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Nota: Este Comunicado
de Prensa incluye información sobre la
unidad auditada (Anejo 1), la clasificación
y contenido de los hallazgos del informe
(Anejo 2) y los funcionarios principales
que actuaron en los años fiscales del 1994-95
al 1998-99 (Anejo 3).
Realizamos una auditoría
de las operaciones fiscales del Cuerpo
de Bomberos de Puerto Rico (Cuerpo de Bomberos),
para determinar si se hicieron de acuerdo
con la ley y la reglamentación aplicables.
Las pruebas efectuadas
revelaron que las operaciones objeto de
este informe se realizaron sustancialmente
de acuerdo con la ley y la reglamentación
aplicables, excepto por los siguientes
cuatro hallazgos clasificados como principales:
1-a. Contrario a la reglamentación
aplicable, el Encargado de la Propiedad
no realizó inventarios físicos de la propiedad
para los años fiscales del 1993-94 al 1997-98.
En dichos años fiscales éste se limitó a
enviar al Departamento de Hacienda el informe
físico de activos fijos a base de la información
contenida en el registro de la propiedad
computadorizado.
b. El examen de 20 unidades
de propiedad registradas en el libro de
propiedad (libro) al 30 de junio de 1999,
13 de las cuales tenían un valor en inventario
de $7,809, reveló lo siguiente:
(1) No se incluyó en el
libro el número y la fecha de la orden
de compra ni el costo de siete de las unidades
(35 por ciento).
(2) No se incluyó en el
libro el número de propiedad asignado a
seis de las unidades (30 por ciento).
(3) El Encargado de la
Propiedad no había incluido en el registro
de la propiedad computadorizado la información
de la descripción y el número de la propiedad,
el costo, la fecha y el número de orden
de compra, y el código asignado de las
13 unidades de propiedad (65 por ciento).
(4) El Encargado de la
Propiedad no expidió los correspondientes
recibos de propiedad a los empleados que
tenían bajo su custodia las 20 unidades
de propiedad. Este nos informó que en lugar
del recibo les requería a los empleados
firmar la copia de la orden de compra mediante
la cual se adquirió el equipo. Estos, por
lo tanto, no contaban con un documento
que evidenciara los equipos que tenían
bajo su custodia.
(5) Once (55 por ciento)
de las 20 unidades de propiedad no estaban
numeradas.
Las situaciones comentadas
impiden al Cuerpo de Bomberos mantener
un control adecuado de la propiedad. Además,
propician la desaparición, el uso indebido,
y otras irregularidades con la propiedad,
y dificultan detectarlas a tiempo para
fijar responsabilidades. La situación comentada
en el apartado "a", además, le
impedía al Negociado de Cuentas del Departamento
de Hacienda contar con información confiable
de los inventarios de la propiedad del
Cuerpo de Bomberos.
c. El Encargado de la
Propiedad registraba en un libro las notificaciones
que rendían los supervisores de áreas y
de distritos sobre las irregularidades
detectadas en el manejo de la propiedad.
En los años fiscales del 1995-96 al 1997-98
se anotaron en dicho libro 514 notificaciones
de irregularidades. De éstas, 68 correspondían
a hurtos y desaparición de propiedad y
446 a reportes de accidentes de vehículos
y otros casos. El examen efectuado sobre
este particular reveló lo siguiente:
(1) El Encargado de la
Propiedad ni ningún funcionario del Cuerpo
de Bomberos notificaron a la Oficina del
Contralor ni al Departamento de Hacienda
los mencionados casos sobre el hurto y
la desaparición de propiedad. Tampoco se
encontró evidencia de que se notificaran
al Secretario de Justicia los casos de
hurto o desaparición de propiedad que hubieran
excedido de $5,000.
(2) Examinamos los expedientes
de las notificaciones de irregularidades
de cuatro casos de hurto y desaparición
de propiedad con un valor en inventario
de $2,410 emitidas entre noviembre de 1997
y mayo de 1998. El referido examen reveló que
el Encargado de la Propiedad no refirió los
casos a la División de Investigaciones
Administrativas para que se tomaran las
medidas requeridas en la reglamentación.
La situación comentada
en el apartado c(1) impidió a la Oficina
del Contralor y al Secretario de Hacienda
tener conocimiento de los hechos mencionados
y tomar las medidas correspondientes. La
situación comentada en el apartado c(2)
impidió al Cuerpo de Bomberos determinar
las causas que ocasionaron la pérdida de
las unidades de propiedad para tomar las
medidas administrativas necesarias y fijar
responsabilidades.
