicaciones
Imagen: Separador
Todo lo que necesita saber sobre Querrellas
Imagen: Separador

Imagen: Cerificación BVQI (ISO 9000)

Imagen: Certificación LEY 229

Imagen: Descargar Adobe Reader

 

Imagen: Separador
Imagen: Escudo
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Oficina del Contralor
Imagen:  Encabezado de la Sección de  Informes de Auditoría
Imagen: Separador
Unidad :1000 Departamento de Agricultura
Informe Número: DA-01-2 del 5 de julio de 2000
Período Auditado:

1 de julio de 1992 al 31 de diciembre de 1998
(En algunos aspectos se examinaron operaciones de fechas posteriores)

Autorizado por: Manuel Díaz Saldaña, Contralor
Fecha: 14 de julio de 2000

Nota: Este Comunicado de Prensa incluye información sobre la unidad auditada (Anejo 1) y los funcionarios principales que actuaron durante el período auditado (Anejo 2).

Realizamos una auditoría de las operaciones fiscales del Departamento de Agricultura (Departamento), para determinar si se hicieron de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables.

Las pruebas efectuadas revelaron que las operaciones objeto de este informe se realizaron sustancialmente de acuerdo con la ley y la reglamentación aplicables, excepto por los siguientes hallazgos clasificados como principales:

1-a. El 7 de abril de 1997 el Secretario de Agricultura formalizó un contrato, con efectividad el 16 de marzo de 1997, con una compañía consultora de arquitectos e ingenieros (Consultor) para realizar labores técnicas, administrativas y supervisar actividades relacionadas con el Programa para el Desarrollo de Infraestructura de Riego y Drenaje en Terrenos Agrícolas

de Puerto Rico" (Programa). El 29 de abril de dicho año el Director del Programa emitió dos órdenes de trabajo. En una de ellas se autorizaba al Consultor a tomar un inventario de las fincas públicas y privadas. La otra orden era para implantar y desarrollar un sistema computadorizado en la oficina del Programa. El Consultor estimó costos ascendentes a $961,500 y $600,000, respectivamente, para realizar dichos trabajos.

Entre abril y noviembre de 1997 el Consultor facturó $78,530 por servicios relacionados con el inventario mencionado y $10,620 por trabajos realizados relacionados con el sistema computadorizado.

El 6 de noviembre de 1997 el Director del Programa, con autorización del Subsecretario, ordenó al Consultor suspender los trabajos que le requirieron debido, entre otras cosas, al elevado costo que presentó éste en su propuesta. Además, porque consideraba que los agrónomos del Departamento podían realizar los mismos. Al 30 de junio de 1999 el Departamento no había continuado con la implantación y el desarrollo del sistema computadorizado ni con los restantes trabajos relacionados con el inventario.

La referida situación propició gastos innecesarios por $89,150 que pudieron ser utilizados para mejorar la infraestructura agrícola del país.

b. El Departamento concede ayudas económicas a los agricultores y a las entidades para el desarrollo de proyectos públicos y privados en terrenos agrícolas en toda la Isla. Al 17 de febrero de 1999 se habían efectuado desembolsos por $8,671,742 a corporaciones públicas y $4,636,210 a agricultores privados, para un total de $13,307,952 para el desarrollo de proyectos de riego y drenaje en fincas agrícolas.

Examinamos cinco de las ayudas económicas otorgadas en el 1996 a cuatro agricultores y a una entidad corporativa por $1,650,168. Dichas ayudas fluctuaban entre $135,000 y $511,290.

En relación con dichas ayudas económicas determinamos que:

- Para una de las ayudas económicas otorgada a un agricultor por $350,178 y aprobada el 16 de septiembre de 1996 se ofreció una garantía de 2 años, en lugar de 15. La finca que ofreció el agricultor en garantía tenía un contrato de arrendamiento por un término de cinco años. Dicho contrato era retroactivo al 1 de enero de 1994 y terminaba el 31 de diciembre de 1999, por lo que la garantía de la finca en uso agrícola era únicamente de dos años.

- Para ninguno de los cinco casos se inscribió el gravamen del inmueble en el Registro la Propiedad.

