| Unidad :1457 |
Comisión Especial Permanente
sobre los
Sistemas de Retiro del Servicio Público |
| Informe Número: |
DA-01-17 del 9 de enero de
2001 |
| Período Auditado: |
1 de junio de 1985 al 30 de
junio de 2000 |
| Autorizado por: |
Heriberto Colón Acevedo, Subcontralor |
|
Nota: Este
Comunicado de Prensa incluye el ANEJO
1 en el que se provee información
sobre la unidad auditada; el ANEJO
2 donde se explica la clasificación
y el contenido de un hallazgo; y los ANEJOS
3 y 4 en los cuales se especifican
los nombres, los cargos y el período
durante el cual se desempeñaron los miembros
de la Junta de Comisionados y los funcionarios
principales de dicha unidad.
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales de la Comisión
Especial Permanente sobre los Sistemas
de Retiro del Servicio Público para determinar
si se hicieron de acuerdo con la ley y
la reglamentación aplicables.
Las pruebas efectuadas
de las fases examinadas demostraron que
las operaciones fiscales de la Comisión
se realizaron sustancialmente de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables
El Informe de Auditoría
DA-01-17, emitido por nuestra Oficina
el 9 de enero de 2001, se puede conseguir
en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
COMISIÓN ESPECIAL PERMANENTE
SOBRE LOS
SISTEMAS DE RETIRO DEL SERVICIO PÚBLICO
INFORMACIÓN SOBRE LA
UNIDAD AUDITADA
El 31 de mayo de 1985
se aprobó la Ley Núm. 20 para crear
la Comisión Especial Permanente sobre
los Sistemas de Retiro del Servicio Público (Comisión).
La misión de ésta es estudiar todo lo relacionado
con el funcionamiento de los sistemas de
retiro gubernamentales y examinar la posibilidad
de integrar dichos sistemas para lograr
la mayor uniformidad posible en la operación
y administración de éstos y en los derechos
que le asisten a los participantes. La Ley
Núm. 20 establece, también, que cada
uno de los sistemas de retiro administrados
por el Gobierno deberá efectuar a la Comisión
una aportación mínima de $50,000 anuales
para cumplir con las funciones asignadas
a dicha entidad.
Por otro lado, en la Ley
Núm. 20 se dispuso que para cumplir
con dicha misión se nombraría una Junta
que estaría compuesta por 11 miembros
representantes de la Legislatura de Puerto
Rico (2), los 5 sistemas de retiro del
Gobierno, la Asociación de Pensionados
del Gobierno de Puerto Rico, la Asociación
de Empleados del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico y representantes del interés
público (2). La Junta sería responsable
de estudiar e investigar todo lo relacionado
con las finanzas, administración, operación,
beneficios y mecanismos actuariales de
dichos sistemas de retiro. En la Ley
Núm. 20 se facultó a la Junta, además,
para contratar asesores para que realicen
aquellos estudios que estime necesarios
para cumplir con su misión.
Para realizar las funciones
administrativas de la Comisión el Presidente
de la Junta designó un Director Ejecutivo.
La Junta delegó en éste la contratación
de los servicios. El Director Ejecutivo
es asistido en sus funciones por dos empleados.
El ANEJO 1 contiene una relación
de los miembros de la Junta de Comisionados
que actuaron durante el período del 1 de
julio de 1995 al 30 de junio de 2000. El ANEJO
2 contiene una relación de los funcionarios
principales de la Comisión que actuaron
durante el mismo período.
En los años fiscales 1997-98
al 1999-00 la Comisión contó con recursos
por $899,999 para sus gastos de funcionamiento
y efectuó desembolsos por $779,947, según
se indica:
|
AÑO FISCAL |
RECURSOS |
DESEMBOLSOS |
1997-98
|
$420,261 |
$360,458 |
1998-99
|
259,803 |
239,868 |
1999-00
|
219,935 |
179,621 |
|
TOTAL
|
$899,999 |
$779,947 |
COMISIÓN ESPECIAL PERMANENTE
SOBRE LOS
SISTEMAS DE RETIRO DEL SERVICIO PÚBLICO
CLASIFICACIÓN Y CONTENIDO DE UN HALLAZGO
En nuestros informes de
auditoría se incluyen los hallazgos significativos
determinados por las pruebas realizadas. Éstos
se clasifican como principales o secundarios.
Los principales incluyen desviaciones de
disposiciones sobre las operaciones de
la unidad auditada que tienen un efecto
material, tanto en el aspecto cuantitativo
como en el cualitativo. Los secundarios
son los que consisten en faltas o errores
que no han tenido consecuencias graves.
Los hallazgos del informe
se presentan según los atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de informes
de nuestra Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
Situación - Los
hechos encontrados en la auditoría
indicativos de que no se cumplió con
uno o más criterios.
Criterio -
El marco de referencia para evaluar
la situación. Es principalmente una
ley, reglamento, carta circular, memorando,
procedimiento, norma de control interno,
norma de sana administración, principio
de contabilidad generalmente aceptado,
opinión de un experto o juicio del
auditor.
Efecto -
Lo que significa, real o potencialmente,
no cumplir con el criterio.
Causa -
La razón fundamental por la cual ocurrió la
situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que
se tomen las medidas necesarias sobre los
errores, irregularidades o actos ilegales
señalados.
En la sección sobre los COMENTARIOS
DE LA GERENCIA se indica si el funcionario
principal y los ex funcionarios de la
unidad auditada efectuaron comentarios
sobre los hallazgos incluidos en el borrador
del informe que les envía nuestra Oficina.
Dichos comentarios se consideran al revisar
el borrador del informe y se incluyen
al final del hallazgo correspondiente
en la sección de HALLAZGOS EN LA COMISIÓN
ESPECIAL PERMANENTE SOBRE LOS SISTEMAS
DE RETIRO DEL SERVICIO PÚBLICO, de forma
objetiva y conforme a las normas de nuestra
Oficina. Cuando la gerencia no provee
evidencia competente, suficiente y relevante
para refutar un hallazgo, éste prevalece
y se añade al final del mismo la siguiente
aseveración: Consideramos las alegaciones
de la gerencia, pero determinamos que
el hallazgo prevalece.
Informe
de Auditoría en PDF
Para obtener el programa
que permite leer los Informes,
seleccione el siguiente Botón:
|