2. De acuerdo con los
récords de la División de Recursos Humanos,
al 30 de enero de 1998 el Cuerpo de Bomberos
tenía 1,983 puestos de carrera y 22 de
confianza. De éstos, 1,645 y 19 de los
respectivos puestos estaban ocupados. Los
gastos de nóminas en los años fiscales
del 1995-96 al 1997-98 (a marzo de 1998)
fueron de $72,560,382. El examen realizado
mediante pruebas, sobre el particular,
reveló las siguientes deficiencias:
a. Mediante entrevistas
y el examen de documentos determinamos
lo siguiente en relación con el personal
asignado a la División de Extinción de
Incendios:
(1) Al 30 de junio de
1999 había 17 bomberos, 4 sargentos y 2
tenientes de bomberos que estaban asignados
a la División de Extinción de Incendios
de la Zona Metropolitana que realizaban
funciones en otras oficinas del Cuerpo
de Bomberos que no estaban relacionadas
con los puestos que ocupaban. Estos efectuaban
sus labores en el Area de Administración
(6), Educación a la Comunidad (1), Negociado
de Adiestramiento (5), División de Investigaciones
Administrativas (1), Servicios Generales
(1), División de Recursos Humanos (2) y
en el Taller de Mecánica (7).
Dicha situación desvirtúa
los propósitos del personal de rango creado
por la Ley del Cuerpo de Bomberos y de
las escalas de sueldo asignadas a dicho
personal. Esto, a su vez, le impide a la
agencia mantener un clima de armonía y
de satisfacción en el trabajo que redunde
en un alto grado de motivación y espíritu
de servicio entre el resto del personal
de rango. Por otro lado, le impide a la
agencia contar con suficiente personal
de rango adiestrado para cumplir con su
función principal de proteger las vidas
y propiedades mediante la prevención y
extinción de incendios.
(2) A los empleados mencionados
en el apartado "a" se les pagaba
un diferencial en sueldo por condiciones
extraordinarias de trabajo por estar asignados
a trabajar en la División de Extinción
de Incendios de la Zona Metropolitana.
No obstante, a pesar de que dichas condiciones
se eliminaron cuando fueron asignados a
realizar funciones en las áreas y divisiones
mencionadas, se les continuó pagando el
diferencial. Estos cobraron diferenciales
en sueldos entre $40 a $536 mensuales hasta
diciembre de 1998, y entre $50 a $699 de
enero a junio de 1999.
La situación comentada
ocasionó que a dichos empleados se le pagaran
indebidamente diferenciales en sueldo por
$42,657 de enero de 1993 a junio de 1999.
b. En los años fiscales
del 1994-95 al 1998-99 los supervisores
de las distintas divisiones y áreas del
Cuerpo de Bomberos no evaluaron periódicamente,
por escrito, las ejecutorias del personal
que ocupaban puestos regulares. El Director
de Recursos Humanos nos informó que las
evaluaciones que se realizaron en los indicados
años, de acuerdo con los expedientes de
los empleados, respondían solamente al
tiempo en que los empleados estuvieron
en período probatorio.
Las evaluaciones de las
ejecutorias del personal son necesarias
para, entre otras cosas, determinar las
necesidades de desarrollo que tiene el
personal, y para justificar los pasos y
ascensos que se les concede.
3-a. Al 31 de diciembre
de 1998 el Cuerpo de Bomberos contaba con
un Delegado Comprador y doce subdelegados
compradores. En los años fiscales del 1995-96
al 1997-98 se emitieron 8,884 órdenes de
compras por $13,115,728 para la adquisición
de bienes y servicios. El examen de 10 órdenes
de compras emitidas para la reparación
de vehículos de motor por $52,075 entre
agosto de 1996 y agosto de 1997 reveló lo
siguiente:
(1) En las requisiciones
de servicios correspondientes a nueve de
dichas órdenes de compra (90 por ciento)
por $47,136 no se ofreció una descripción
detallada del servicio de reparación solicitado,
especificaciones, marca y tipo de las piezas
requeridas (si originales o repuestos),
y de los costos estimados de las piezas
y de la labor. En dichos documentos sólo
se indicó, por ejemplo: "Reparación
sistema anti-lock", "Reparación
del tren delantero y chase", "Reparación
fallo de motor, sistema eléctrico, transmisión" y "Reparación
de transmisión". El expediente de
la restante orden de compra por $4,939
no contenía la requisición de los servicios
solicitados.