- A uno de los agricultores se le otorgó una ayuda económica por $480,000 para desarrollar un sistema de riego en 900 cuerdas de terreno el 11 de abril de 1997. Este estableció en su propuesta original que la finca tenía 900 cuerdas, sin embargo, en el contrato formalizado entre las partes el agricultor indicó que la finca en uso agrícola era de 684 cuerdas, en lugar de 900. Esto es, 216 cuerdas menos lo establecido en la propuesta original.

Las situaciones comentadas impiden al Departamento ejercer un control adecuado sobre los proyectos agrícolas auspiciados con fondos públicos. Ello puede dar margen a que se ejerza favoritismo en dichas operaciones en perjuicio de los mejores intereses del Gobierno.

c. Entre el 14 de agosto de 1997 y el 10 de febrero de 1999 el Departamento le transfirió a la Autoridad de Tierras (Autoridad) fondos por $5,464,775, mediante cinco órdenes administrativas. Esto para el desarrollo de proyectos de infraestructura agrícola y riego en los terrenos agrícolas de la Isla. Al respecto determinamos que:

(1) La Autoridad depositó $2,000,000 de los fondos que le transfirieron en una cuenta en el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico. Al 28 de febrero de 1999 los referidos fondos habían generado intereses por $88,973. Estos intereses se mantuvieron en la cuenta de la Autoridad, en lugar de depositarlos al Fondo General del Gobierno o utilizarlos para los propósitos establecidos.

Lo comentado privó al Programa de fondos por $88,973 que podía utilizar para los propósitos para los cuales éste se creó.

(2) En el Programa no había documentación que evidenciara el requerimiento a la Autoridad de los informes finales de los proyectos terminados ni de las inspecciones realizadas de éstos por los agrónomos de dicho Programa.

La situación señalada privó al Departamento de información que era necesaria para determinar en una etapa temprana del proyecto cualquier deficiencia sobre el particular y tomar las medidas que procedieran. Además, le dificultaba determinar si los proyectos se desarrollaron conforme a las propuestas sometidas.

2-a. En los años fiscales 1997-98 y 1998-99 el Departamento efectuó desembolsos por $90,457 y $40,314 correspondientes a las primas de seguros de 299 y 89 vehículos que no estaban utilizando, respectivamente. Dichos vehículos habían sido dados de baja entre el 2 de noviembre de 1995 y el 1 de diciembre de 1997. La División de Servicios Generales del Departamento no cotejó la situación de éstos con los inventarios que mantiene la Administración de Servicios Generales (ASG) antes de pagar la prima de seguros.

La situación comentada privó al Departamento de fondos por $130,771 correspondientes a la prima de seguros de los vehículos que no estaba usando, los cuales eran necesarios para atender otros gastos operacionales.

b. El Director de Servicios Generales del Departamento solicitó a la ASG la asignación exclusiva y el uso ilimitado de ocho vehículos oficiales para funcionarios de la agencia. En las solicitudes a la ASG no se incluyeron las razones por las cuales se les asignaba los vehículos mencionados para uso exclusivo ni los términos de las asignaciones.

La referida situación impide al Departamento ejercer un control adecuado del uso de los vehículos. Además, propicia el uso de los vehículos para propósitos no oficiales.

c. Al 31 de marzo de 1999 los 107 vehículos oficiales que el Departamento tenía en desuso del Programa de Erradicación de Garrapatas, el cual fue eliminado el 1 de octubre de 1995, se encontraban ubicados en terrenos del Departamento en Arecibo, Caguas, Cayey y Dorado en estado de deterioro. Estos no fueron transferidos a la ASG para la acción correspondiente.

La situación comentada impide a la ASG tomar las medidas para disponer de los vehículos. Además, puede propiciar su desaparición, y dificulta fijar responsabilidades en cualquier situación irregular que ocurra.

d. La Sección de Preintervención de la División de Finanzas no cotejaba los boletos de gasolina y aceite, los registros de vehículos oficiales, ni las firmas autorizadas con las facturas de cobro sometidas por el proveedor de dichos combustibles.

La situación comentada impidió al Departamento ejercer un control adecuado sobre las operaciones de los gastos de combustibles de los vehículos. Además, puede propiciar pagos improcedentes por dichos servicios.