Dicha situación le impedía
al Subdelegado Comprador contar con la
información necesaria que le permitiera
evaluar el procedimiento de compra a seguir
(subasta formal o informal, o mercado abierto),
y suministrar a los licitadores la información
específica de los servicios que se interesaban
adquirir. Esto, a su vez, propicia que
los licitadores no puedan someter cotizaciones
reales, lo que vicia el procedimiento de
compra. También puede propiciar la comisión
de irregularidades con dichos servicios.
(2) Los subdelegados compradores
no refirieron a la Delegada Compradora,
para su revisión y el correspondiente trámite
de subasta formal, las requisiciones de
servicios de reparación correspondientes
a seis órdenes de compras por $39,520,
cuyos importes individuales fluctuaron
entre $4,939 y $8,800. En su lugar, procedieron
a solicitar cotizaciones a unos talleres
de servicios privados que no tenían contrato
con el Cuerpo de Bomberos y adjudicaron
los servicios a los talleres que entendieron
que habían sometido las mejores ofertas.
En estos casos la Delegada Compradora se
circunscribió a firmar las correspondientes
obligaciones y órdenes de compra.
(3) Para cuatro compras
por $12,555, cuyos importes individuales
fluctuaron entre $2,747 y $3,900, no se
celebraron subastas informales. Los subdelegados
compradores solicitaron por teléfono las
cotizaciones, en lugar de enviar a los
licitadores el formulario "Invitación
a Subasta Informal" en sobre cerrado.
(4) No se localizó para
examen el "Récord de Cotizaciones" de
una orden de compra por $4,939.
(5) En los expedientes
de cuatro órdenes de compra por servicios
de reparación de vehículos por $20,386
no se localizaron para examen las correspondientes
hojas de autorización firmadas por el Subdelegado
Comprador.
(6) En ninguna de las órdenes
de compra examinadas se ofreció una descripción
detallada de los servicios de reparación
solicitados.
(7) Los subdelegados compradores
nos informaron que no enviaron a los proveedores
de los servicios los originales ni copia
de las diez órdenes de compra examinadas.
(8) Dos órdenes de compra
por $5,402 y $2,579 se tramitaron luego
de transcurridos 17 y 16 meses, respectivamente,
de la fecha en que el proveedor prestó los
servicios de reparación. Otras tres órdenes
de compras por $18,311 se tramitaron en
la misma fecha en que el proveedor entregó los
vehículos reparados.
Las situaciones señaladas
propician el ambiente para la comisión
de irregularidades en la adquisición de
bienes y servicios y que éstas no se puedan
detectar a tiempo para fijar responsabilidades.
Además, las situaciones señaladas en los
apartados a(4) y (5) impiden a los auditores
internos y externos y a esta Oficina corroborar
la corrección de los gastos incurridos
en las compras mencionadas. Lo señalado
en el apartado a(8) puede propiciar que
se paguen ilegalmente servicios incurridos
en un año económico con cargo a presupuestos
de años posteriores.
b. La Oficina de Transportación
del Cuerpo de Bomberos (antes Taller de
Mecánica) era responsable, entre otras
cosas, de verificar que las reparaciones
de los vehículos se efectuaran conforme
a lo solicitado. El examen sobre el recibo
de los servicios de reparación de vehículos
correspondientes a las diez órdenes de
compra examinadas reveló lo siguiente:
(1) Los informes de recibo
e inspección correspondientes a cinco órdenes
de compra de servicios por $26,242 fueron
firmados por empleados que tenían expirados
sus nombramientos de receptores. Además,
un empleado que no tenía nombramiento de
Receptor firmó el informe de recibo e inspección
de una orden de compra por $2,579. Este
no reflejó en dicho informe la fecha de
recibo del servicio.
(2) Los empleados que
recibieron los vehículos reparados y firmaron
los conduces correspondientes a ocho órdenes
de compra por $44,094 no anotaron en éstos
las fechas en que recibieron los vehículos.
Los conduces de las restantes dos órdenes
de compra por $7,981 no fueron firmados
por los empleados que recibieron los vehículos
reparados con información sobre las fechas
en que fueron recibidos.
(3) Los empleados que
firmaron los conduces de tres órdenes de
compra de servicios por $14,236 no firmaron
los informes de recibo e inspección. Dichos
informes fueron firmados por otros empleados.
Esto es indicativo de que se les requirió a éstos
firmar los mismos para completar el proceso
y tramitar los pagos a los proveedores.
Las situaciones señaladas
impedían a la agencia cumplir con los procedimientos
relacionados con el recibo y la aceptación
de los servicios, y asegurar que éstos
se efectuaron conforme a lo solicitado.
Estas propician que se efectúen pagos indebidos
por servicios y piezas no suplidos o por
piezas de una calidad inferior o de una
especificación distinta a la ordenada.
También propicia la comisión de irregularidades
en dichas operaciones y que éstas no se
puedan detectar a tiempo para fijar responsabilidades.
(4) Los empleados que
recibieron los vehículos reparados, en
el caso de las diez órdenes de compra examinadas,
no les exigió a los proveedores las piezas
alegadamente reemplazadas a los vehículos,
para entregarlos al Director de Transportación
para tomar las medidas necesarias.
Dicha situación impedía
a la agencia verificar si realmente el
proveedor reemplazó las piezas alegadamente
dañadas, y determinar cuáles de éstas eran
reparables y cuáles debían ser decomisadas.
Además, puede propiciar la comisión de
irregularidades relacionadas con los servicios
de reparación de vehículos y con la disposición
de las piezas reemplazadas, y que las mismas
no se puedan detectar a tiempo para fijar
responsabilidades.
c. La Oficina de Transportación
era también responsable de mantener el
control sobre el uso, la conservación y
la disposición de los vehículos de motor.
El Director de dicha Oficina le responde
al Jefe de Bomberos. Al 30 de junio de
1999 el Cuerpo de Bomberos contaba con
372 vehículos de motor. El examen de los
expedientes de seis de los vehículos de
motor reveló lo siguiente:
(1) No se mantenía un
registro de cada vehículo con información
sobre su descripción e historial.
(2) Las bitácoras de cinco
de los vehículos (83 por ciento) no contenían
todos los formularios e informes requeridos
como informes de viajes diarios, informes
semanales, mensuales y anuales, récords
de mantenimiento, récords de reparaciones,
récords e informes de accidentes, pólizas
y cubiertas del vehículo, tarjetas de crédito
y otros. Se nos informó que la bitácora
del otro vehículo (tablilla GE-20286),
se había extraviado.
Las situaciones comentadas
impedían a la agencia mantener un control
adecuado sobre el uso de los vehículos.
Además, propician el uso indebido de éstos
y otras irregularidades.
4. En los años fiscales
del 1995-96 al 1997-98 el Cuerpo de Bomberos
efectuó desembolsos por $265,201, $348,964,
y $260,148, respectivamente, por gasolina
y lubricantes adquiridos del Area de Transporte
de la ASG, de una compañía gasolinera (compañía)
y de varios proveedores. La Sección de
Pagos de la División de Finanzas y Presupuesto
se encargaba de tramitar los pagos por
dichos conceptos. La Supervisora de Contabilidad
y Pagos supervisaba las operaciones de
dicha Sección y de la Sección de Preintervención.
El resultado de las entrevistas
efectuadas al personal de las secciones
de Pagos y de Preintervención y de la inspección
de la correspondiente documentación reveló que:
a. La Auxiliar de Contabilidad
de la Sección de Pagos no verificaba la
corrección de los cargos facturados por
la ASG, la compañía y otros proveedores
contra el original de los boletos de gasolina
y el "Resumen Operacional Periódico
de Vehículos" (ASG-ATMVM) que sometían
las áreas y los distritos del Cuerpo de
Bomberos, ni la razonabilidad de los gastos
incurridos por dicho concepto. Esta se
limitaba a recibir las facturas, preparar
los comprobantes de pago, y referir los
mismos a la Sección de Preintervención.
b. El Auxiliar de Contabilidad
I de la Sección de Preintervención no preintervenía
adecuadamente las facturas del Area de
Transporte de la ASG, de la compañía y
de los proveedores privados. Este sólo
se limitaba a verificar los cómputos aritméticos
de las facturas y a estampar en el formulario
de comprobante de pago el sello de preintervenido,
firmar el mismo e incluir la fecha de su
preintervención. Además, registraba en
el sistema computadorizado el importe de
los gastos reflejados en los comprobantes
de pago y en el "Comprobante de Pago
Interagencial" que se recibía de la
ASG.