El Informe de Auditoría DA-01-2 emitido por el Contralor el 5 de julio de 2000 estará disponible en la Biblioteca General de Puerto Rico del Instituto de Cultura Puertorriqueña para que las personas interesadas puedan obtener información detallada sobre el mismo.

Anejo 1

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA

INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA

El Departamento fue creado por el Artículo IV, Sección 6 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En la Ley Núm. 60 del 25 de abril de 1940, conocida como "Ley del Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", se establecen como los objetivos del Departamento el fomentar, impulsar y desarrollar los intereses agrícolas, industriales y comerciales de Puerto Rico. Se establece, además, como fin principal del Departamento el patrocinar, alentar y desarrollar los intereses agrícolas y el bienestar de los agricultores de Puerto Rico; mejorar sus condiciones de mercado, y promover sus oportunidades para la venta provechosa de sus productos. Mediante el Plan de Reorganización Núm. 5 del 4 de mayo de 1994, aprobado por la Ley Núm. 5 de 6 de abril de 1993, se reorganiza al Departamento como un Departamento Sombrilla y se adscribe al mismo la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario de Puerto Rico (ASDA), la Autoridad de Tierras, la Corporación de Seguros Agrícolas y la Corporación para el Desarrollo Rural.

El Departamento lo dirige un Secretario nombrado por el Gobernador con el consejo y consentimiento del Senado.

En los años fiscales del 1995-96 al 1997-98 el Departamento contó con recursos por $110,075,298, efectuó desembolsos e incurrió en obligaciones por $70,467,550, según se indica:

Fondos

 Año
fiscal

 Estatales

 Federales

 Asignación
neta

 Desembolsos
y obligaciones

 Saldo
libre


1995-96

$33,095,483

$13,158,672

$ 46,254,155

$35,198,493

$11,055,662

1996-97

43,378,172

561,073

43,939,245

17,354,184

26,585,061

1997-98

19,381,636

500,262

19,881,898

17,914,873

1,967,025

Total

$95,855,291

$14,220,007

$110,075,298

$70,467,550

$39,607,748

Anejo 2

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA

CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS

En nuestros informes de auditoría se incluyen los hallazgos significativos determinados en las pruebas realizadas. Estos se clasifican como principales y secundarios. Los principales incluyen desviaciones de disposiciones con un efecto material, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo, sobre las operaciones de la entidad auditada. Se clasifican como hallazgos secundarios los que consisten en faltas o errores que no han tenido consecuencias graves.

Los hallazgos del informe están presentados a base de atributos establecidos conforme a las normas de redacción de informes de esta Oficina. El propósito es facilitar al lector una mejor comprensión de la información ofrecida. Cada uno de ellos consta de las siguientes partes:

1. Situación - Los hechos encontrados en la auditoría indicativos de que no se cumplió con uno o más criterios.

2. Criterio - El marco de referencia para evaluar la situación. Es principalmente una ley, reglamento, carta circular, memorando, procedimiento, norma de control interno, norma de sana administración, principio de contabilidad generalmente aceptado, opinión de un experto o juicio del auditor.

3. Efecto - Lo que significa, real o potencialmente, no cumplir con el criterio.

4. Causa - La razón fundamental por la cual ocurrió la situación.

Al final de cada hallazgo se hace referencia a las recomendaciones que se incluyen en el informe para que se tomen las medidas necesarias sobre los errores, irregularidades o actos ilegales señalados.

En la sección "Comentarios de la Gerencia" del informe se incluye información sobre la contestación de la gerencia con respecto a los asuntos señalados. Referente a las situaciones que la gerencia ofreció información específica, ésta se incluye al final del hallazgo correspondiente.

Informe de Auditoría en PDF

Para obtener el programa que permite leer los Informes,
seleccione el siguiente Botón: 
  

Página Anterior


PO Box 366069, San Juan, Puerto Rico 00936-6069
Avenida Ponce de León 105 Esquina Pepe Díaz
Hato Rey, Puerto Rico 00919
Tel. (787)754-3030/Fax (787)751-6768
E-mail: ocpr.gov.pr
Internet: http://www.ocpr.gov.pr
Imagen: Separador
Imagen: Separador
Contraloría a sus Órdenes
Derechos Reservados © 2003 Estado Libre Asociado de Puerto Rico - Oficina del Contralor
Aviso Legal | Información de Contacto