Las situaciones comentadas
propician que se efectúen pagos indebidos
por servicios no suplidos o suplidos incorrectamente.
Además, propician que se cometan irregularidades
en estas operaciones y que las mismas no
se puedan detectar a tiempo para fijar
responsabilidades.
El Informe de Auditoría
DA-01-16, emitido por nuestra Oficina el
27 de diciembre de 2000, se puede conseguir
en nuestra página de la Internet: http://www.ocpr.gov.pr.
Anejos
Anejo 1
CUERPO DE BOMBEROS DE PUERTO RICO
INFORMACION SOBRE LA UNIDAD AUDITADA
El Cuerpo de Bomberos
fue creado mediante la Ley Núm. 43 del
21 de junio de 1988 (Ley Núm. 43), según
enmendada. Su función principal es prevenir
y combatir fuegos, salvar vidas, garantizar
a los ciudadanos en general una protección
adecuada contra incendios, así como determinar
el origen y las causas de los incendios.
La Ley Núm. 43 derogó la Ley Núm. 158 del
9 de mayo de 1942, según enmendada, la
cual creó el Servicio de Bomberos de Puerto
Rico.
En los años fiscales del
1996-97 al 1998-99 el Cuerpo de Bomberos
contó con asignaciones estatales y fondos
especiales y federales por $148,257,411.
Además, efectuó desembolsos e incurrió en
obligaciones por $131,239,694, teniendo
un sobrante de $17,017,717 al 30 de junio
de 1999, según se indica:
Fondos
Año Asignaciones especiales y Desembolsos
fiscal presupuestarias federales Total y obligaciones Sobrante
|
1996-97 |
$37,664,868 |
$11,054,847 |
$ 48,719,715 |
$ 43,539,273 |
$ 5,180,442 |
| |
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1997-98 |
36,969,000 |
16,514,566 |
53,483,566 |
47,345,693 |
6,137,873 |
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1998-99 |
39,301,000 |
6,753,130 |
46,054,130 |
40,354,728 |
5,699,402 |
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Totales |
$113,934,868 |
$34,322,543 |
$148,257,411 |
$131,239,694 |
$17,017,717 |
Anejo 2
CUERPO DE BOMBEROS DE
PUERTO RICO
CLASIFICACION Y CONTENIDO DE LOS HALLAZGOS
En nuestros informes de
auditoría se incluyen los hallazgos significativos
determinados en las pruebas realizadas.
Estos se clasifican como principales y
secundarios. Los principales incluyen desviaciones
de disposiciones con un efecto material,
tanto en el aspecto cuantitativo como en
el cualitativo, sobre las operaciones de
la entidad auditada. Se clasifican como
hallazgos secundarios los que consisten
en faltas o errores que no han tenido consecuencias
graves.
Los hallazgos del informe
están presentados a base de atributos establecidos
conforme a las normas de redacción de informes
de esta Oficina. El propósito es facilitar
al lector una mejor comprensión de la información
ofrecida. Cada uno de ellos consta de las
siguientes partes:
1. Situación - Los hechos
encontrados en la auditoría indicativos
de que no se cumplió con uno o más criterios.
2. Criterio - El marco
de referencia para evaluar la situación.
Es principalmente una ley, reglamento,
carta circular, memorando, procedimiento,
norma de control interno, norma de sana
administración, principio de contabilidad
generalmente aceptado, opinión de un experto
o juicio del auditor.
3. Efecto - Lo que significa,
real o potencialmente, no cumplir con el
criterio.
4. Causa - La razón fundamental
por la cual ocurrió la situación.
Al final de cada hallazgo
se hace referencia a las recomendaciones
que se incluyen en el informe para que
se tomen las medidas necesarias sobre los
errores, irregularidades o actos ilegales
señalados.
En la sección "Comentarios
de la Gerencia" del informe se incluye
información sobre la contestación de la
gerencia con respecto a los asuntos señalados.
Referente a las situaciones que la gerencia
ofreció información específica, ésta se
incluye al final del hallazgo correspondiente. Informe
de Auditoría en PDF
Para obtener el programa
que permite leer los Informes,
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